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BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE TECNICO/A DE ADMINISTRACION GENERAL VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO
Don Antonio Toral Peinado, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Illora,
Hago saber: Que mediante Resolución 974/2006 se han aprobado las bases que han de regir la convocatoria para la selección de una plaza de Técnico/a de Administración General vacante en la plantilla de funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Illora, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2006. (BOE núm. 197 de 18 de agosto).
1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante el sistema de oposición libre de una plaza de Técnico de Administración General de la plantilla de funcionarios de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Illora, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, y dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo A y las retribuciones complementarias que figuran en el Anexo de personal que acompaña al Presupuesto Municipal.
1.2. Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local; RDL 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; RD 896/1991, de 7 de junio y supletoriamente por el RD 364/1995, de 10 de marzo.
2. Requisitos.
2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea en los términos que establece la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y Real Decreto 800/95, o extranjero residente en España según la Ley 4/2000, de 11 de enero (modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).
b) Tener cumplidos 18 años de edad.
c) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, mediante sentencia firme.
e) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función Pública.
f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias, y mantenerlos durante el proceso selectivo.
3. Instancias y documentos a presentar.
3.1. Las solicitudes serán facilitadas en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Illora, así mismo se adjunta en el Anexo I de la presente convocatoria.
3.2. Los aspirantes presentarán instancia, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Illora, sito en Plaza del Arco, s/n. El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín de la Junta de Andalucía.
3.3. La citada instancia deberá dirigirse al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación, bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base 2.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, con la excepción del título académico exigido en la base 2.1.c), o documento oficial de la solicitud del mismo, del que deberá presentarse fotocopia junto con la instancia y, además una fotocopia del Documento Nacional de Identidad. La fotocopia del título académico, o documento de su solicitud, y del DNI deberá estar compulsada por los organismos públicos autorizados para ello, previa exhibición del original.
3.4. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.6. Asimismo, se acompañaran los documentos justificativos del pago de la tasa por importe de 30,05 euros, prevista en la Ordenanza número 20, reguladora de la tasa por Derechos de Examen, publicada en el BOP de 26.2.01. No abonar esta tasa constituirá la exclusión automática del proceso selectivo.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Illora dictará Resolución, declarando aprobada la lista de admitidos y de excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Deberá publicarse en el BOP y se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio, y la composición del Tribunal Calificador.
4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos que, en términos del art. 71 de la Ley 30/92, se concede a los aspirantes excluidos.
4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
4.4. En el supuesto de que por circunstancias excepcionales se hubiese de modificar el lugar, fecha u hora de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOP.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría primera conforme al art. 30 del RD 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: Concejal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Illora.
Vocales:
- Un representante propuesto por la Junta de Andalucía, en representación de ésta.
- Un representante propuesto por la Excma. Diputación Provincial de Granada.
- Un representante propuesto por los Delegados de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Illora.
- Un Concejal del Excmo. Ayuntamiento de Illora.
Secretario: Un titular designado por la Corporación. Con voz y sin voto.
Junto a los miembros titulares se nombrarán suplentes, en igual número. Los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida en esta convocatoria.
5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas de la presente convocatoria.
5.3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad, al menos, de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien el suplente.
5.4. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.5. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en causa de abstención en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJAPPAC). Sin perjuicio de que, de oficio, deba el afectado notificarlo al organismo al que representa. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando, por tanto, con voz pero sin voto.
5.7. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal.
5.8. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
6. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será mediante oposición libre.
6.1. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Alcaldía a la que hace referencia la base 4.ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.
6.2. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48 horas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
6.3. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir de la letra "U", de conformidad con la resolución de 25 de enero de 2006, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública (BOE 33 de 8 de febrero).
6.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
6.5. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
6.6. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.
6.7. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición libre. Y constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:
Primer ejercicio. De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 100 preguntas tipo test, siendo la duración del ejercicio de 2 horas y versará sobre las materias contenidas en el temario de esta convocatoria, elaborado por el tribunal inmediatamente antes de su realización. El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.
Segundo ejercicio. De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar un tema de carácter general, escogido por los aspirantes, entre dos determinados por el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio sobre contenidos del temario de esta convocatoria. La duración del ejercicio será de 2 horas. La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarla un mínimo de 5 puntos.
En este ejercicio se valorará la formación general universitaria, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.
Posteriormente se procederá a su lectura pública por los opositores, en los días y horas que oportunamente señale el Tribunal.
Tercer ejercicio. De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, que consistirá en la resolución de un supuesto práctico sobre el temario establecido, a elegir por los aspirantes entre dos fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.
La duración del ejercicio será de tres horas. La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos siendo necesario para superarlo un mínimo de 5 puntos. Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos.
Las puntuaciones obtenidas de cada ejercicio se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
6.8. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja.
6.9. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición.
7. Listas de aprobados.
7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el acta especificando el candidato que hubiese superado la misma, en la que constará las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
7.2. El acta definitiva del aspirante aprobado será elevada al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación, con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera.
7.3. Los opositores que no estén incluidas en este Acta tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.
7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
8. Presentación de documentos.
8.1. El aspirante aprobado dispondrá de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva para presentar los documentos que acreditan los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.
8.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados, podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
8.3. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos estarán dispensados de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.
8.4. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9. Nombramiento de funcionario de carrera y toma de posesión.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Presidente nombrará funcionario de carrera al aspirante aprobado en el proceso selectivo.
9.2. El plazo para tomar posesión será según lo establecido en el Real Decreto 364/1995.
9.3. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.
10. Base final.
Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó la Bases en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Bloque I
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características generales, sistemática y estructura. Valor normativo. La reforma constitucional. La defensa jurídica de la Constitución.
Tema 2. Valores superiores y principios inspiradores de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales y las libertades públicas en España. Garantías y restricciones.
Tema 3. El Estado Español en la Constitución. Estado de Derecho. Estado social. Estado democrático. Modelo económico constitucional. La participación social en la actividad del Estado, su inserción en los órganos de la Administración.
Tema 4. La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones constitucionales del Rey. Las funciones del Rey en relación a la defensa nacional. Sucesión y Regencia. El refrendo y sus formas. La Casa Real: estructura y funciones.
Tema 5. Las Cortes Generales: Congreso de Diputados y Senado. Composición y funcionamiento. Organos y funcionamiento de las Cámaras. La función legislativa: aspectos básicos y procedimiento. La función de control del Gobierno. Organos dependientes: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.
Tema 6. El Gobierno del Estado. Composición. Funciones: políticas, normativas y administrativas. Designación, remoción y responsabilidades de sus miembros y de su Presidente.
Tema 7. La Administración General del Estado: Organos superiores y periféricos. La Administración Institucional: sus clases, supuestos de adecuación y rasgos diferenciares. La Administración Consultiva. La Administración Corporativa.
Tema 8. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial: organización y competencias.
Tema 9. El Tribunal Constitucional: composición y funciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. Conflictos Constitucionales.
Tema 10. La representación política en España: los partidos políticos, bases doctrinales, régimen jurídico y estructura interna. El sistema electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral. Organizaciones sindicales y empresariales en España. Derechos Sindicales. Garantias.
Tema 11. Organización territorial del Estado en la Constitución Española. Las Comunidades Autónomas: Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía, especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 12. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y las Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La organización de las Comunidades Autónomas.
Tema 13. La Administración Local: regulación constitucional. Tipología de Entes Locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Administración Local. Legislación vigente en materia de Régimen Local. La organización territorial en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 14. El Municipio: organización, competencias, elecciones municipales y regímenes especiales. El Consejo Andaluz de Municipios.
Tema 15. La Provincia: organización, competencias, elección de Diputados Provinciales y regímenes especiales.
Tema 16. La demarcación municipal en Andalucía. La modificación de términos municipales. Las Entidades Locales Autónomas: constitución, régimen jurídico, hacienda y extinción.
Tema 17. Las Asociaciones Locales: Mancomunidades, Consorcios, Convenios y otras Asociaciones Locales. Las Areas Metropolitanas.
Tema 18. La Administración pública: concepto y caracteres. Pluralidad de las Administraciones Públicas: clasificación. La Administración y el Derecho: el principio de legalidad.
Tema 19. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración y sus límites. Control de la discrecionalidad: la desviación de poder.
Tema 20. El Derecho Administrativo: concepto y contenido. Autonomía del Derecho Administrativo. Criterios de aplicación. Sometimiento de la Administración Pública al Derecho Privado.
Tema 21. Fuentes del Derecho Administrativo: concepto y clasificación. Jerarquía normativa. Principios constitucionales rectores de la organización y actuación de las Administraciones Públicas. Fuentes subsidiarias e indirectas.
Tema 22. La Unión Europea. Los Tratados originarios y modificativos de las Comunidades Europeas. Las Instituciones comunitarias. El Derecho comunitario, y sus clases de fuentes.
Tema 23. Las Leyes Orgánicas y Ordinarias. Estatutos de Autonomía. Disposiciones con fuerza de ley: Decreto Ley, Decreto Legislativo. La Ley Autonómica. Estatutos de Autonomía.
Tema 24. El Reglamento administrativo: concepto, naturaleza, y clasificación. Jerarquía de los reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria.
Tema 25. La eficacia normativa del reglamento: su inderogabilidad singular. Los actos administrativos generales y las circulares e instrucciones de servicios. El procedimiento para la elaboración de las disposiciones de carácter general.
Tema 26. Los órganos administrativos: concepto y naturaleza. Clases de órganos con especial referencia a los colegiados. Las competencias: naturaleza, clases y criterios de delimitación.
Tema 27. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos administrativos: la motivación. El silencio administrativo: naturaleza y régimen jurídico.
Tema 28. La regulación del acto administrativo. La eficacia del acto administrativo. La notificación y publicación. La ejecutariedad de los actos administrativos. Invalidez, nulidad de pleno derecho y anulabilidad. La revisión de oficio.
Tema 29. El Procedimiento Administrativo: Iniciación, terminación y plazos. Ordenación, instrucción y terminación.
Tema 30. Los recursos administrativos.
Tema 31. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Tema 32. El régimen jurídico de los contratos administrativos. Tipologías. El Organo de contratación. El contratista. Selección del contratista. Procedimiento y forma de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización del contrato. Ejecución y extinción.
Tema 33. El contrato de obras, el contrato de gestión de servicios públicos y el contrato de suministros.
Tema 34. La concesión de servicios públicos.
Tema 35. Las formas de acción administrativas.
Bloque II
Tema 36. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población y el empadronamiento.
Tema 37. Organización municipal: órganos del Ayuntamiento. Las competencias municipales.
Tema 38. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los bandos.
Tema 39. Los bienes de las entidades locales: clasificación: bienes de dominio público, bienes patrimoniales y bienes comunales.
Tema 40. Las Haciendas Locales: Clasificación de ingresos. Ordenanzas fiscales: contenido, acuerdo de imposición y modificación. Vigencia de las Ordenanzas Fiscales. Recursos contra los acuerdos definitivos de los mismos.
Tema 41. Los Presupuestos Locales: concepto, principios y estructura. Elaboración y aprobación del Presupuesto. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La prórroga presupuestaria.
Tema 42. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: Delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Presupuesto. Orden de prelación de los gastos.
Tema 43: Las modificaciones de crédito: Clases, concepto, financiación y tramitación.
Tema 44: La ejecución del presupuesto de gastos e ingresos. Sus fases, los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos.
Tema 45. Los proyectos de gastos. Los gastos con financiación afectada. Especial referencia a las desviaciones de financiación.
Tema 46. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: concepto, cálculos y ajustes. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Análisis del remanente de tesorería para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales.
Tema 47. El sistema de contabilidad de la Administración Local. Principios generales. Competencias. Fines de la contabilidad. La Instrucción de contabilidad para la Administración Local. Estructura y contenido. Particularidades de tratamiento espacial simplificado. Documentos contables. Libro de contabilidad.
Tema 48. La Cuenta General de las Entidades Locales. Los estados de cuentas anuales y anexos de la Entidad local y sus organismos autónomos: Contenido y justificación. Las cuentas de Sociedades Mercantiles. Tramitación de la Cuenta General. Otra información a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión y a otras Administraciones Públicas.
Tema 49. El crédito Local. Clases de operaciones de crédito. Naturaleza jurídica de los contratos: tramitación.
Tema 50. Las operaciones de crédito a largo plazo. Finalidad y duración. Competencia. Límites y requisitos para la concertación de operaciones a largo plazo. La concesión de avales por las Entidades Locales.
Tema 51. La Tesorería de las Entidades Locales. Régimen Jurídico. El principio de Unidad de Caja. Funciones de la Tesorería. Organización. Situación de los fondos: La caja y las cuentas bancarias. La realización de pagos: Prelación, procedimientos y medios de pago. El estado de conciliación.
Tema 52. El derecho tributario: Concepto y contenido. Relación con otras disciplinas. Fuentes del derecho tributario. La Ley General Tributaria: Principios.
Tema 53. El personal al Servicio de la Administración Local. El ingreso en la función pública. La carrera administrativa: provisión de puestos de trabajo y la promoción interna. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Las situaciones administrativas. El personal laboral y eventual.
Tema 54. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. La Seguridad Social de los funcionarios de la Administración local.
Tema 55. Los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional: normativa reguladora. Subescalas y categorías. Funciones. Sistema selectivo. Régimen de provisión de puestos de trabajo. El Registro de habilitados nacionales. Peculiaridades de los regímenes de situaciones administrativas y régimen disciplinario.
Tema 56: La expropiación forzosa. Naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria. Competencias de la Junta de Andalucía. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales de expropiación. La reversión de los bienes objeto de la expropiación.
Tema 57. La ordenación urbanística: La planificación urbanística como potestad normativa de la Administración pública, naturaleza y principio de jerarquía. Los Instrumentos de Planificación Urbanística en la LOUA: Clasificación, características y principios por los que se rigen.
Tema 58. Ordenación del Territorio y Urbanismo en Andalucía. Normativa aplicable: La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Objeto y aspectos básicos de la Ley. Principios generales de la actividad urbanística. Régimen transitorio en la LOUA: retroactividad o irretroactividad del Título VII.
Tema 59. El Plan General de Ordenación Urbanística: objeto, ámbito y determinaciones. El Plan de Ordenación Intermunicipal. El Plan de Sectorización.
Tema 60. El Plan Parcial de Ordenación: objeto, ámbito y determinaciones. Planes Parciales de iniciativa particular.
Tema 61. Los Planes Especiales: concepto, clases y finalidades, supuestos y objeto. Especial referencia al Plan Especial de Reforma Interior.
Tema 62. Los Estudios de Detalle: análisis de la figura y límites de actuación. Los Catálogos.
Tema 63. Determinaciones complementarias sobre ordenación, programación y gestión.
Tema 64. Los restantes instrumentos de la Ordenación Urbanística: Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística. Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización. Proyecto de Urbanización.
Tema 65. Actos preparatorios de la elaboración de los instrumentos de planeamiento: Suspensión de aprobaciones, autorizaciones y de licencias urbanísticas. Estudios Previos y Avances. Convenios Urbanísticos de Planeamiento: concepto, clases, reglas de aplicación.
Tema 66. Formulación, tramitación y aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico: competencias y procedimiento. Aprobación inicial, provisional y definitiva. Vigencia y suspensión de los instrumentos de Planeamiento: régimen, revisión, modificación: Información pública y publicidad. Publicación de los instrumentos de planeamiento.
Tema 67. El régimen urbanístico del suelo. La función clasificadora de los Planes de Ordenación Municipal. Su relación con los Planes de Ordenación Territorial. Las clases de suelo.
Tema 68. El suelo urbano: definición, y criterios clasificatorios. Clases de suelo urbano: suelo urbano consolidado: concepto de solar, suelo urbano no consolidado. Clasificación transitoria del suelo urbano.
Tema 69. El suelo no urbanizable: su caracterización en la legislación estatal y en la legislación andaluza. Criterios empleados por la LOUA para conceptuarlo. La consideración como suelo no urbanizable de los terrenos cuya transformación se estime improcedente. Otras circunstancias empleadas por la LOUA. Categorías de suelo no urbanizable. El suelo urbanizable: ordenado, sectorizado, no sectorizado y clasificación transitoria del suelo no urbanizable
Tema 70. El Régimen jurídico del suelo urbano y urbanizable: derechos y deberes de los propietarios. El derecho del uso y disfrute y explotación normal del bien y los deberes correlativos aplicables a toda clase de suelo. La situación del propietario del suelo urbano consolidado. El estatuto de los propietarios de suelo urbano no consolidado y del suelo urbanizable: la edificación como meta. Las parcelaciones urbanísticas.
Tema 71. El aprovechamiento urbanístico: aprovechamiento medio. Las áreas de reparto. La determinación del aprovechamiento medio. La materialización del aprovechamiento. Ajustes entre aprovechamiento. Las transferencias del aprovechamiento.
Tema 72. Régimen jurídico del suelo no urbanizable: Limitaciones a la facultad de disposición del propietario. Usos constructivos. La compensación por aprovechamientos extraordinarios. Régimen del suelo no urbanizable de especial protección.
Tema 73. Los instrumentos de intervención del mercando del suelo: Los Patrimonio Públicos de Suelo. El derecho de superficie. Los derechos de tanteo y retracto.
Tema 74. La Ejecución del Planeamiento: Lo público y lo privado en la ejecución urbanística. La organización y el orden de desarrollo de la ejecución. La ejecución temporal del planeamiento. Los Convenios Urbanísticos de gestión.
Tema 75. Los Presupuestos de cualquier actividad de ejecución. Los Proyectos de Urbanización. La Reparcelación: concepto, objeto y régimen. Criterios y efectos de la Reparcelación. Modalidades de Reparcelación.
Tema 76. Las Unidades de Ejecución: criterios para su delimitación, clases, procedimiento de delimitación y efectos de la delimitación. Sistemas de actuación: clases, elección del sistema de actuación, cambio del sistema de actuación. Entidades urbanísticas colaboradoras. Bienes de dominio público, gastos de urbanización.
Tema 77. El Sistema de Expropiación: características, ámbito y procedimiento. Formas de aplicación del sistema. Procedimiento: el justiprecio y su pago. Las Comisiones Provinciales de Valoración. La liberación de la expropiación.
Tema 78. El Sistema de Cooperación: inicio, características, gastos de la ejecución. Asociaciones administrativas de cooperación. Aplicación supletoria del sistema Liquidación de la actuación. El sistema de Compensación: características, iniciativa, procedimiento. La Junta de compensación. El Proyecto de Reparcelación: procedimiento para su aprobación y excepciones al régimen general.
Tema 79. La Ejecución de las Dotaciones: obtención de terrenos para dotaciones, urbanización de los terrenos destinados a dotaciones. La expropiación de los terrenos destinados a dotaciones. La ocupación directa como medio de obtención de terrenos dotacionales.
Tema 80. Otras formas de ejecución del planeamiento: La ejecución mediante obras públicas ordinarias. La ejecución en Areas de gestión integrada. La ejecución de obras de edificación.
Tema 81. La conservación de obras y construcciones. La conservación de obras de urbanización. La conservación de obras de edificación.
Tema 82. Plan general de ordenación urbana del término municipal de Illora.
Tema 83. La Disciplina Urbanística: sujetos, formas de gestión. La licencia urbanística: naturaleza y caracteres, actos sujetos a licencia, sujetos obligados a solicitar licencia con especial referencia a los sujetos públicos.
Tema 84. Procedimiento de otorgamiento de licencias. Eficacia y efecto de las licencias: Reglas para la iniciación del procedimiento. Los actos de instrucción propiamente dichos. Terminación del procedimiento. Eficacia y efectos de las licencias Urbanísticas en la LOUA.
Tema 85. La Inspección Urbanística: Competencias de las Administraciones Públicas en materia de inspección. Facultades y funciones de la inspección urbanística.
Tema 86. Las infracciones urbanísticas: Definición y elementos. Acciones y omisiones tipificadas en la Ley. La culpabilidad, en particular el valor exculpante del error invencible.
Tema 87. El procedimiento sancionador: Disposiciones de carácter general. Actuaciones previas. Fases del procedimiento sancionador. El procedimiento simplificado.
Tema 88. Las sanciones y su graduación: sanciones establecidas en la LOUA: multas y medidas sancionadoras accesorias. Reglas de concreción de multas, en especial agravantes y atenuantes. Eliminación del beneficio obtenido con la infracción urbanística. Reducción de multas y sanciones por la adecuación a la legalidad con posterioridad a la comisión de la infracción e incluso después de la resolución sancionadora.
Tema 89. Competencia sancionadora y procedimiento. Competencia municipal y autonómica. El procedimiento administrativo sancionador: Regulación, relación con otros procedimientos en la LOUA, duración máxima y consecuencias de su superación: caducidad. Extinción de la responsabilidad.
Tema 90. El procedimiento sancionador en materia de tráfico: Infracciones y sanciones. Medidas cautelares. Personas responsables. Especial referencia a la Ordenanza Municipal de circulación y ocupación de espacios públicos del Municipio de Illora.
Illora, 8 de noviembre de 2006.- El Alcalde-Presidente, Antonio Toral Peinado.
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