Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 08/06/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 9 de abril de 2007, del Ayuntamiento de Estepona, de bases para la selección de Inspector de Comercio.

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BASES

1. Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Inspector de Comercio, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento y clasificada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores, Grupo "A", por el sistema de selección de concurso-oposición en turno libre, cuya convocatoria y bases fueron aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 9 de abril de 2007.

1.2. La plaza está dotada económicamente con las retribuciones que el Ilmo. Ayuntamiento de Estepona tiene acordadas para el nivel y grupo de la plaza convocada.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en la convocatoria, los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

a) Nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido los cincuenta y cinco.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Industrial.

d) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional; ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

Los requisitos anteriormente relacionados deberán acreditarse documentalmente una vez finalizados los ejercicios de la fase de oposición, en el plazo que se determina en la base 9.

Asimismo será requisito imprescindible para ser admitido en la convocatoria haber abonado los derechos de examen, fijados en cincuenta euros (50,00

), que serán abonados directamente en la Tesorería Municipal.

3. Instancias y presentación.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, lo harán mediante instancia solicitando tomar parte en las mismas, que se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación y en las que se recogerá la declaración expresa de que se reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en el punto anterior para ser admitido en la convocatoria, presentándose en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", debiendo ir acompañadas del resguardo de haber abonado los derechos de examen.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía-Presidencia dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial de la Provincia", se concederá un plazo de diez días de subsanación para los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador, además del orden de actuación de los aspirantes, en su caso.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal de Calificación estará compuesto en la siguiente forma:

- Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue.

Vocales:

- El Concejal Delegado de Personal.

- El Concejal Delegado de Comercio.

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un técnico designado por la Alcaldía.

- Un representante de cada una de las Secciones Sindicales representativas.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

6. Procedimiento de selección.

6.1. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición en turno libre.

6.2. La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, procediendo a valorar los méritos alegados y debidamente justificados por los aspirantes, y cuyo resultado se hará publico en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el lugar de celebración de la prueba, en su caso.

6.4. Fase de concurso.

6.4.1. Se desarrollará conforme al siguiente baremo.

6.4.1.A. Experiencia profesional.

- Por cada año de se servicios prestados en Ayuntamiento o empresas de capital íntegro o mayoritariamente público: 0,25 puntos

Hasta un máximo de 2,00 puntos.

6.4.1.B. Formación.

- Por participación en cursos directamente relacionados con las funciones propias de la plaza, con arreglo a los tramos siguientes:

De hasta 100 horas: 0,15 puntos.

De 100 horas a 499 horas: 0,25 puntos.

De 500 horas o más: 0,50 puntos

Hasta un máximo de 1,50 puntos.

6.4.1.C. Expediente académico de la ingeniería.

- Por nota media de notable: 0,50 puntos.

- Por nota media de sobresaliente: 1,00 puntos.

- Por nota media de Matrícula de Honor: 1,50 puntos.

Para hallar la nota del expediente en el caso de que en el mismo no constaran puntuaciones, se aplicarán las siguientes: Cada asignatura aprobada puntúa con 6,00 puntos; cada notable, 7,50 puntos; cada sobresaliente con 9,00 puntos y cada Matrícula de Honor, 10,00 puntos. La nota media se hallará en la forma aritmética habitual. Se prescindirá de los suspensos y los no presentados.

6.5. Fase de oposición.

6.5.1. La prueba consistirá en un informe a desarrollar por el aspirante, referido a los temas del programa de la presente convocatoria (que se unen a las presentes bases como Anexo I), a elegir entre tres que proponga el tribunal, con la ayuda de textos legales, sin comentar, en un máximo de dos horas.

6.5.2. La calificación de esta fase será de 0,00 a 5,00 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 2,50 puntos para superar esta fase, que tiene carácter eliminatorio.

6.5.2. Estará terminantemente prohibido el uso de teléfonos móviles durante el ejercicio.

7. Calificación final.

7.1. Será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición y serán declarados aprobados los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación hasta completar el número total de plazas convocadas.

7.2. De conformidad con lo establecido en el art. 7 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, no podrán declararse aprobados un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, aunque si inferior, si el número de aspirantes que hubieran superado la fase de oposición fuera inferior al de plazas convocadas.

8. Orden de actuación.

8.1. El orden de actuación será el alfabético del primer apellido, comenzando por la letra que resulte del sorteo que se realizará inmediatamente antes del comienzo del primer ejercicio o prueba de la oposición.

9. Presentación de documentos y nombramiento.

9.1. En el plazo de veinte días contados a partir de la publicación de la relación final de aprobados, éstos deberán presentar la documentación acreditativa de que cumplen los requisitos exigidos en la base 2 de esta convocatoria, tras lo cual, por Resolución de la Alcaldía, serán nombrados funcionarios de carrera.

10. Disposición final.

10.1. En lo no previsto en las precedentes bases de la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, con sus modificaciones posteriores; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba al Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y cuantas obras pudieran resultar de aplicación.

10.2. El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas se puedan derivar de la interpretación de las presentes bases.

ANEXO I

TEMARIO

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española de 1978. Características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas: enumeración, garantías y suspensión. Otros derechos y deberes.

2. Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Su organización y competencias. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. Estructura de la Administración Local: Entes básicos y opcionales. Organización y competencias del Municipio. Organización y competencias de la provincia.

4. La Constitución como norma jurídica. La Ley: Clases de Leyes. Los Decretos-Leyes. La delegación legislativa.

5. El Reglamento. Titulares de la potestad reglamentaria. Límites de la potestad reglamentaria. Inderogabilidad singular de los reglamentos.

6. La potestad normativa de las Comunidades Autónomas. Relación de los ordenamientos autonómicos con el estatal. El desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

7. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. La autotutela administrativa. La potestad discrecional y su control. Responsabilidad de la Administración.

8. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos. Eficacia de los actos administrativos. Silencio administrativo. Actos presuntos. Los actos de la Administración en régimen jurídico privado.

9. Invalidez de los actos administrativos. Irregularidades no invalidantes. La revisión de oficio de los actos administrativos: Anulación y revocación. El régimen jurídico de los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

10. El procedimiento administrativo: Regulación, principios y fases del procedimiento.

11. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Extensión y límites. Las partes del proceso. Procedimiento. La sentencia y su ejecución. Los recursos de casación y revisión.

12. Los contratos administrativos. Contratos de la Administración en régimen jurídico privado. El procedimiento de contratación. Ejecución y extinción del contrato.

13. La posición jurídica del administrado. Derechos subjetivos del administrado. Situaciones favorables y desfavorables del administrado.

14. Estructura de la Función Pública española. La relación de servicios entre la Administración y los empleados públicos: Régimen estatutario y laboral. Derechos y deberes de los funcionarios. Situaciones administrativas.

15. El sector público: Su delimitación. Operaciones que realiza. Indices para apreciar su dimensión. La contabilidad nacional y el sector público.

16. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

17. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Hecho imponible. Operaciones no sujetas. Exenciones. Lugar de realización del hecho imponible. Devengo del Impuesto. Sujeto pasivo. Repercusión. Base Imponible y deuda tributaria. Deducciones y devoluciones.

18. El sistema tributario español. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Impuesto extraordinario sobre el Patrimonio. Impuesto sobre Sociedades. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Los proyectos de instalaciones para actividades comerciales e industriales. Contenido de los proyectos. Supervisión y aprobación.

2. Las licencias municipales de apertura. Concepto técnico. Naturaleza.

3. La licencia de apertura. Procedimiento de otorgamiento e interrelación con las obras. Clasificación de Actividades. El Acta de Comprobación Favorable.

4. Actividades sometidas a declaración de Impacto Ambiental. Normativa en la Comunidad Andaluza.

5. Infracciones y sanciones en actividades. El expediente sancionador.

6. Actividades sometidas a declaración de Informe Ambiental. Normativa en la Comunidad Andaluza.

7. Reclamaciones y alegaciones vecinales. Aplicación de medidas correctoras.

8. Ordenanza Reguladora de la Contaminación Atmosférica en el término municipal de Estepona. Documentación a aportar para las actividades sujetas a Calificación Ambiental.

9. Ordenanza Reguladora de la Contaminación Atmosférica. Características de las chimeneas y de los Proyectos de nueva planta en los que se prevea locales con emisión de humos.

10. Posibilidad de autorización de otros sistemas alternativos de evacuación de humos, según la Ordenanza Reguladora de la Contaminación Atmosférica en el término municipal de Estepona.

11. Condicionantes para instalación de filtros de evacuación de humos según la Ordenanza Reguladora. Medidas correctoras y mantenimiento.

12. Ordenanza Municipal contra la Contaminación Acústica. Generalidades.

13. Orden por la que se desarrolla el contenido del sistema de calidad para la acreditación en materia de contaminación acústica.

14. Límites admisibles de ruidos en el interior de las edificaciones. Límites admisibles de emisión de ruidos al exterior de las edificaciones.

15. Condiciones acústicas generales para límites mínimos de aislamiento acústico.

16. Condiciones acústicas particulares en actividades y edificaciones donde se generen niveles elevados de ruido.

17. Aislamiento Acústico a Ruidos de Impacto.

18. Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica. Estudios Acústicos de Actividades sujetas a Calificación Ambiental.

19. Planos de los elementos de la actividad o instalación proyectada necesarios según el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica.

20. Técnicos competentes para la realización de estudios y ensayos acústicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

21. Condiciones acústicas exigibles a las edificaciones.

22. Instalación de Equipos Limitadores-Controladores Acústicos. Características. Tipos de Limitadores homologados por la Comunidad Andaluza.

23. Condiciones acústicas exigibles a las actividades que se realicen al aire libre. Actividades ruidosas en la vía pública.

24. Orden por la que se regulan los técnicos acreditados y la actuación subsidiaria de la Consejería en materia de Contaminación Acústica.

25. Normas higiénico sanitarias y de seguridad de las piscinas de uso colectivo. Ambito de aplicación y definiciones. Características del vaso e instalaciones. Aseos, botiquín y

servicios de asistencia. Reglamentación Técnico-sanitaria.

26. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Instalaciones con fines especiales. Piscinas.

27. Clasificación de las áreas de sensibilidad acústica.

28. Mapas de ruido y planes de acción.

29. Declaración de zonas Acústicamente Saturadas.

30. Decreto por el que se regulan las entidades colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental.

31. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Instalaciones en locales de características especiales. Generalidades.

32. Medidas Sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco en materia de señalización y zonas habilitadas para fumar.

33. Valores límite y la metodología a aplicar en el control de las emisiones no canalizadas de partículas por las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.

34. Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos. Generalidades y derogación de normativa.

35. Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos. Instalaciones que precisan proyecto según el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos.

36. Instalación y utilización de aparatos de Rayos X con fines de diagnóstico médico.

37. Normas Urbanísticas Generales del t.m. de Estepona. Sección Uso Comercial pormenorizado.

38. Normas Urbanísticas Particulares del t.m. Estepona. Sección Comercial.

39. Normas Urbanísticas Generales del t.m. de Estepona. Sección Uso de Hostelería pormenorizado.

40. Normas Urbanísticas Generales del t.m. de Estepona. Sección Uso de Oficinas pormenorizado.

41. Normas Urbanísticas Particulares del t.m. Estepona. Sección Industrial. Generalidades.

42. Normas Urbanísticas Particulares del t.m. Estepona. Industria ligera y servicios y Industria media y grande.

43. Manual de Autoprotección. Evaluación del Riesgo: Riesgo Potencial, Evaluación y Difusión del Plan de Emergencias.

44. Plan de Emergencias: Funciones del Plan, Clasificación de las Emergencias, Acciones y Funciones de cada componente de los Equipos de Emergencia.

45. Seguridad contra incendios en un Plan: Medidas Preventivas, Normas Generales para el uso de equipos de protección contra incendios y Mantenimiento.

46. Implantación del Plan de Emergencias: Responsabilidad, Organización, Medios Técnicos, Medios Humanos y Simulacros.

47. Caracterización de los Establecimientos Industriales en relación con la seguridad contra incendios.

48. Requisitos Constructivos de los Establecimientos Industriales según su configuración, ubicación y nivel de riesgo intrínseco.

49. Requisitos de las Instalaciones de Protección contra incendios de los Establecimientos Industriales.

50. Instalaciones para la evacuación de humos y calor en edificios de una sola planta. Concepto para disminuir el efecto térmico sobre los elementos de la estructura portante y Cálculo.

51. Nociones de geografía urbana del municipio de Estepona. Características generales de sus núcleos de población.

52. Nociones de geografía física del municipio de Estepona. Orografía. Red fluvial. Principales características geológicas.

53. Accesibilidad y Eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y del transporte en la Comunidad Andaluza. Normativa aplicable. Aseos en locales comerciales.

54. Accesibilidad desde el espacio exterior y rampas en locales comerciales según las Normas Técnicas para Accesibilidad y Eliminación de barreras arquitectónicas en Andalucía.

55. Calidad de la energía eléctrica. Generalidades.

56. Decreto 78/2002, por el que se aprueban el Nomenclator y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

57. Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

58. Orden por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

59. Decreto 59/2005, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos.

60. Instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia. Características. Reglamentación.

61. Instalaciones eléctricas en locales con riesgo de incendio y explosión. Características. Reglamentación.

62. La fundición gris en la fabricación de columnas y soportes de alumbrado. Parámetros y características. Normativa aplicable.

63. Sistemas neumáticos de transmisión de potencia. Características básicas y principio de funcionamiento.

64. Depuración de aguas residuales. Estaciones depuradoras. Principios de funcionamiento.

65. Ley de Protección Ambiental Junta de Andalucía. Relación y generalidades de los reglamentos que la desarrollan.

66. Metodología para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental. Modelos Generales.

67. Calificación Ambiental. Procedimiento administrativo para el trámite de expedientes. Propuesta de Resolución.

68. Documentación a entregar según el Reglamento de Calificación Ambiental. Certificación Técnica y posterior Inspección.

69. Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad en caso de Incendios. (DB SI). Aplicación para uso Comercial y de Pública concurrencia.

70. Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Salubridad, (DB HS) Generalidades.

71. Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de Utilización. (DB SU). Aplicación para uso Comercial y de Pública concurrencia.

72. Informática. Aplicaciones ofimáticas. Diseño gráfico. Mediciones y presupuestos. Programas técnicos.

Estepona, 9 de abril de 2007.- El Alcalde.

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