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EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 797/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintitrés de Sevilla a instancia de don Bernardo Martos Villodres contra doña Nadia Ben Fquih, se ha dictado la Sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 396/06
En Sevilla, 17 de mayo de 2006.
Vistos por la llma. Sra. doña María Amelia Ibeas Cuasante, Magistrada-Juez de Primera Instancia (Familia) núm. Veintitrés de Sevilla y su partido, los presentes autos de Divorcio Contencioso, seguidos en este Juzgado con el número 797/05, Negociado núm. 2, a instancia de don Bernardo Martos Villodres, representado por el Procurador don Eduardo Capote Gil y dirigido por la Letrada doña Nuria Bel Bravo contra doña Nadia Ben Fquih, declarada en rebeldía, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.
F A L L O
Que estimando la demanda de divorcio formulada por el Procurador de los Tribunales don Eduardo Capote Gil, en nombre y representación de don Bernardo Martos Villodres contra doña Nadia Ben Fquih, declarada en rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio que ambos contrajeron con los efectos inherentes a tal declaración, acordando como medidas reguladoras de los efectos de la crisis matrimonial: las contenidas en el convenio regulador de 20 de febrero de 2004 aprobado por Sentencia de separación. Todo ello sin hacer expresa imposión de costas.
Comuníquese esta sentencia, firme que sea, al Registro Civil correspondiente para su anotación. Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Nadia Ben Fquih, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a diecisiete de mayo de dos mil seis.- La Secretaria.
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