Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 19/05/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 3 de mayo de 2006, de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas, sobre el cumplimiento del artículo 2.3 de la Orden de 28 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el procedimiento de colaboración entre la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y las Entidades Locales de Andalucía para la dotación de infraestructuras deportivas.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El artículo 2.3 de la Orden de 28 de marzo de 2005, modificada por la de 10 de enero de 2006, establece como condición para que las Entidades Locales puedan ser beneficiarias tener actualizados los datos en el Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.

Segundo. Corresponde a la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, con la colaboración de las Entidades Locales, la elaboración y actualización del Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.

Tercero. Con fecha 11 de diciembre de 1995, el Consejo Superior de Deportes, Organismo Autónomo del Ministerio de Educación y Ciencia, y la Comunidad Autónoma de Andalucía firmaron un Convenio para la realización del Censo Nacional de Instalaciones Deportivas.

Cuarto. En Comisión Mixta de Seguimiento de 16 de junio de 2003 se puso de manifiesto la necesidad de proceder a la actualización de los datos del Censo, dado el tiempo transcurrido desde su elaboración.

Quinto. Con fecha 14 de mayo de 2004 se firma Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de Educación y Ciencia, Consejo Superior de Deportes y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización del Censo de Instalaciones Deportivas, con la finalidad de llevar a cabo la actualización del citado Censo.

Sexto. Según lo dispuesto en la Adenda citada, la actualización del Censo se llevará a cabo, por el Consejo Superior de Deportes, mediante el desarrollo de una aplicación informática, mientras que la Comunidad Autónoma de Andalucía se responsabilizará de la realización de un trabajo de campo, el estudio, análisis y divulgación de los datos y el establecimiento del control externo de calidad.

La actualización del Censo mediante la realización del trabajo de campo concluyó en diciembre de 2005.

No obstante, el desarrollo de la aplicación informática para la actualización del Censo, incluida en el Plan de Acción INFO XXI (Proyecto PISTA-CNID) dedicado al desarrollo de la administración electrónica y promovido y coordinado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, no ha finalizado aún, lo cual ha imposibilitado el traslado de esta actualización al Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.

Séptimo. La conclusión del desarrollo de la citada aplicación informática estaba prevista para el primer trimestre de 2006, coincidiendo así con la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para la presente convocatoria, motivo por el cual no se excluyó este requisito en la misma, a diferencia de lo establecido para la convocatoria 2005, en la que sí se excluía mediante la Disposición Adicional Segunda de la Orden de 28 de marzo de 2005.

Octavo. Así pues, el Censo Nacional de Instalaciones Deportivas se configura como el instrumento censal más completo de los existentes, sobre cuyos datos se construye el Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas, que así mismo tiene carácter censal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo de la Ley/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, establece que la Consejería competente en materia de deportes, con la colaboración de las Entidades Locales, elaborará y mantendrá actualizado un Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas, en el que se recogerán las existentes en el territorio andaluz con los datos que se determinen reglamentariamente.

Segundo. El Decreto 284/2000, de 6 de junio, por el que se regula el Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas, configura el Inventario como un instrumento censal, portador de una información necesaria y valiosa, al servicio de las funciones de programación de las Administraciones Públicas andaluzas en materia de Instalaciones Deportivas.

Tercero. El artículo.1 del Decreto 284/2000, de 6 de junio, por el que se regula el Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas, establece la posibilidad de cesión al Consejo Superior de Deportes, para el ejercicio de su función de actualización permanente del Censo Nacional de Instalaciones Deportivas, de los datos obrantes en dicho Inventario, así como los resultantes de sus sucesivas actualizaciones y revisiones.

Cuarto. La Orden de 28 de marzo de 2005 (BOJA núm., de 7 de abril) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el procedimiento de colaboración entre la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y las Entidades Locales de Andalucía para la dotación de Infraestructuras Deportivas, modificada por la de 10 de enero de 2006 (BOJA núm., de 20 de enero) esta

blece en su artículo.3 que no podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades que, a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, no tengan actualizados los datos en el Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.

Quinto. Por Resolución de 17 de enero de 2006 de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas (BOJA núm., de 25 de enero), se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en materia de infraestructuras deportivas, a las Entidades Locales de Andalucía, para el año 2006.

En virtud de todo lo expuesto,

RESUELVO

Primero. El requisito establecido en el artículo 2.3 de la referida Orden de 28 de marzo de 2005 queda cumplimentado con los datos actualizados que obran en el vigente Censo Nacional de Instalaciones Deportivas.

Segundo. Lo resuelto en el apartado anterior será de aplicación a la convocatoria de subvenciones efectuada para el ejercicio 2006, a través de la Resolución de 17 de enero de 2006 de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas (BOJA núm. 16 de 25 de enero), por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en materia de infraestructuras deportivas a las Entidades Locales de Andalucía.

Sevilla, 3 de mayo de 2006.- El Director General, Leonardo Chaves González.

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