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La Resolución de 19 de junio de 2007, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 123, de 22 de junio), corregida por la de 22 de junio de 2007 (BOJA núm. 124, de 25 de junio), por la que se convoca concurso-oposición para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas especialidades de Facultativos Especialistas de Area dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y la de 11 de julio de 2007 (BOJA núm. 140, de 17 de julio), por la que se convoca concurso-oposición para cubrir plazas básicas vacantes de Pediatras de Atención Primaria dependientes del Organismo, recogen en sus bases 6.3 la figura del Asesor Especialista de los Tribunales Calificadores. Habiendo manifestado los Tribunales, tras su constitución, la necesidad de disponer, dada la especificidad de la materia, de apoyo técnico adecuado en la elaboración de las pruebas selectivas respecto a los temas cuyo contenido no está directamente relacionado con el ámbito de las respectivas especialidades de los Vocales, en concreto, los veinte primeros temas comunes del programa de materias que habrán de regir dichas pruebas y que fueron aprobadas por Resoluciones
de 31 de julio de 2006 (BOJA núm. 163, de 23 de agosto),
y de 23 de marzo de 2007 (BOJA núm. 74, de 16 de abril), y de 20 de abril de 2007 (BOJA núm. 97, de 17 de mayo), esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 241/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,
HA RESUELTO
Primero. Designar a don Modesto Montoya Martínez y a don Juan Carlos Ganuza Sancho, Asesores Especialistas de los Tribunales Calificadores del concurso-oposición para la cobertura de plazas básicas vacantes de las especialidades de Facultativos Especialistas, de Area Hospitalarias y de Pediatras de Atención Primaria, convocadas por las Resoluciones de 19 de junio y 11 de julio de 2007, respectivamente.
Segundo. Conforme establecen las bases 6.3, el cometido de los Asesores Especialistas designados se limitará al ejercicio de sus especialidades técnicas, única base de colaboración con los Organos Calificadores, siéndoles de aplicación lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 15 de octubre de 2007.- El Director General,
Rafael Burgos Rodríguez.
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