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NIG: 2990142C20060002607.
Procedimiento: Divorcio contencioso (N) 547/2006. Negociado:
De: Don Antonio Jorge Jiménez Ayud.
Procurador: Sra. Ceres Hidalgo, Araceli.
Letrada: Sra. María Adela Cervantes Luque.
Contra: Doña Yanet Güidi Ramírez.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento divorcio contencioso (N) 547/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Torremolinos a instancia de don Antonio Jorge Jiménez Ayud contra doña Yanet Güidi Ramírez, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Torremolinos, a 21 de junio de 2007.
Vistos por mí, doña María Isabel Moreno Verdejo, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Torremolinos y su Partido Judicial ha visto los presentes autos de juicio de divorcio seguidos ante este Juzgado con núm. 547/06, a instancia de la Procuradora doña Araceli Ceres Hidalgo en nombre y representación de don Antonio Jorge Jiménez Ayud, asistido de la Letrada doña María Adela Cervantes Luque, frente a doña Yanet Güidi Rarmírez, declarada en rebeldía.
FALLO
Que estimo la demanda de divorcio presentada por la Procuradora doña Araceli Ceres Hidalgo en nombre y representación de don Antonio Jorge Jiménez Ayud frente a doña Yanet Güidi Ramírez y declaro la disolución del matrimonio por divorcio, sin hacer pronunciamiento en costas.
Comuníquese esta resolución al Registro Civil del lugar donde figure inscrito el matrimonio para la práctica de los asientos correspondientes.
No ha lugar a hacer un especial pronunciamiento sobre costas.
Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación, que se presentará en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Málaga, en el plazo de cinco días, a contar desde la fecha de notificación.
Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Yanet Güidi Ramírez, extiendo y firmo la presente en Torremolinos, a veintisiete de junio de dos mil siete.- El/La Secretario.
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