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E D I C T O
Mediante Decreto de la Alcaldía número 394/2006, de fecha 18 de diciembre de 2006 se ha aprobado la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión de 1 plaza, Escala Administración General, subescala administrativa, grupo C, mediante concurso oposición, promoción interna, con arreglo a las siguientes Bases que fueron aprobadas en la misma Resolución:
BASES QUE HAN DE REGIR PARA CUBRIR, EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION DE PROMOCION INTERNA, LA PLAZA VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO CORRESPONDIENTE AL DEPARTAMENTO DE INTERVENCION (GRUPO C)
1. BASES GENERALES
Primera. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, de promoción interna de la plaza vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento que se especifica en el Anexo a las presentes bases.
Segunda. El presente concurso-oposición se regirá por lo previsto en las presentes bases y Anexo correspondientes, por la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Tercera. Las plazas ofertadas se cubrirán entre funcionarios de la Escala del Grupo D del Ayuntamiento de Castellar, anterior al de la plaza convocada.
2. CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR
O CUMPLIR LOS ASPIRANTES
Cuarta. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos 18 años de edad.
c) Estar en posesión del título que en el Anexo se especifica, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias, o bien tener una antigüedad mínima de diez años en el grupo D.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica de las previstas en la legislación aplicable.
g) Deberá tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Especialidad a que pertenezcan el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
3. INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR
Quinta. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en las instancias, dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde y presentadas en el Registro General, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los méritos que se aleguen para su valoración en la fase de concurso deberán ser acreditados por los participantes en el momento de presentar la solicitud de admisión a la convocatoria.
4. ADMISION DE CANDIDATOS
Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias se publicará, en el "Boletín Oficial de la Provincia", la Resolución de la Alcaldía aprobando las listas de los aspirantes admitidos y excluidos, en las que constarán los nombres y apellidos de los candidatos y, en su caso, la causa de la no admisión.
Séptima. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la Resolución anterior establecerá un plazo de 10 días para subsanación de errores.
5. TRIBUNAL
Octava. El Tribunal calificador de las pruebas quedará formado de acuerdo con lo dispuesto por el art. 4 del R.D. 896/91, de 7 de junio y estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente: El de la Corporación o Concejal de la misma en quien delegue.
Vocales:
1. Un representante de la Junta de Andalucía.
2. El representante sindical de los funcionarios (del Ayuntamiento).
3. Un Teniente de Alcalde.
4. El Concejal Delegado de Personal.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base, exclusivamente, a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando, por tanto, con voz pero sin voto.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte en el mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Común, y adoptará sus decisiones por mayoría de votos presentes, resolviendo, en caso de empate, entre los aspirantes, en el caso de que no se hubiese resuelto ya a favor del aspirante que hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de concurso, el voto del que actúe como Presidente. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el Vicepresidente que corresponda, y en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre sus componentes.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases y es responsable del estricto cumplimiento de las mismas.
6. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS
Novena. El calendario de las pruebas, hora y lugar de su realización se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, conjuntamente con la relación de admitidos y excluidos definitivamente, así como la composición del Tribunal.
En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los aspirantes serán nombrados en llamamiento único para cada ejercicio, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
7. SISTEMA DE CALIFICACION
Décima. Fases de las pruebas:
Fase de oposición. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán por escrito, eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos cada uno de ellos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos.
Fase del concurso. Se valorarán los méritos incluidos en los baremos correspondientes, que no podrán, en ningún caso, otorgar una puntuación superior a la que pudiera concederse, como máximo, en la fase de oposición, encuadrados en el correspondiente Anexo.
La puntuación definitiva y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la fase de concurso.
8. PUNTUACION Y PROPUESTA DE SELECCION
Decimoprimera. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de seleccionados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia a los aspirantes seleccionados a la Presidencia de la Corporación, quien, a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento al Alcalde del Ayuntamiento.
9. PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO
Decimosegunda. El aspirante propuesto deberá aportar, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos exigidos en las bases 4.ª y 5.ª de la convocatoria (salvo que se hubiesen presentado anteriormente, junto con la solicitud de admisión), y los que se exijan en su caso, en el Anexo.
Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la Corporación elevará propuesta de nombramiento al Alcalde, en favor de aquel aspirante que hubiera obtenido plaza, quien deberá tomar posesión en el plazo de 30 días naturales, a contar del siguiente a aquél en que le sea notificado. Momento en el que nacerán todos los derechos y deberes inherentes a la misma.
10. NORMA FINAL
Las bases de esta convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, que será, en todo caso, el que se tendrá en cuenta para el cómputo de plazos de los citados en esta convocatoria.
Las bases de esta convocatoria podrán ser impugnadas por los interesados directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Cádiz, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha del día siguiente de la última publicación de las mismas.
Asimismo, podrá presentarse el recurso potestativo de reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente, en el plazo de un mes.
A N E X O
Plaza de Administrativo de Administración General. Departamento de Intervención.
Número de plazas: 1
Escala: Administración General.
Subescala: Administrativa.
Grupo: C.
Sistema de selección: Concurso-oposición. Promoción interna.
Titulación exigida: Bachiller Superior, FP 2.º Grado, o cualquier titulación equivalente a la exigida o una antigüedad mínima de 10 años en la Subescala Auxiliar de Administración General, Grupo D, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos (Disposición adicional novena del RD 364/95, de 10 de marzo).
E J E R C I C I O S
FASE DE CONCURSO
Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:
a) Desempeño en plaza de Auxiliar, Escala Administración General, Grupo D, al servicio de esta Corporación: 0,02 puntos por cada mes de servicio, hasta un máximo de 5 puntos.
b) Por titulaciones académicas superiores a la exigida para la plaza convocada: Hasta 2 puntos.
c) Por cursos de formación, seminarios, congresos y jornadas que tengan una duración mínima de 15 horas, impartidos por instituciones públicas: Hasta un máximo de 1 punto.
FASE DE OPOSICION
Constará de los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un test de 30 preguntas, durante un período máximo de una hora, de los temas que figuran en el programa adjunto.
Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la Resolución de un supuesto práctico, en relación con el cometido de la plaza que formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, determine.
Los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos.
P R O G R A M A
Administración General y Local
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias.
Tema 4. El Municipio. Organización Municipal. Competencias.
Tema 5. Elementos del Municipio: El término municipal. La población. El empadronamiento.
Tema 6. Otras Entidades Locales. Entidades Locales de ámbito inferior al municipio. Las Comarcas. Las Mancomunidades de Municipios. Las Areas Metropolitanas.
Tema 7. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales.
Tema 8. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
Tema 9. Derechos de los funcionarios públicos locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.
Tema 10. Deberes de los funcionarios públicos, responsabilidad y régimen disciplinario.
Tema 11. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público.
Tema 12. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias, en especial las licencias urbanísticas y licencias de apertura de establecimientos.
Tema 13. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.
Tema 14. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Recurso ordinario, reposición y revisión.
Tema 15. Requisitos de la presentación de documentos. El Registro de entrada y salida.
Tema 16. Funcionamiento de los órganos locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votación. Actas y certificados de acuerdos.
Derecho Financiero
Tema 17. El presupuesto: principios presupuestarios. La Ley General Presupuestaria.
Tema18. Estudio especial de los ingresos tributarios: impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los precios públicos.
Tema 19. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del presupuesto local. Principios generales de ejecución del presupuesto. Modificaciones presupuestarias: concepto, clases y tramitación. Liquidación del presupuesto.
Tema 20. El gasto público local: concepto y régimen legal. Ejecución del presupuesto de gastos: sus fases. Contabilidad y cuentas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Castellar de la Frontera, 18 de diciembre de 2006.- El Alcalde, Francisco Vaca García.
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