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Se somete a Información Pública el Proyecto de Encauzamiento del Barranco Hondo. TM Armilla (Granada), Clave: A5.435.640/2111, cuyas obras se desarrollarán en los términos municipales de La Zubia y Granada, a los efectos siguientes:
1. Interés general para su publicación y general conocimiento.
2. Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, así como según la vigente legislación de aguas.
3. Tramitación medioambiental según Ley 7/1994 de 18 de marzo de Protección Ambiental y Decreto 153/96 de 30 de abril de aprobación del Reglamento de Informe Ambiental, así como Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Nota extracto:
1. Objeto del proyecto:
Dicho Proyecto tiene por objeto definir las obras necesarias para la restitución del cauce del Barranco Hondo hasta su posible confluencia con el río Monachil, evitando así los daños que periódicamente se producen en el área de Armilla.
2. Descripcion de las obras:
Las obras consisten en:
Encauzar una longitud de 2.098,08 m del Barranco Hondo mediante una estructura de marco rectangular de hormigón armado de dimensiones interiores 4,00 x 2,00 y 4,50 x 2,00 m.
Se disponen plataformas de acceso de maquinaria y pozos o bocas de registro que permitan el acceso al canal para su limpieza e inspección.
Se prevé, al comienzo de la actuación una tubería-aliviadero de hormigón armado de diámetro 800 mm., que tendrá la función de mantener un caudal para el riego de las áreas situadas en las márgenes del barranco natural y alimentar las acequias y ayudar a la evacuación en el caso de grandes avenidas.
Completan las obras la reposición de servicios afectados.
3. Propietarios afectados:
Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de treinta (30) días hábiles contados desde el siguiente a la fecha en que aparezca inserto este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia de Granada y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, a fin de que a tenor de lo dispuesto en el art. 86 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los que se consideren perjudicados con este Proyecto puedan presentar reclamaciones a través de los medios permitidos por el art. 38 de la expresada Ley, o bien hacerlo en los Ayuntamientos de La Zubia y Granada, o ante el Director Provincial de la Agencia Andaluza del Agua en Granada calle Marqués de la Ensenada núm. 1, Granada 18071.
En el Ayuntamiento y en las oficinas que la Dirección Provincial tiene en Av. Madrid 7-6.ª planta, Granada 18071, durante los mismos días y en horas hábiles está expuesto el citado Proyecto, a disposición de los que soliciten examinarlo.
En el tablón de anuncios del Ayuntamiento donde radiquen los bienes objeto de expropiación, se fijará una copia de la relación de los bienes y derechos afectados, a tenor de lo dispuesto en el artículo 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y concordantes del Reglamento para su aplicación.
Granada, 25 de junio de 2007.- La Directora, Marina Martín Jiménez.
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