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La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el día 11 de julio de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Punto núm. 5. Vistos el expediente administrativo y documentación técnica correspondiente al Documento de Cumplimiento de la Modificación Puntual de la Ordenanza núm. 6 del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Ubrique, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado en sesión plenaria celebrada el día 2 de mayo de 2007; visto el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de fecha 3 de junio de 2007, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA núm. 154, de 31 de diciembre), en relación con el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre (BOJA núm. 10, de 15 de enero), que regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y modifica el Decreto 202/2004, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería, la Comisión, por unanimidad, acuerda:
Primero. Aprobar el expediente correspondiente al Documento de Cumplimiento de la Modificación Puntual de la Ordenanza núm. 6 del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Ubrique, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado en sesión plenaria celebrada el día 2 de mayo de 2007, por cuanto queda constatado el cumplimiento, con la documentación presentada, de las subsanaciones y/o modificaciones requeridas por esta Comisión Provincial en resolución de fecha 23 de marzo de 2007, mediante la que se acordó, de conformidad con lo establecido por el artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, suspender la aprobación definitiva del expediente correspondiente a la Modificación Puntual de la Ordenanza núm. 6 del Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Ubrique.
Segundo. El presente acuerdo se notificará al Ayuntamiento Ubrique y a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con el contenido del articulado del instrumento de planeamiento aprobado, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Cádiz, 19 de julio de 2007.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.
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