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Don Santiago López García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nigüelas (Granada),
Hago saber: Que en el BOE número 219 de fecha 13 de septiembre de 2006, se publica la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2006, aprobada por Decreto de la Alcaldía de 9 de agosto de 2006.
El que suscribe, en base a las atribuciones que le confiere el artículo 21-1-g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, resuelvo:
1.º Convocar una plaza de Auxiliar Administrativo de la escala de Administración General, Subescala Auxiliar.
2.º Aprobar las siguientes Bases que han de regir el sistema de provisión por oposición libre.
3.º Publicar la convocatoria y bases en el BOP y BOJA continuándose con la tramitación reglamentaria.
BASES QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO, ESCALA ADMINISTRACION GENERAL, SUBESCALA AUXILIAR, CORRESPONDIENTE AL GRUPO D, POR EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE.
1. Convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de una plaza de auxiliar administrativo de la escala de Administración General, Subescala Auxiliar (Grupo D), vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Nigüelas, incorporada en la Oferta de Empleo Público publicada en el BOE núm. 219, de fecha 13 de septiembre de 2006.
1.2. El proceso selectivo se regirá por las presentes bases. Para lo no previsto en las mismas le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a los que ha de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y supletoriamente por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos.
a) Ser español/a o nacional de un estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley 17/93, de 23 de diciembre y desarrollado por Real Decreto 800/95.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de graduado Escolar, Formación Profesional de primer Grado o equivalente.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones propias de auxiliar administrativo.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.
f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse en el último día de plazo de presentación de solicitudes.
3. Instancias y documentación.
3.1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud según el modelo (orientativo) que se inserta al final de estas Bases, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda de esta convocatoria.
3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nigüelas (Granada) y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 384 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.3. Las solicitudes vendrán acompañadas de justificante de haber ingresado los derechos de examen que serán de 25 euros, cantidad que deberá ser ingresada en la cuenta bancaria número 2031-0058-34-0100041583 de titularidad municipal.
4. Admisión de candidatos.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, lugar de exposición de dichas listas y plazo para subsanación de errores (diez días hábiles, en los términos establecidos en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre), la resolución será publicada en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Nigüelas.
4.2. Transcurrido el plazo de subsanaciones, la Alcaldía dictará resolución aprobando las listas definitivas, designando los miembros del Tribunal e indicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio. A la resolución se dará publicidad mediante la inserción de edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios municipal.
4.3. Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes a partir de la publicación de la resolución.
5. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador, de conformidad con el artículo 4.º, letras e) y f) del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: el de la Corporación o miembro en quien delegue.
Secretario: el de la Corporación, o miembro en quien delegue.
Vocales:
- Un representante de la Junta de Andalucía.
- Un funcionario con habilitación nacional, a designar por el COSITAL (Granada).
- Dos Concejales de la Corporación, designados por la Alcaldía.
Deberán designarse suplentes para cada uno de los miembros del Tribunal.
5.2. Todos los Vocales y los suplentes que se designen deberán poseer igual o superior titulación a la exigida en la presente convocatoria.
5.3. Los tribunales de selección no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes.
5.4. Los miembros del tribunal están sometidos a las causas de abstención y recusación de las reguladas en la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.
5.5. El Tribunal está autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para velar por el buen orden de la convocatoria.
5.6. Los miembros de los Tribunales serán retribuidos de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. Sistema selectivo. Provisión: Oposición libre.
6.1. Fase de oposición.
En la fase de oposición, las pruebas serán de carácter obligatorio y eliminatorio, y se desarrollarán por el siguiente orden:
A) Primer ejercicio. De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar, por escrito, un test multirrespuesta, relacionado con el programa que se detallará en el Anexo correspondiente. El Tribunal fijará inmediatamente antes del comienzo del ejercicio el número de preguntas, la duración del mismo y el valor de cada respuesta acertada, así como si restan las incorrectas.
B) Segundo ejercicio. De carácter obligatorio, consistirá en desarrollar, por escrito, durante el período máximo de una hora, un tema extraído al azar públicamente, en el momento inmediato anterior al del inicio de la prueba, de entre los contenidos en el Grupo II del Anexo a las presentes Bases.
C) Tercer ejercicio. Consistirá en la resolución de un supuesto o ejercicio práctico, relacionado con las funciones asignadas a la plaza, que será determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba.
El Tribunal comunicará en el anuncio que señale la fecha de este ejercicio, el posible uso de textos de consulta o material específico para su desarrollo, así como su eventual realización mediante Terminal de ordenador (Microsoft Office).
7. Desarrollo de las pruebas.
7.1. La fecha, hora y lugar en que dará comienzo el primer ejercicio serán anunciados, al menos, con 10 días de antelación, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de la Corporación.
7.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos debidamente justificados, y libremente apreciados por el Tribunal. El orden de actuación, se iniciará, en su caso, por los opositores cuyo primer apellido comience por la letra A.
7.3. Los aspirantes que posean alguna minusvalía, no excluyente para el desempeño del puesto, deberá solicitar en la instancia la oportuna adaptación de medios y tiempo que, justificadamente, le resulten necesarios para el desarrollo de los ejercicios.
7.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de las pruebas en el BOP. Estos anuncios se harán públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, existirá un plazo no inferior a 72 horas.
8. Calificación de los ejercicios.
8.1. Las pruebas serán eliminatorias y se calificarán hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas.
8.2. La calificación para cada prueba y aspirante se determinará por la media aritmética resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal.
8.3. La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos por los aspirantes en cada uno de los ejercicios de la oposición.
9. Propuesta de nombramiento.
Terminada la calificación de cada prueba o fase selectiva, el Tribunal hará público el resultado en el tablón de edictos del Ayuntamiento, fijando la fecha, hora y lugar de realización de la siguiente.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública, en el tablón de edictos de la Corporación, la relación de aprobados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Igualmente, el Tribunal, elevará la respectiva propuesta a la Presidencia de la Corporación para que proceda al otorgamiento del correspondiente nombramiento.
Como sólo existe una plaza para este proceso selectivo, el aspirante que obtenga la calificación definitiva máxima es el que, exclusivamente, se considerará aprobado en la presente convocatoria.
10. Cumplimiento de requisitos.
En el plazo de 20 días hábiles a contar desde la publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en la misma, deberán presentar en el Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la presente convocatoria, así como la declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación vigente.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo fuerza mayor apreciada por el Tribunal, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad que procediera.
La Alcaldía, transcurrido el plazo de presentación de documentos, dictará decreto nombrando al aspirante propuesto que deberá tomar posesión en el plazo máximo de un mes natural, contado desde la fecha de notificación del nombramiento.
El aspirante que, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo señalado, decaerá en todos sus derechos.
11. Norma Final.
La Convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en la forma establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I
Plaza: Auxiliar-Administrativo.
Vacantes: 1.
Escala: Administración General.
Subescala: Auxiliar.
Grupo: D.
Titulación: Graduado Escolar; Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Sistema de selección/provisión: Oposición libre.
ANEXO II
Grupo I
1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Los Derechos y Deberes fundamentales.
2. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.
3. El Gobierno y la administración del Estado. La Administración Pública en el Ordenamiento Jurídico Español. Tipología de los Entes Públicos. Las Administraciones del Estado, Autonómica, Local e Institucional.
4. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: estructura y disposiciones generales. Idea general sobre las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
5. El régimen local español. Principios Constitucionales y regulación jurídica. Entidades que lo integran.
6. La Provincia en el Régimen Local. Organización y competencias.
7. El Municipio. Organización y competencias.
8. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La Autonomía local y el control de legalidad.
9. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.
10. Funcionamiento de los órganos locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdos.
11. Formas de la actividad administrativa local. Intervención de las Corporaciones Locales en la actividad de los ciudadanos: Fomento, servicios públicos y policía. Especial referencia a la concesión de licencias.
12. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas.
13. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista.
14. Las Haciendas Locales: clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.
15. Los Presupuestos Locales. Estructura y procedimiento de aprobación. Régimen Jurídico del gasto público local.
Grupo II
16. El acto administrativo: Concepto y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.
17. El procedimiento administrativo: Concepto y regulación. Fases del procedimiento. Los recursos administrativos: concepto y clases.
18. El Procedimiento Administrativo Local. Documentos administrativos. Registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones. Las certificaciones.
19. Atención al público. Derecho de los ciudadanos a la información: el acceso a los archivos y registros. Los servicios de información y de reclamación administrativos.
20. El personal al servicio de las entidades locales: clases, plantillas y relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo público. Sistemas de selección y situaciones administrativas de los funcionarios. El personal laboral.
21. Derechos de los funcionarios locales. Responsabilidad. Incompatibilidad. Régimen Disciplinario.
22. Deberes de los funcionarios locales. Responsabilidad. Incompatibilidad. Régimen Disciplinario.
23. Los Jueces de Paz y su nombramiento. Capacidad y compatibilidad. Derechos y Haberes. Responsabilidad.
24. Competencias de los Juzgados de Paz: Objetiva, territorial y funcional. Postulación procesal.
25. Los Actos Procesales: las partes y el juzgado. Los actos de comunicación.
26. Conceptos básicos sobre informática. Sistemas de Información. Representación de la Información. Equipos Informáticos: Arquitectura, concepto y componentes. Dispositivos de E/S. Dispositivos de almacenamiento de datos.
27. Sistemas Operativos. Conceptos y funciones principales. Sistemas Operativos. Propietarios: Windows (versiones). Sistemas Operativos Abiertos: Linux (distribuciones). Administración de un sistema operativo. Administración de usuarios. Recursos y permisos. Administración de procesos y servicios.
28. Ofimática. Procesadores de texto. Hojas de cálculo. Herramientas de presentación. Bases de datos. Organizadores. Correo electrónico.
29. Seguridad en la explotación de los sistemas de información. Administración de Seguridad. Herramientas de copias de seguridad de información. Restauración de información.
30. Redes de ordenadores. Conceptos básicos. Principales tipologías, estándares, cableado y elementos físicos y lógicos de conexión.
La convocatoria, juntamente con sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y un extracto detallado en el Boletín Oficial del Estado, produciéndose los efectos administrativos desde la fecha del Boletín Oficial del Estado en que se publique el extracto.
ANEXO III
MODELO SOLICITUD (Orientativo).
Plaza a la que aspira: Auxiliar-Administrativo.
Régimen: Funcionario.
Turno: Libre.
Convocatorias: Fecha BOE:
Datos personales.
Nombre:
Apellidos:
DNI número:
Lugar a efectos de notificaciones:
Teléfono:
Población/Provincia/Código Postal.
El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria comprometiéndose a probar documentalmente todos los requisitos exigidos.
Lugar, fecha y firma.
Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nigüelas (Granada).
Lo que se hace público para general conocimiento.
Nigüelas, 9 de noviembre de 2006.- El Alcalde, Santiago López García.
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