Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 08/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DIECISEIS DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento de separación núm. 1236/2004. (PD. 1599/2006).

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NIG: 2906742C20040025765.

Procedimiento: Separación contenciosa (N) 1236/2004. Negociado: PN.

Sobre:

De: Doña Milagros González Alonso.

Procurador: Sr. Alejandro Rodríguez Leyva.

Letrada: Sra. Pilar Espejo Zurita.

Contra: Don Rafael Muñoz Rodríguez.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento separación contenciosa (N) 1236/2004, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciseis de Málaga, a instancia de doña Milagros González Alonso, contra don Rafael Muñoz Rodríguez sobre separación, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"Vistos por la Ilma. Sra. doña Carmen Moreno Romance, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciseis de Málaga y su partido, los autos de juicio de separación incidental núm. 1236/04, promovidos por el Procurador don Alejandro Rodríguez Leiva, asistido de la Letrada doña Pilar A. Espejo Zurita en nombre y representación de doña Milagros González Alonso frente a don Rafael Muñoz Rodríguez, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que debiendo estimar como estimo la demanda interpuesta por doña Milagros González Alonso, representada por el Procurador don Alejandro Rodríguez Leiva frente a don Rafael Muñoz Rodríguez, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la separación de dicho matrimonio, elevando a definitivas las medidas acordadas en Auto de fecha 3 de marzo de 2005. Todo ello, sin hacer expresa imposición en las costas causadas en la tramitación de este procedimiento a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación y del que, en su caso conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y firme que sea esta resolución, expídase el oportuno despacho al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio para la anotación marginal de la misma en su inscripción registral.

Así por esta mi sentencia, que se unirá al legado de las de su clase y por certificación a los autos de su razón, juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Rafael Muñoz Rodríguez, extiendo y firmo la presente en Málaga, 21 de abril de 2006.- El/La Secretario.

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