Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 16/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

RESOLUCION de 31 de enero de 2006, del Instituto Andaluz de la Juventud, mediante la que se hacen públicas las ayudas concedidas a Universidades públicas de Andalucía para la realización de proyectos en materia de juventud iniciados o finalizados en 2005, al amparo de la norma que se cita.

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Mediante la Orden de 26 de septiembre de 2005, por la que se regulan y convocan las ayudas económicas del Instituto Andaluz de la Juventud a Universidades públicas de Andalucía, para la realización de proyectos en materia de juventud iniciados o finalizados en 2005 (BOJA núm. 204, de 19 de octubre). La citada Orden establece en su artículo 5 que el procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 109 de la Ley

5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 9, apartado 2.e), del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, así como del artículo 13 de la Orden de convocatoria, de 26 de septiembre, he resuelto hacer públicas las subvenciones concedidas al amparo de la misma, para el ejercicio 2005, a los beneficiarios, por el importe y para la finalidad que se indica, y con cargo a las aplicaciones presupuestarias 01.19.32. 01.00.441.00.32.F.2, según la relación que figura como Anexo a la presente Resolución.

Se hace constar que la presente publicación sustituye a la notificación individual, surtiendo sus mismos efectos y que su contenido íntegro se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de las respectivas Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud y en la Sede Central del Instituto en Sevilla, según lo establecido en el artículo 10.1 de la Orden de Convocatoria.

Contra la presente Resolución, la cual agota la vía administrativa, se podrá interponer, por delegación de la persona titular de la Presidencia del citado Instituto (artículo 9.4 de la Orden de Convocatoria), ante el Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 116.1 y.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien directamente recurso contencioso- administrativo en los términos previstos en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de enero de 2006.- El Director General,

Joaquín Dobladez Soriano.

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