Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 28/06/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Resolución de 24 de mayo de 2007, de la Dirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, por la que se hace pública la autorización concedida a SGS ICS Ibérica, S.A., para actuar como organismo de certificación del pliego del producto «Torta de aceite», para el uso de la marca Calidad Certificada.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Con fecha 20 de abril de 2007, esta Dirección General ha dictado la correspondiente Resolución por la que se autoriza a SGS ICS Ibérica, S.A., para actuar como organismo de certificación del pliego del producto «Torta de aceite», cuya parte resolutiva es del siguiente tenor:

RESUELVO

Primero. Estimar la petición formulada por SGS ICS Iberia, S.A., con CIF núm. A-80773534, en petición de que se autorice a esta entidad como organismo de certificación del Pliego de Condiciones del producto «Torta de aceite», reconocido mediante Resolución de 11 de enero de 2007, como sistema de calidad al efecto de la certificación de dicho producto para el uso de la marca Calidad Certificada.

Segundo. Esta entidad deberá solicitar la acreditación ante la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), para el alcance definido en el punto primero de esta disposición, en el plazo de tres meses contados a partir de la notificación de la presente Resolución, concediéndose un plazo de dos años, para que dicha entidad presente el correspondiente certificado de acreditación de la certificación, con el alcance antes referenciado.

Tercero. La entidad deberá solicitar su inscripción en el Registro de Entidades de Inspección y Certificación de Productos Agroalimentarios y Pesqueros en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de tres meses desde la notificación de la presente Resolución.

Cuarto. La citada entidad estará sometida al régimen de supervisión de esta Consejería y deberá facilitar el acceso de su personal a sus instalaciones, debiendo proporcionar cuanta información sea necesaria para el ejercicio de las funciones que como órgano competente le corresponden.

Quinto. Esta autorización está condicionada al cumplimiento de los extremos previstos en la normativa de aplicación y de los tenidos en cuenta para la concesión de la misma, siendo causa de su pérdida el incumplimiento o variación sustancial de estas circunstancias.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 24 de mayo de 2007.- El Director General, Ricardo Domínguez García-Baquero.

Descargar PDF