Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 24/09/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de septiembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante del procedimiento ordinario núm. 41/2005. (PD. 3983/2007).

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NIG: 2906742C20050000891.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 41/2005. Negociado: JA.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Caja Rural Intermediterránea, S.C.C. (Cajamar).

Procurador: Sr. González González, José Manuel.

Contra: Doña Eva Mercedes Prieto Grandvallet.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 41/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de Caja Rural Intermediterránea, S.C.C. (Cajamar) contra doña Eva Mercedes Prieto Grandvallet sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En nombre de S.M. El Rey.

En la ciudad de Málaga, a catorce de junio de dos mil siete.

Vistos por mí, doña Nuria Martínez Rodríguez, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de los de Málaga, los presentes autos de procedimiento ordinario registrados con el número 41/05, siendo parte demandante «Caja Rural Intermediterránea, S.C.C.» representada por el Procurador Sr. González González y asistida por el Letrado Sr. Barrena Sánchez, y parte demandada doña Eva Prieto Grandvallet en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. González González en nombre y representación de «Caja Rural Intermediterránea, S.C.C.» contra doña Eva Prieto Grandvallet, en situación de rebeldía, condenado a esta última a pagar a la actora la suma de 6.197,27 euros (seis mil ciento noventa y siete euros con veintisiete céntimos de euro) más interés de demora pactados y devengados desde el día 5.11.2004 hasta su completo pago. Todo ello a la vez que se impone a la parte demandada el pago de las costas ocasionadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que habrá de ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a su notificación.

Firme que sea la resolución, llévese el original al Libro de las de su clase, quedándose testimonio de la misma en los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Eva Mercedes Prieto Grandvallet, extiendo y firmo la presente en Málaga, a tres de septiembre de dos mil siete.- La Secretaria Judicial.

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