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La Delegada Provincial, en los expedientes de referencia, ha acordado constituir el acogimiento temporal de los menores B.G.H. y M.G.H. Contra las presentes resoluciones podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba por los trámites que establecen los arts. 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Como quiera que se ignora el paradero actual de doña Amadora Hernández Plantón, madre de los menores, se publica el presente edicto para que sirva de notificación a los interesados.
Córdoba 31 de mayo de 2007.- La Delegada, Victoria Fernández Domínguez.
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