Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 10/04/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUM. TRES DE ALGECIRAS

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 380/2005. (PD. 1240/2006).

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NIG: 1100442C20050002921.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 380/2005. Negociado: A.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Banque Holding Sucursal en España.

Procuradora: Sra. Concepción Aladro Oneto.

Contra: Herencia Yacente y/o ignorados Herederos de don Francisco Rodríguez Ortega.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 380/2005, seguido en el Juzgado Mixto número Tres de Algeciras a instancia de Banque Holding Sucursal en España contra Herencia Yacente y/o ignorados Herederos de don Francisco Rodríguez Ortega sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Algeciras, a nueve de febrero de dos mil seis.

Vistos por mí, don Fernando Caballero García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Algeciras los presentes autos de Juicio Ordinario 380/05, en los que aparece como parte demandante Banque PSA Finance Holding Sucursal en España, representada por la Procuradora doña Concepción Aladro Oneto y asistido de la Letrada doña Emilia Anglada Mulero y como parte demandada Herencia Yacente de don Francisco Rodríguez Ortega y atendido a los siguientes

F A L L O

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda promovida por la Procuradora de los Tribunales doña Concepción Aladro Oneto en nombre y representación de Banque PSA Finance Holding Sucursal en España, contra Herencia Yacente de don Francisco Rodríguez Ortega y debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la suma de cinco mil seiscientos catorce euros y cincuenta y dos céntimos (5.614,52 euros) más los intereses legales de dicha suma desde la fecha de interposición de esta demanda. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

Líbrese y únase certificación de esta sentencia a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias. Notifíquese a las partes con la indicación que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante el Juzgado de Primera Instancia que la dictó y conocerá del recurso la Audiencia Provincial de Cádiz.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Herencia Yacente y/o ignorados Herederos de don Francisco Rodríguez Ortega, extiendo y firmo la presente en Algeciras, a veinticuatro de marzo de dos mil seis.- El/La Secretario.

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