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Doña Ana Claro Alonso oferta, con fecha 2 de julio de 2007, la donación de un conjunto de bienes muebles del Patrimonio Histórico que se relacionan en Anexo. Los bienes que se donan a la Comunidad Autónoma de Andalucía para su destino en el Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla resultan de gran interés para las colecciones de este Museo relacionadas con la ropa interior. El Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla informa sobre el interés de los bienes ofertados, siendo informada favorablemente la idoneidad de los mencionados bienes para el Museo por la Comisión Andaluza de Bienes Muebles en su sesión de 1 de octubre de 2007.
La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta en su artículo 91.1 a la Consejería de Cultura para aceptar las donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.
Los efectos del artículo 91.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Por lo expuesto, y vistos los informes mencionados, y a propuesta de la Dirección General de Museos de 11 de octubre de 2007
RESUELVO
Primero. Aceptar la donación de los bienes muebles del Patrimonio Histórico que se relacionan en Anexo, dispuesta por doña Ana Claro Alonso, y de los que se toma posesión en este acto por la Consejería de Cultura.
Segundo. Adscribir y depositar los citados bienes en el Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, cuyo Director levantará acta de recepción definitiva, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente, los bienes ingresarán en el Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla en concepto de depósito de la Junta de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración Gestora y en virtud a lo dispuesto en el artícu-lo 9.1.c) del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta orden recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga Resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículo 116 y siguientes de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Sevilla, 11 de octubre de 2007
ROSARIO TORRES RUIZ
Consejera de Cultura
Anexo | ||
Título | Autor | Cronología |
Juego completo de ropa interior blanco formado por sujetador, braga y camisa. Bordado en azul |
Ana Claro | 1948 |
Juego completo de ropa interior blanco formado por sujetador, braga y camisa. Bordado en blanco |
Ana Claro | 1948 |
Juego completo de ropa interior rosa formado por sujetador, braga y camisa | Ana Claro | 1948 |
Juego completo de ropa interior amarillo formado por sujetador, braga y camisa | Ana Claro | 1948 |
Juego de braga y sujetador azul | Ana Claro | 1948 |
Juego de braga y sujetador rosa | Ana Claro | 1948 |
Braga azul | Ana Claro | 1948 |
Sujetador rosa de cuerpo | Ana Claro | 1948 |