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Al amparo del artículo 12 de la Orden de 29 de diciembre de 2005, por la que se regulan las subvenciones para Enti
dades Locales Andaluzas que con cargo al Plan de Cooperación Municipal concede la Consejería de Gobernación, este Servicio hace público:
Primero. Que en aplicación del artículo 7 de la Orden de 29 de diciembre de 2005, del 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y del 11.4 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, tras revisar las solicitudes presentadas y comprobar que algunas no reúnen los requisitos y/o que no son acompañadas de los documentos preceptivos, se ha acordado requerir a los interesados para que subsanen las correspondientes faltas o acompañen los documentos.
Segundo. El contenido íntegro del requerimiento estará expuesto en el tablón de anuncios de esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, en la página web de la Consejería: wwwjuntadeandalucia.es/gobernacion a partir del mismo día de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. El plazo para efectuar la subsanación es de diez días hábiles, desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Se advierte a los interesados que, de no subsanarse dentro del plazo concedido, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley.
Málaga, 30 de marzo de 2006.- La Jefa del Servicio, Rosario García Morillas.
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