Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 17/05/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 27 de abril de 2006, de la Delegación del Gobierno de Málaga, por la que se ordenan las transferencias de las cantidades que corresponden a los municipios de la provincia en concepto de Nivelación de Servicios Municipales en el ejercicio 2006.

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A N T E C E D E N T E S

La Orden de la Consejería de Gobernación de 24 de febrero de 2006, por la que se regula la distribución de las transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la Nivelación de los Servicios Municipales en el ejercicio 2006, publicada en el BOJA núm. 50, de 15 de marzo, establece en su artículo 4 los indicadores y la fórmula de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

En base a los criterios de valoración señalados en el artículo 4, la citada Orden distribuye los créditos del programa entre los municipios andaluces, correspondiendo a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia, la competencia para efectuar el abono de las transferencias de las cuantías correspondientes a cada municipio, conforme a lo dispuesto en el Anexo de la misma.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 7 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 24 de febrero de 2006,

RESUELVO

Primero. Ordenar el abono de las transferencias por importe de 13.327.715,16 euros, correspondientes al Programa de Nivelación de Servicios Municipales de la provincia de Málaga, atribuyendo a cada municipio, por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden citada, las cantidades que se indican en el Anexo.

Segundo. Las citadas transferencias se harán efectivas en dos pagos para cada Ayuntamiento, por importe del 50% cada uno de ellos, que se realizarán de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda, con cargo a la aplicación presupuestaria.09.00.01.

29.463.00.81 A.

Tercero. Dada la naturaleza jurídica de transferencia no finalista que tiene el Fondo para la Nivelación de Servicios Municipales, los documentos de pago correspondientes se efectuarán en firme. No obstante, y únicamente a los efectos de que en el órgano gestor se tenga constancia de la recepción de los fondos, en el plazo de tres meses, contado a partir de la materialización del segundo pago, las entidades beneficiarias remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quinto. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA.

Málaga, 27 de abril de 2006.- El Delegado del Gobierno, José Luis Marcos Medina.

A N E X O

DISTRIBUCION DE LOS IMPORTES QUE SE ASIGNAN A CADA MUNICIPIO EN LA PROVINCIA DE MALAGA DE LOS CREDITOS CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA DE NIVELACION DE SERVICIOS MUNICIPALES EN EL EJERCICIO 2006

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