Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 16/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 23 de diciembre 2005, por la que se otorga una subvención excepcional al Consorcio de Transportes del Campo de Gibraltar.

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Con fecha 28 de julio de 2005 se firmó el Convenio para la constitución del Consorcio de Transportes del Campo de Gibraltar entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes, la Diputación Provincial de Cádiz y los Ayuntamientos de Algeciras, La Línea de la Concepción, San Roque, Los Barrios, Tarifa, Jimena de la Frontera y Castellar de la Frontera.

Con fecha 6 de octubre de 2005 se publicaron en el BOJA número

196 los estatutos del referido Consorcio.

La cláusula séptima de dicho Convenio establece que dicho Consorcio se financiará mediante las transferencias y aportaciones realizadas por las Administraciones Públicas y las empresas operadoras que actúen en su ámbito, las rentas de su patrimonio y cualesquiera otros ingresos que se les asignen en sus Estatutos, siéndole de aplicación lo previsto en el artículo 27, "Recursos de los Consorcios de Transportes Metropolitano", de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía.

Las aportaciones iniciales de los entes consorciados destinadas a los gastos de primer establecimiento y de funcionamiento, de acuerdo con los porcentajes de participación de cada Administración, y teniendo en cuenta un presupuesto inicial de 600.000 euros serán las que se recogen en el Anexo 2 del Convenio.

En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta esta finalidad pública y de conformidad con lo estipulado en el artículo 107 de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,

HE RESUELTO

Primero. Otorgar una subvención excepcional a favor del Consorcio de Transportes del Campo de Gibraltar por importe de

270.000 euros para financiar el 45% de los gastos de primer establecimiento y de funcionamiento de dicho Consorcio.

Segundo. El importe de la subvención 270.000,00 euros, se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.13.00.03.00. .44500 .51B .8.

Tercero. La forma de pago de la subvención será la siguiente:

- Una primera aportación por importe de 202.500 euros, correspondiente al 75% a la firma de la presente Resolución en concepto de anticipo a justificar por el beneficiario en el plazo de 12 meses desde la materialización del pago.

- La segunda aportación, por importe de 67.500 euros correspondientes al 25%, se hará efectiva previa justificación del anticipo anterior, con aportación de facturas donde se especifiquen los gastos realizados.

Cuarto. Serán obligaciones del beneficiario las establecidas con carácter general en el artículo 105 de la Ley 5/1983, de

19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el 20.11 de la Ley 17/2003, de 29 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2004.

Quinta. Los beneficiarios de subvenciones estarán obligados a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Junta de Andalucía, indicando la Consejería, Organismo Autónomo o ente público que la ha concedido, en la forma que reglamentariamente se establezca.

Sexta. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y en todo caso, la

obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Sevilla, 23 de diciembre de 2005

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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