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A los efectos prevenidos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica al interesado que más adelante se relaciona, la Resolución del expediente en el procedimiento de revocación
de subvención instruido por incumplimiento de la obligación de justificación, significándole que en el Servicio de Incentivos y Gestión Turística de la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística, se encuentra a su disposición el correspondiente expediente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la citada Ley de Régimen Jurídico, se le concede trámite de audiencia por plazo de quince días naturales a partir de la recepción de la presente notificación, durante el cual podrá esa entidad formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Beneficiario: Manuel Morejón Lozano.
Expediente: EPP-003/00-SE.
Subvención: 570,96 euros.
Objeto: Campaña de promoción turística del Complejo Rural Turístico Finca Castaño y Palmeras, en El Pedroso.
Plazo ejecución: 30 de junio de 2001.
Sevilla, 14 de febrero de 2006.- La Directora General, Ana Gómez Gómez.
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