Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 16/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUM. DOS DE RONDA

EDICTO dimanante del procedimiento de nulidad matrimonial núm. 30/2005.

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NIG.: 2908441C20052000034.

Procedimiento: Nulidad (N) 30/2005. Negociado: CG.

Sobre: Nulidad matrimonial.

De: Ministerio Fiscal.

Contra: Don David Sánchez Naranjo y doña Mónica Adoma.

Procurador: Sr. José Sánchez Ortega.

Letrado: Sr. Manuel Angel Rueda Melgar.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento nulidad (N) 30/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Ronda a instancia del Ministerio Fiscal, contra don David Sánchez Naranjo y doña Mónica Adoma sobre Nulidad Matrimonial, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 54/2006

En Ronda a 2 de marzo de 2006.

Vistos por don Antonio Puerta Ortega, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de esta ciudad los presentes autos núm. 30/05 de nulidad matrimonial instados por el Ministerio Fiscal, contra don David Sánchez Naranjo, representado por el Procurador de los Tribunales don José Sánchez Ortega y defendido por el Letrado don Manuel Angel Rueda Melgar, y doña Mónica Adoma, en situación procesal de rebeldía.

F A L L O

Que estimando la demanda de nulidad presentada por el Ministerio Fiscal contra don David Sánchez Naranjo, representado por el Procurador don José Sánchez Ortega, y doña Mónica Adoma, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la nulidad del matrimonio celebrado entre los demandados en fecha 23 de diciembre de 2003.

No ha lugar a efectuar expreso pronunciamiento en materia de costas.

Firme la presente, comuníquese de oficio al Registro de Civil en que conste el asiento del matrimonio, remitiéndose al efecto testimonio de la misma, para la anotación correspondiente.

Notifíquese esta Resolución al Ministerio Fiscal y a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días del que conocerá la llma. Audiencia Provincial que deberá ser preparado y, en su caso, interpuesto, ante este Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma don Antonio Puerta Ortega, Juez del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. Dos de Ronda.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Mónica Adoma, extiendo y firmo la presente en Ronda, 28 de abril de 2006.- El Secretario Judicial.

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