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NIG: 2105042C20040000916.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 470/2004. Negociado:
Sobre: Acción Real.
De: Don Juan Carlos Marín Domínguez.
Procurador: Sr. Izquierdo Beltrán Fernando E.
Contra: Don Federico Blanco González o sus Causahabientes
EDICTO
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 470/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Moguer a instancia de Juan Carlos Marín Domínguez contra Federico Blanco González o sus Causahabientes sobre Acción Real, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUMERO
En Moquer, a treinta de diciembre de dos mil cinco.
Vistos por don Fernando Infante Moriña, siendo Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de los de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el número 470/04 a instancia de Juan Carlos Marín Domínguez representado por el Procurador Sr. Izquierdo Beltrán y asistido por el Letrado Sr. Luis Alberto Llerena Maestre contra Federico Blanco González o sus posibles causahabientes en rebeldía, ha dictado la presente resolución con arreglo a los siguientes
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Izquierdo Beltrán en nombre y representación de Juan Carlos Marín Domínguez contra Federico Blanco González y sus posibles causahabientes, y en su consecuencia:
1.º Debo declarar y declaro el dominio y propiedad de don Juan Carlos Marín Domínguez para su incorporación a la sociedad legal de gananciales, sobre la finca:
"Urbana. Parcela llamada 101. Solar para edificar sito en término de Moguer, y al sitio denominado Dunas del Odiel, también conocido como Pinos del Odiel en calle Santa María de la Rábida, número 24, de Mazagón. Tiene una superficie según el Registro de la Propiedad de mil trescientos cincuenta metros cuadrados, y según la Gerencia Territorial del catastro de mil trescientos veinte metros cuadrados. Linda, según el Registro de la Propiedad, al Norte con Parcela número 134, al Este, con parcela número 100; al Sur con calle Longitudinal D, denominada actualmente calle Santa María de la Rábida, y al Oeste con parcela número 102. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Moguer al Tomo 494, Libro 256 de Moguer, Folio 248, finca número 12425."
2.º Condeno a la parte demandada a estar y pasar por dicha declaración, y
3.º Ordeno expedir mandamiento a la Sra. Registradora de la Propiedad de Moguer, para que inscriba a nombre de la sociedad legal de gananciales formada por el actor y su esposa doña Teresa Neira Laguía, el dominio de la finca descrita.
Todo ello con expresa condena en costas a los demandados.
Notifíquese a las partes con instrucción de que esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva que deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Federico Blanco González o sus Causahabientes, extiendo y firmo la presente en Moguer a veinte de enero de dos mil seis.- El/La Secretario.
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