Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 22/02/2006

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación del Acuerdo de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, relativa a la creación de un nuevo sector de suelo urbanizable sectorizado de uso residencial UE-FP-R-4 "El Tejar", en el municipio de Fuente Palmera (Expediente P-49/04), de Aceptar de Plano el Desistimiento y Declarar Concluso el Procedimiento por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2005.

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EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO, RELATIVA A LA CREACION DE UN NUEVO SECTOR DE SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO DE USO RESIDENCIAL UE-FP-R4 "EL TEJAR",

EN EL MUNICIPIO DE FUENTE PALMERA PUBLICACION DE CERTIFICACION DEL ACUERDO

Certificación, emitida en los términos previstos en el art..5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2005, en relación con el siguiente expediente:

P-49/04

Expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Fuente Palmera, relativa a la creación de un nuevo sector de suelo urbanizable sectorizado de uso residencial UE-FP-R4 "El Tejar", tramitado por el Ayuntamiento de dicho municipio, por el que se solicita a la Comisión resolución de desistimiento.

ANTECEDENTES DE HECHO

1. Dicha modificación había sido aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno con fecha 25 de marzo de 2003, y sometida a un período de información pública mediante anuncios insertos en el BOP núm., de 15 de abril de 2003, en el diario Córdoba de 10 de abril de 2003 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin que durante dicho período fueran presentadas alegaciones. Tras todo ello, el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 2 de julio de 2004, aprueba provisionalmente la modificación.

Posteriormente, con fecha 12 de agosto de 2004, a requerimiento de esta Delegación Provincial, se completa el expediente con diversa documentación.

Aunque el expediente fue incluido en el Orden del Día de la sesión de la CPOT y U. de 20 de octubre de 2004, éste no fue tratado por la Comisión, al ser retirado el asunto de la citada sesión.

2. El Ayuntamiento de Fuente Palmera, tramita dos modificaciones del planeamiento general vigente, con el objeto de anticipar la clasificación de dos sectores de suelo urbanizable sectorizado para uso residencial, denominados UE-FP- R3 "La Estacada" (Exp. P.44/04) y UE-FP-R4 "El Tejar" (Exp. P-49/04). Dichos sectores están contemplados en el Avance del PGOU de Fuente Palmera en redacción. Ante la improcedencia de abordar la aprobación definitiva de los mismos, en atención a que pueden suponer una revisión parcial del planeamiento vigente, mientras se desarrolla el proceso de formulación del PGOU, el Ayuntamiento de Fuente Palmera, en coordinación con la Consejería de Obras Públicas y Transportes, acomete la redacción de una nueva modificación (Exp. P-96/05) mediante la que se evita la situación antes descrita, y ello básicamente, al contemplar la reducción en un 50%, del suelo urbanizable inicialmente previsto en ambas modificaciones. La nueva modificación pretende sustituir a las anteriores, aun cuando mantiene su finalidad y objeto, estableciendo dos nuevos sectores de suelo urbanizable ordenado, si bien evitando conforme al criterio antes expuesto la desproporcionada anticipación de las propuestas contenidas en el PGOU en redacción. Por este motivo, y ante la improcedencia de mantener, en este contexto, la solicitud de aprobación definitiva del expediente originario, el Ayuntamiento Pleno de Fuente Palmera acuerda, en sesión celebrada con fecha 29 de julio de 2005, formular desistimiento del procedimiento y remitir certificación del mismo a la CPOT y U. de Córdoba para que emita resolución al respecto, amparándose en lo dispuesto por el artículo 90 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

3. Emitido informe por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el que se contiene el análisis y valoración del expediente, el mismo fue objeto de propuesta de resolución por la Delegación Provincial, en el sentido de aceptar el desistimiento y declarar concluso el procedimiento motivado por las valoraciones señaladas en el citado informe, que, hechas suyas por la Comisión, después se detallarán.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Según lo dispuesto en el artículo 91.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación. Del análisis del expediente no se ha deducido su existencia por lo que cabe aceptar de plano el desistimiento y declarar concluso el procedimiento.

En consecuencia, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, a la vista de lo establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acuerda Aceptar de Plano el Desistimiento y Declarar Concluso el Procedimiento de la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Fuente Palmera relativa a la creación de un nuevo sector de suelo urbanizable sectorizado de uso residencial UE-FP-R4 "El Tejar".

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 41 de la LOUA, y se notificará al Ayuntamiento de Fuente Palmera.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, según se prevé en el art..3 del Decreto 193/2003, de 1 de julio, en relación a la Disposición Transitoria Unica del Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y el artículo.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Córdoba, 22 de diciembre de 2005.- VºBº El Vicepresidente 2.º de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Francisco García Delgado; El Secretario de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Pedro Jesús López Mata.

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