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Para general conocimiento y tras haberse procedido previamente a la inscripción y depósito del instrumento urbanístico de referencia en el Registro Municipal de Caniles y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a continuación se procede a la publicación de la Resolución y Normativa Urbanística correspondiente al citado instrumentos urbanístico:
1. Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 12 de diciembre de 2005 por la que se aprueba definitivamente la Modificación de NN.SS. de Caniles para cambio a Uso Residencial de una parte del Sector de Suelo Industrial SAU-1.
2. Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento, recogidas en el Anexo de la presente Resolución.
Caniles: Modificación Puntual NN.SS. para Cambio a Uso Residencial de una parte del Sector de Suelo Industrial SAU-1. Ref.ª: 000123/2.
«Examinado el expediente de Modificación al Planeamiento General de Caniles aprobado por el Ayuntamiento en fecha 3 de noviembre de 2005 y elevado a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo a los efectos previstos en el artículo 33 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.
Atendiendo a lo dispuesto en el citado Texto Legal, Reglamento de Planeamiento, Decreto 193/2003, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Vistos los informes de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes los de legislaciones sectoriales legalmente establecidos y en virtud de las facultades atribuidas a tenor de lo dispuesto en el art. 13.2.a) del Decreto 193/2003, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
HA RESUELTO
Primero. Aprobar definitivamente el mismo a reserva de subsanación de las siguientes deficiencias:
1.º Deberán establecerse para el sector la densidad de viviendas prevista (artículo 10.1.A.d) de la LOUA.
2.º Se establecerán las medidas compensatorias en dotaciones y SS.GG. que contempla el artículo 36.2.a) apartados 2.º y 5.º de la LOUA, incluido esta última por Ley 13/2005.
3.º Se justificará la compatibilidad del nuevo uso residencial con el industrial limítrofe estableciendo las medidas necesarias para que esta se produzca.
Segundo. Esta resolución queda supeditada de depósito en Registro y publicación a su cumplimiento, según lo establecido en el artículo 33.2.b) de la LOUA. Así mismo, se notificará al Ayuntamiento de Caniles e interesados.»
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley, todo ello sin perjuicio de que por Vd., se pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Granada, 1 de octubre de 2007.- El Delegado, Francisco Cuenca Rodríguez.
| ANEXO I |
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| REFERENCIAS DE APROVECHAMIENTO DEL SECTOR | ||
| Superficie bruta | 55.000,00 m | |
| Aprovechamiento medio | 0,85 m | |
| Aprovechamiento total | 46.750,00 m | |
| Uso global (caract. 70%) | Residencial | |
| Núm. máximo de viviendas | 275,00 viv. | |
| Parcela mínima | 100,00 m | |
| Densidad media viv. | 50,00 viv./ha | |
| RESERVAS DOTACIONALES | Superficies mínimas | |
| SISTEMA GENEAL DE ESPACIOS LIBRES | 7.500,00 m | |
| SISTEMAS LOCALES: | Espacios libres | 8.415,00 m |
| Equipamiento escolar | 3.300,00 m | |
| Equipamiento socio-cultural | 750,00 e > 1.100 m | |
| Deportivo | 1.650,00 m | |
| TOTAL SUP. SISTEMAS LOCALES | 14.115,00 m | |
| OTRAS CONDICIONES | ||
| Cesión de aprovechamiento 10% aprovechamiento medio | 4.675,00 m | |
| SISTEMA DE ACTUACIÓN |
COOPERACIÓN PÚBLICA |
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| Destino VPO > 50% del aprovechamiento objetivo residencial | ||