Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 24/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 2 de febrero de 2006, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se resuelve inscribir, con carácter genérico, en el catálogo general del Patrimonio Histórico Andaluz, el Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, los de afianzar la conciencia de identidad andaluza a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y ling³ísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.

El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por

Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.2 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción genérica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

II. El Palacio de los Marqueses del Almanzora de Cantoria (Almería) es uno de los escasos ejemplares conservados de vivienda con marcadas pretensiones palaciegas existentes en esta provincia. Especialmente destacables son sus fachadas y el patio, en los que se puede percibir el abandono de las fórmulas estéticas del barroco a favor de las academicistas, en consonancia con los gustos de la burguesía industrial del tránsito de los siglos XVIII al XIX, enriquecida en esta zona gracias a la minería del plomo.

III. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 2 de noviembre de 2004 (BOJA número 229, de 23 de noviembre de 2004) incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con carácter genérico, del Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería), al amparo de lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

De acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, se cumplimentaron los trámites preceptivos de audiencia al Ayuntamiento y organismos afectados, de informe de institución consultiva (Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Almería, con fecha 15 de febrero de 2004) y de puesta de manifiesto a los interesados. A aquellos interesados a los que intentada la notificación personal no se pudo llevar a efecto, o cuyos datos se desconocen, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación en el BOJA número 188, de 26 de septiembre de 2005, y su exposición en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Cantoria y Almería.

Terminada la instrucción del procedimiento y según lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la inscripción, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería).

A tenor de lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 1/1991, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

Por lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación,

R E S U E L V O

Primero. Inscribir, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, el Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería), cuya identificación y descripción figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Instar al asiento de este bien inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

Tercero. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Cultura conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 2 de febrero de 2006.- El Director General, Jesús Romero Benítez.

A N E X O

Denominación

Palacio de los Marqueses del Almanzora.

Localización

Provincia: Almería.

Municipio: Cantoria.

Entidad Local Menor: Almanzora. Manzana 67393, Parcelas 1, 2, 3 y 5.

Delimitación

La protección se extiende a la totalidad del edificio incluyendo el patio de acceso al mismo.

Descripción

El inmueble, exento y con una planta general aproximadamente rectangular, consta de un pabellón central y dos alas perpendiculares a aquel, que conforman un patio. En el pabellón central y el ala de levante están las zonas destinadas a vivienda; el ala de poniente, además de la capilla, que mantiene su uso religioso, contiene lo que fueron caballerizas, almazara y dependencias auxiliares.

En la fachada norte, dando a la Plaza de la población, entre el muro de la capilla y el ala de vivienda, se encuentra el acceso al patio que se efectúa por un vano de medio punto flanqueado por pilastras y coronado por una cornisa mixtilínea bajo la cual se sitúa un escudo heráldico. La rosca y jambas del arco, las pilastras, la cornisa, el escudo y unos jarrones de remate, están realizados en mármol y adheridos a un paramento de cerramiento de ladrillo.

El patio se divide en dos partes. La inmediata a la entrada permitiría el paso de carruajes; la situada al fondo se eleva en dos niveles, enfatizando la entrada al pabellón central. Al primer nivel se sube por una escalera de mármol situada en el centro de un muro de ladrillo adornado con pilastras acanaladas de mármol y rematado por una verja. Para alcanzar la puerta de entrada ha de ascenderse aún otra escalera, en este caso de doble arranque.

El pabellón central presenta tres plantas con tres ejes verticales de huecos separados por pilastras acanaladas dobladas. La planta intermedia, en la que se sitúa la puerta de entrada, denota su importancia en el mayor tamaño de los vanos y en su enmarcamiento con adornos de coronas y cuernos de la abundancia.

En el ala oeste, dando al patio, se encuentra la sencilla portada de la capilla, con frontón recto sobre pilastras cajeadas.

Exteriormente, la fachada de levante presenta muros revocados sobre un zócalo de mampostería. La forma de los vanos varía según las plantas, siendo balcones, rematados por doseles y coronas, en la central. Pilastras acanaladas separan los huecos en las dos plantas superiores. Ante la fachada sur, con cinco ejes de huecos, se abre un amplio espacio, a modo de atrio, protegido por una verja.

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