Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 26/07/2007

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de 9 de julio de 2007, de la Delegación Provincial de Jaén, de notificación de Orden de 27 de marzo de 2007 por la que se aprueba el deslinde, Expte. 447/03, del monte «Las Torrecillas» Código de la Junta de Andalucía JA-10177-JA, en el cual se incluye el monte «Agüillas» Código JA-10201-JA.

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Dando cumplimiento a lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, al no haber sido posible la notificación personal por desconocimiento del domicilio, se hace público para conocimiento de los siguientes interesados el siguiente acto administrativo.

Nombre Polígono Parcela Término Municipal

Eliseo Castellano López - - Montizón

Manuel Jiménez Román - - Montizón

Navalcaballo S.A. - - Montizón

Fructuosa Pacheco Pacheco - - Montizón

La Consejera de Medio Ambiente mediante Orden de 27 de marzo de 2007 ha resuelto la aprobación del deslinde, Expte. 447/03, del monte «Las Torrecillas», Código de la Junta de Andalucía JA-10177-JA, en el cual se incluye el monte «Agüillas», Código de la Junta de Andalucía JA-10201-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y sito en el término municipal de Montizón.

Dicha Orden, se encuentra en la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, sita en Plaza de Jaén por la Paz núm. 2, 7.ª planta, 23071, Jaén, significándole que:

«1.º Aprobar el expediente de deslinde del monte «Las Torrecillas», Código de la Junta de Andalucía JA-10177-JA, en el cual se incluye el monte «Agüillas», Código de la Junta de Andalucía JA-10201-JA, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía y situados en el término municipal de Montizón, de acuerdo con las Actas, Planos e Informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y Registro Topográfico que se incorpora en el anexo de la presente propuesta.

2.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

3.º Que estando inscrito el monte en el Registro de la Propiedad de Villacarrillo con los siguientes datos registrales:

Finca Rústica Tomo Libro Folio Finca Inscripción

Torrecillas Altas 1.943 50 53 1.928 2.ª

Torrecillas Bajas 1.943 50 213 1.616 2.ª

El Agrillo y Los Marañales II 2.146 57 18 1.745 3.ª

Agrillo III 1.943 50 41 1.953 3.ª

Loma del Agrillo II 1.943 50 40 1.955 3.ª

Arroyo de las Mujeres 2.146 57 23 1.368 4.ª

Agüilla 1.943 50 52 2.075 3.ª

Una vez firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962 de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, que se proceda a la inmatriculación del monte o inscripción del deslinde en el Registro de la Propiedad con la descripción de cada uno de los piquetes de deslinde que se detalla en las correspondientes actas que obran en el expediente y además, con los siguientes datos:

Monte público: «Las Torrecillas».

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Superficie:

Identificación Denominación Poseedor Perímetro (m) Superficie (ha)

- Las Torrecillas Altas Comunidad Autónoma 26.885,85 2.127,004

y Bajas de Andalucía

A Agrillo – Arroyo de Comunidad Autónoma 13.036,91 277,902

las Mujeres de Andalucía

B Agüillas Comunidad Autónoma 571,04 1,867

de Andalucía

Total 2.406,773

Término municipal: Montizón.

Límites:

a) Monte «Las Torrecillas» Código de la Junta de Andalucía JA-10177-JA:

Norte: Propiedades de don Luis Cuena abascal, finca «Navalcaballo» perteneciente a don Juan Abelló y propiedades de don Fremiot García García.

Este: Finca «Ventanueva» perteneciente a don Juan Gómez Jiménez, en la provincia de Ciudad Real, y propiedades de los hermanos Patón Medina, en la provincia de Jaén.

Sur: Fincas particulares, embalse del Dañador y río Dañador.

Oeste: Finca «La Antigua» propiedad de Gescampo S.A., montes del Ayuntamiento de Montizón y fincas particulares.

b) Monte «Agüillas» Código de la Junta de Andalucía JA-10201-JA:

Norte: Finca particular propiedad de CUCRE S.A.

Este: Propiedades de don Vicente Navarro Mercado, don Joaquín Peláez Pandero y doña Bernarda Navarro Mercado.

Sur: Propiedades de doña Josefina Doménech Montes, doña Marina Lorente Floro, don Rufino López Castillo y Cucre S.A.

Oeste: Finca particular propiedad de Cucre S.A.

4.º Que se retiren las alambradas instaladas sin autorización y que establecen divisiones artificiales en el monte.

Contra esta Orden, que agota vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante este mismo órgano, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común y 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, sin que sea preciso apurar previamente la vía administrativa, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.»

Para cualquier tipo de aclaración, deberá llamar al teléfono 953-757786 ó 953-795179, así como concertar cita para la consulta del expediente.

Jaén, 9 de julio de 2007.- La Delegada, Amparo Ramírez Espinosa.

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