Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 13/12/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2007, de la Dirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, por la que se hace pública la autorización concedida a Agrocalidad del Sur, S.L., para actuar como organismo de control de la Agricultura Ecológica.

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Con fecha 10 de septiembre de 2007, por esta Dirección General se ha dictado la correspondiente Resolución por la que se autoriza a Agrocalidad del Sur, S.L., para actuar como organismo de control de la Agricultura Ecológica, cuya parte resolutiva es del siguiente tenor:

«R E S U E L V O

Primero. Estimar la petición formulada por Agrocalidad del Sur, S.L., y en consecuencia, otorgar la autorización a dicha entidad para actuar como organismo privado de control para la Agricultura Ecológica y la certificación de productos agrícolas vegetales contemplados en la letra a) del artículo 1.1 del Reglamento (CEE) núm. 2092/1991, del Consejo, de 24 de junio de 1991, en Andalucía.

Segundo. La citada entidad estará sometida al régimen de supervisión de esta Consejería y deberá facilitar el acceso de su personal a sus instalaciones, debiendo proporcionar cuanta información sea necesaria para el ejercicio de las funciones que como órgano competente le corresponden.

Tercero. La entidad deberá solicitar la acreditación ante la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), para el alcance definido en el punto primero de esta disposición, en el plazo de 3 meses contados a partir de la notificación de la presente Resolución, concediéndose el plazo de 2 años para que dicha entidad presente el correspondiente certificado de acreditación de la certificación de productos de la agricultura ecológica con el alcance antes referenciado de acuerdo con la Norma Europea EN-45011.

Cuarto. La entidad deberá solicitar su inscripción en el Registro de Entidades de Inspección y Certificación de Productos Agroalimentarios y Pesqueros en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de 3 meses desde la notificación de la presente Resolución.

Quinto. Esta autorización está condicionada al cumplimiento de los extremos previstos en la normativa de aplicación y de los tenidos en cuenta para la concesión de la misma, siendo causa de su pérdida el incumplimiento o variación sustancial de estas circunstancias.»

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 19 de noviembre de 2007.- El Director General, Ricardo Domínguez García-Baquero.

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