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En el recurso contencioso-administrativo P.A. número/2004, interpuesto por don José Luis Lacruz Bescos contra Resolución de 15.3.2004 del Secretario General de Empleo, en calidad de Director Gerente del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, desestimatoria de recurso de reposición formulado contra Resolución de 16.2.04 de la Delegación Provincial de Almería de dicha Consejería, recaída en expediente núm. AL/PME/01049/2003, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla con fecha 5 de mayo de 2005, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal.
"Fallo que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso- administrativo interpuesto por don José Luis Lacruz Bescos, contra la Resolución impugnada que se reseña en Antecedente de Hecho Primero; sin hacer imposición de costas."
Según lo establecido en los artículos de la Constitución y
17.2 de la Ley Orgánica/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 15 de diciembre de 2005.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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