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NIG: 2906742C20050028480.
Procedimiento: Medidas sobre hijos de uniones de hecho 1467/2005. Negociado: PC.
De: Doña Lucía de la Cruz López.
Procuradora: Sra. López Jiménez, Nieves.
Contra: Don Antonio Jesús Fernández Rebollo.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Medidas sobre hijos de uniones de hecho 1467/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga a instancia de doña Lucía de la Cruz López contra don Antonio Jesús Fernández Rebollo sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 129
Juez que la dicta: Don José Luis Utrera Gutiérrez.
Lugar: Málaga.
Fecha: Siete de febrero de dos mil seis.
Parte demandante: Doña Lucía de la Cruz López.
Abogado:
Procuradora: López Jiménez, Nieves.
Parte demandada: Don Antonio Jesús Fernández Rebollo (rebelde en autos).
Ministerio Fiscal.
F A L L O
Estimar la demanda presentada por la representación procesal de doña Lucía de la Cruz López contra don Antonio Jesús Fernández Rebollo, y en consecuencia debo acordar y acuerdo:
1.º La guarda y custodia de los hijos de ambos, fruto de relación extramatrimonial, se confiere a la madre si bien la patria potestad seguirá siendo compartida con el otro progenitor.
2.º No se fija régimen de visitas de los menores con el padre, ni pensión alimenticia en favor de los hijos al no haberlo solicitado ni la parte ni el Ministerio Fiscal.
Cada parte abonará sus propias costas.
Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).
Firme esta resolución, hágase entrega a ambos interesados de testimonio literal de la misma.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
El/La Magistrado/Juez.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Antonio Jesús Fernández Rebollo, extiendo y firmo la presente en Málaga a veinte de marzo de dos mil seis.- El/La Secretario.
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