Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 14/11/2007

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Consejería de Gobernación

Anuncio de 29 de octubre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don Emiliano Cabot Díaz, en nombre y representación de Ecologic Clean, S.L., contra otra dictada por el Delegado del Gobierno de Huelva, recaída en el expediente 21-000056-06-P.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a don Emiliano Cabot Díaz, en nombre y representación de Ecologic Clean, S.L., de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso administrativo interpuesto contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a 27 de septiembre de 2007.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes antecedentes

Primero. El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva dictó la Resolución de referencia, por la que se le impone una sanción de 400 €, tras la tramitación del correspondiente expediente, por no responder en plazo a la hoja de reclamaciones.

En cuanto a los fundamentos de derecho, nos remitimos a la resolución impugnada en aras del principio de economía procesal.

Segundo. Contra la anterior Resolución se interpuso recurso de alzada, en el que, en síntesis, se alegó:

- Que la persona que interpuso la hoja recibió finalmente la indemnización requerida por él, manifestando haber sido resarcido.

- Que se cumplió la primera de las obligaciones, que era satisfacer al cliente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero mediante la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y artículo 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.

Segundo. No se acompaña el recurso de prueba alguna que acredite los hechos que expone, por lo que deben reafirmarse los criterios que se indicaron en la resolución, sin que las alegaciones planteadas logren desvirtuarla, máxime cuando la interesada deja incluso pasar el plazo para efectuar las alegaciones al acuerdo de inicio sin hacerlo y sin aportar en dicho trámite, como se ha indicado, el más mínimo indicio de la realidad de lo alegado.

Por lo tanto, en el caso que nos ocupa, la elección manifestada por el interesado sólo a él mismo debe perjudicar, pues empleó, por iniciativa propia y conociendo las consecuencias, otras vías que no son las previstas en la normativa de protección al consumidor, y que precisamente se han acordado con esa finalidad de proteger.

Vistos los preceptos citados, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación,

RESUELVO

Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Emiliano Cabot Díaz, en representación de Ecologic Clean, S.L., contra la resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, de fecha referenciada; en consecuencia, mantener la misma en sus propios términos.

Notifíquese al interesado con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico. Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos.»

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de octubre de 2007.- El Jefe de Servicio de Legislación, Manuel Núñez Gómez.

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