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NIG: 2309242C20040000980.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 764/2004. Negociado: 2.
De: Doña Josefa Sánchez López.
Procuradora: Sra. Medina Jiménez, Cristina.
Letrada: Sra. Montse Vidal Canosa.
Contra: Don José Avila Sánchez.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 764/2004, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Ubeda a instancia de Josefa Sánchez López contra José Avila Sánchez sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 32/2006
En Ubeda, a veinticinco de enero de dos mil seis.
Vistos por doña Esther Sara Vila, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Ubeda y su partido, actuando como sustituta legal del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Ubeda, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 764/04, en los que ha sido parte demandante doña Josefa Sánchez López, representada por la Procuradora Sra. Medina Jiménez y asistida de Letrada Sra. Vidal Canosa y parte demandada don José Avila Sánchez, declarado en situación de rebeldía procesal.
F A L L O
Que debo estimar y estimo la demanda presentada por la Procuradora Sra. Medina Jiménez, en nombre y representación de doña Josefa Sánchez López, que dio lugar a los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 764/04 contra don José Avila Sánchez, en situación de rebeldía procesal, declarando:
1. Que la titularidad del derecho de usufructo de la finca número 26567 de Ubeda, descrita como sigue: "Urbana: Casa sita en el término municipal de Ubeda, en calle Llana de San Millán, núm. 4, de superficie de terreno de ciento setenta y tres metros, sesenta y siete decímetros cuadrados y superficie construida ochenta y seis metros, cincuenta decímetros cuadrados", inscrita en el Registro de la Propiedad de Ubeda, en el tomo 1583, libro 702, folio 79, finca registral 26567, corresponde a doña Josefa Sánchez López en carácter de bien privativo.
2. La nulidad de la presunción de ganancialidad del derecho de usufructo de la mencionada finca, que consta inscrito en el Registro de la Propiedad, ordenando al Sr. Registrador de la Propiedad de Ubeda, la cancelación del asiento correspondiente y la inscripción a favor de la parte actora, doña Josefa Sánchez López del derecho de usufructo en carácter privativo, a cuyo efecto, líbrense los mandamientos oportunos.
3. Se condena al demandado a estar y pasar por las anteriores manifestaciones, imponiéndole las costas del presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que la misma no es firme y contra ella cabe presentar recurso de apelación ante este Juzgado y en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación, conociendo del mismo la Ilma. Audiencia Provincial de Jaén.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Avila Sánchez, extiendo y firmo la presente para su publicación en el BOJA, en Ubeda, a nueve de marzo de dos mil seis.- El/La Secretario.
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