Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Por Orden de esta Consejería de 12 de julio de 2004, se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica todas las facultades que el ordenamiento jurídico atribuye al órgano de contratación con excepción de las que expresamente se delegan en otros órganos.
Razones de orden técnico y de eficacia administrativa aconsejan avocar la referida delegación de competencias para el asunto concreto que se cita y delegarla en la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Sevilla.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.
D I S P O N G O
Primero. Avocar la competencia delegada en la persona titular de la Secretaria General Técnica, en lo que se refiere al contrato de gestión del servicio público de atención a menores internados en el centro «Toribio de Velasco» de Sevilla (C-6/98), y delegarla en la persona titular de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla.
Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 24 de octubre de 2007
MICAELA NAVARRO GARZÓN
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
Descargar PDF