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EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Verbal. Desh. F. Pago (N) 782/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Huelva a instancia de José Manuel García Verdugo contra Casimiro Muriel Ortiz, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
SENTENCIA nÚM. 239/06
En Huelva a diez de octubre de dos mil seis.
Vistos por mí, doña Susana Caballero Valentín, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de Huelva, los presentes autos de Juicio Verbal núm 782/06 sobre Desahucio por falta de pago de la renta, y siendo parte demandante don José Manuel García Verdugo representado por el Procurador de los Tribunales don Jaime González Linares, y asistido del Letrado don Jesús García Mora, y parte demandada don Casimiro Muriel Gómez quien no compareció al acto del juicio, siendo declarado en rebeldía, procedo a dictar en nombre de S.M. El Rey la siguiente resolución, con base a los siguientes
FALLO
Que en la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Jaime González Linares, en nombre y representación de don José Manuel García Verdugo, contra don Casimiro Muriel Gómez.
1.º Estimo íntegramente la demanda rectora de la presente litis y en consecuencia, declaro resuelto por impago de rentas el arrendamiento concertado sobre la vivienda sita en la Avenida de Alemania núm. 114, 4.ºA de Huelva, decretando el Desahucio, y condenando al demandado a que desaloje y deje a disposición de la actora la referida vivienda, con apercibimiento de lanzamiento de no verificarlo en el plazo legal y
2.º Condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 4.987,59 más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el completo pago de la deuda.
3.º Con imposición expresa al demandado de las costas causadas en el presente juicio.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, para ante la Audiencia Provincial de Huelva, a preparar en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 449 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Casimiro Muriel Ortiz, extiendo y firmo la presente en Huelva, a diez de octubre de dos mil seis.- El/La Secretario.
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