Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 10/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCION de 22 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, referente al personal en régimen de interinidad del Instituto Social de la Marina que pasa a depender de Administración Educativa Andaluza.

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Por el Real Decreto 957/2005, de 29 de julio (BOE de 4 de agosto y BOJA de 26 de septiembre), se traspasan a la Comunidad Autónoma de Andalucía las funciones y servicios en materia educativa, de empleo y formación profesional ocupacional encomendados al Instituto Social de la Marina.

Dicho Real Decreto recoge el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 9 de junio de 2005, en cuyo apartado F).1 se establece que "el personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios e instituciones traspasados y que se referencian nominalmente en las relaciones adjuntas números

2.1.a) y b) y 2.2.a) y b), pasarán a depender de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los términos legalmente previstos por el Estatuto de Autonomía y las demás normas que en cada caso resulten aplicables, y en las mismas circunstancias que se especifican en la relación Adjunta".

Entre el personal y puestos de trabajo referenciados figuran, entre otros, los relativos al personal docente en régimen de interinidad al que se hace necesario inscribir en las actuales bolsas de interinos de los distintos Cuerpos y especialidades.

Por todo ello, parece oportuno actualizar las mencionadas bolsas incluyendo al citado personal, con indicación del tiempo de servicios acumulado en los centros docentes del Instituto Social de la Marina que se traspasan a esta Administración educativa.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 242/2004, de

18 de mayo (BOJA del 21)

HA RESUELTO

1. Integrar en las distintas bolsas de interinos de la Administración Educativa Andaluza al personal que se relaciona en el Anexo de esta Resolución, con indicación de los Cuerpos a que se asimilan y de las distintas especialidades de cada uno de ellos y con el tiempo de servicios que asimismo se relaciona.

2. Dicha integración tendrá efectos de 1 de septiembre de

2005, de acuerdo con lo establecido en el apartado I) del Acuerdo aprobado por el citado Real Decreto 957/2005.

3. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 22 de diciembre de 2005.- El Director General, Carlos Gómez Oliver.

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