Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 16/10/2007

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 31 de agosto de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se otorga la declaración en concreto de utilidad pública de la instalación denominada Sustitución de Línea Aérea 15(20) kV «Los Morales-Coripo», de Subestación «Morón» a C.T. «Fontanal» y C.T. «Cales», en Morón de la Frontera (Sevilla). (PP. 3968/2007).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial por Endesa Distribución Eléctrica, S.L., S.L.U., en solicitud de autorización de la instalación eléctrica que se reseña a continuación y declaración en concreto de utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Capítulo V del Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Visto que durante el período de información pública no se han producido alegaciones a la citada instalación, esta Delegación Provincial, a propuesta de la Sección correspondiente y de acuerdo con la Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería,

HA RESUELTO

Declarar en concreto la utilidad pública, implicando ésta la urgente ocupación, según lo establecido en los arts. 51.º y 54.º de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados en el Capítulo V del Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa del 16.11.1954, de la instalación eléctrica referenciada cuyas características principales son:

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.

Domicilio: Avda. Diego Martínez Barrio, 2.

Finalidad de la instalación: Mejora de la calidad del suministro media tensión.

Línea eléctrica:

Origen: Apoyo 1, Subestación de Morón.

Final: Apoyo 32.

T.m. afectado: Morón de la Frontera.

Tipo: Aérea.

Longitud en km: 5,302.

Tensión en servicio: 15(20) kV.

Conductores: LA-110.

Apoyos: Metálicos celosía.

Aisladores: U40BS

Referencia. R.A.T.: 11321.

Expte.: 249341.

Con las condiciones especiales siguientes:

1. La presente Resolución habilita al titular a la construcción de la instalación proyectada.

2. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

3. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en conocimiento y aceptadas por él.

4. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la correspondiente Autorización de Explotación, que será emitida por esta Delegación Provincial, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el art. 132.º del R.D. 1955/2000.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, que podrá practicar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre el terreno de la instalación.

8. El plazo de puesta en marcha será de dos años, contados a partir de la presente Resolución

9. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.º de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 31 de agosto de 2007.- El Delegado, Francisco 
Álvaro Julio.

Descargar PDF