Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 22/12/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Gobernación

Anuncio de 4 de diciembre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don Miguel A. Pedrajas Redondo, en nombre y representación de Pedrajas y Guerrero, S.L. contra otra dictada por el Delegado del Gobierno de Córdoba, recaída en el expediente, 14-000092-04-P.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a don Miguel A. Pedrajas Redondo, en nombre y representación de Pedrajas y Guerrero, S.L., de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En la ciudad de Sevilla, a 10 de octubre de 2006.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes antecedentes:

Primero. El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba dictó la Resolución de referencia, por la que se le impone una sanción de 900

, tras la tramitación del correspondiente expediente, por no contestar la hoja de reclamación formulada por consumidor, y por no atender requerimiento de documentación realizado por el Servicio de Consumo de la Delegación.

En cuanto a los fundamentos de derecho, nos remitimos a la resolución impugnada en aras del principio de economía procesal.

Segundo. Contra la anterior Resolución se interpuso recurso de alzada, en el que, en síntesis, alegó lo que a su derecho convino.

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notificó a quien recurrió, mediante publicación en tablón de edictos y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía plazo para que acreditara la representación, sin que el mismo fuera cumplimentado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero mediante la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.

Segundo. El artículo 71.1 de la LRJAP-PAC establece que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.

El escrito para subsanación del defecto se notificó a quien recurrió, no habiendo sido cumplimentado, por lo que procede el archivo por desistimiento del recurso interpuesto.

Vistos los preceptos citados y normas de general y especial aplicación, resuelvo:

Ordenar el archivo por desistimiento del recurso interpuesto por don Miguel A. Pedrajas Redondo, en representación de Pedrajas y Guerrero, S.L., contra la resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba recaída en el expediente núm. 14-000092-04-P.

Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico. Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de diciembre de 2006.- El Jefe de Servicio de Legislación, Manuel Núñez Gómez.

Descargar PDF