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Examinado el expediente incoado a instancia de doña
M.ª del Carmen Gómez Rodríguez, representante legal de "Asociación Socioeducativa Virgen Madre", entidad titular del centro docente privado de educación infantil "Virgen Madre", con domicilio en Plaza de Don Pedro Manjón, s/n, de Granada, en solicitud de ampliación del mencionado centro en 2 puestos escolares de educación infantil de primer ciclo.
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada.
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación de la citada Delegación Provincial y del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejería de Educación.
Resultando que el mencionado centro con código 18601621, tiene autorización definitiva para 3 unidades de educación infantil de primer ciclo con 39 puestos escolares, por Orden de 28 de agosto de 2000 (BOJA de 19 de septiembre) y para 3 unidades del segundo ciclo con 75 puestos escolares, por Orden de 15 de julio de 1993 (BOJA de 27 de julio de 1993).
Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece que la titularidad del centro la ostenta "Asociación Socioeducativa Virgen Madre".
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no Universitarias (BOE de 26 de junio); el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 14 de julio); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 2 puestos escolares de educación infantil de primer ciclo, al centro docente privado de educación infantil "Virgen Madre", quedando con la configuración definitiva que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro docente privado de educación infantil.
Denominación específica: Virgen Madre.
Código de Centro: 18601621.
Domicilio: Plaza de Don Pedro Manjón, s/n.
Localidad: Granada.
Municipio: Granada.
Provincia: Granada.
Titular: Asociación Socioeducativa Virgen Madre.
Composición resultante: 3 unidades del primer ciclo de educación infantil para 41 puestos escolares y 3 unidades del segundo ciclo para 75 puestos escolares.
Segundo. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 26 de septiembre de 2007
Cándida Martínez López
Consejera de Educación
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