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El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco, mediante Decreto de Alcaldía 134/2006, de 18 de diciembre, en base a las atribuciones conferidas a la Alcaldía por el artículo 21.1g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ha resuelto aprobar la convocatoria y bases para la provisión de las plazas que a continuación se expresan conforme al siguiente texto:
CONVOCATORIA Y BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL FIJO DE ACUERDO CON LA OFERTA PUBLICO PARA EL AÑO 2006
Primera. Características de las plazas.
1. Descripción de las plazas.
Las plazas vacantes en plantilla objeto de la presente convocatoria son las que a continuación se relacionan:
Funcionarios de carrera.
Una plaza de Arquitecto Técnico, Escala Administración Especial, Subescala técnica, correspondiente al Grupo B. El sistema selectivo es el de Concurso Oposición libre.
Personal laboral.
Una plaza de Auxiliar de Biblioteca en régimen de contrato a tiempo parcial, con nivel de titulación Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente y salario base equivalente al Grupo D en proporción al horario desempeñado. El sistema selectivo es el de Concurso Oposición libre.
2. Normativa aplicable.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto de medidas para la reforma de la función pública, la ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones vigentes en materia de régimen local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen reglas básicas y programas mínimos para la selección de funcionarios en la Administración Local, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aplicable en lo no previsto en la normativa anterior, y supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de personal de la Administración del Estado.
3. Publicaciones.
Esta convocatoria con sus correspondientes bases, la Resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, la composición de los Tribunales Calificadores y la determinación de los lugares y fechas de celebración del primer ejercicio de cada proceso selectivo, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos de la Corporación; todas las demás actuaciones de los Tribunales hasta el fallo del proceso selectivo se publicarán únicamente en el Tablón de Edictos municipal. La presente convocatoria con sus bases se publicará también en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, extracto detallado de la misma, en el Boletín Oficial del Estado.
Segunda. Condiciones de los aspirantes.
Para ser admitidos a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española u otra que faculte para el acceso a la función pública en los términos de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, pudiendo concurrir los extranjeros residentes en España a los puestos de trabajo de personal laboral en los términos de la Ley 4/2000, de 11 de enero.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión para cada una de las plazas de los siguientes títulos, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización de los plazos de presentación de instancias:
- Para funcionario/a Grupo B (Arquitecto Técnico): Título de Diplomado Universitario en Arquitectura Técnica o equivalente.
- Para la plaza de Auxiliar de Biblioteca: Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
d) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
Tercera. Instancias.
En las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas hará constar el interesado sus datos personales, domicilio y teléfono de contacto, indicando la plaza a la que opta y formulando declaración expresa de que reúne todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Segunda. Asimismo los interesados acompañarán con su instancia los documentos acreditativos de los méritos a baremar en la fase de concurso, en original o fotocopia compulsada, fotocopia del DNI o documento de identificación del Estado correspondiente y justificante de haber abonado los derechos de examen mediante resguardo del ingreso bancario o giro debidamente validados. Los derechos de examen para cada una de las plazas son los que seguidamente se indican:
- 30,00 euros para la plaza de Arquitecto Técnico.
- 20,00 euros para la plaza de Auxiliar Biblioteca.
El correspondiente importe se ingresará en la cuenta corriente de Unicaja núm. 2103 2049 20 3110000019 consignándose el ordenante y la plaza a la que se opta, o bien se abonará mediante giro postal o telegráfico dirigido al Ayuntamiento, haciendo constar en este caso en la solicitud el número de libranza del giro, fecha y lugar de imposición.
Las instancias se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al que aparezca extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de su presentación en la forma que determina el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y lugar para su realización, debiendo formular los interesados la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, se dictará Resolución por la Alcaldía, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, así como el lugar de exposición de dichas listas. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se establecerá un plazo de diez días hábiles para reclamaciones y subsanación de errores en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios, así como la composición nominativa del Tribunal Calificador. La Resolución de la Alcaldía resolviendo las reclamaciones presentadas por los aspirantes excluidos provisionalmente se hará pública en el Tablón de Edictos municipal.
Quinta. Tribunales Calificadores.
Los Tribunales Calificadores estarán compuestos de la siguiente forma:
A) Composición común a todas las plazas:
Presidente: el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
Vocales:
Un Concejal del PSOE-A designado por el Alcalde.
Un Concejal del Grupo Municipal Partido Popular a propuesta de este Grupo.
Un Concejal de IULV-CA a propuesta de estos Concejales.
Un representante de la Excma. Diputación Provincial, técnico o experto en la materia que se corresponda con la plaza objeto de provisión.
Un representante de la Junta de Andalucía, técnico o experto en la materia que se corresponda con la plaza objeto de provisión.
Un Delegado de Personal o Delegado de Sección Sindical o, en su caso, el funcionario o contratado laboral en quien deleguen.
Los Vocales de cada uno de los Tribunales deberán tener igual o superior nivel académico al exigido a los aspirantes a cada una de las vacantes, designándose miembros suplentes que actuarán, alternativamente, con los titulares. Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente, Secretario y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Asimismo los Tribunales quedarán facultados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria, pudiendo disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que lo requieran a efectos de oír su opinión, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control de los ejercicios. A efectos de indemnizaciones por asistencia se aplicará lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Sexta. Sistema Selectivo.
Las normas generales que regirán el sistema selectivo son las siguientes:
Primera fase. Concurso: Se celebrará previamente a la fase de Oposición. No tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición. Su desarrollo consistirá en la asignación a los aspirantes de una puntuación determinada, de acuerdo con el baremo establecido para cada plaza, computándose los méritos obtenidos hasta la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. El baremo de méritos que se establece, de carácter común para las plazas de Arquitecto Técnico y Auxiliar de Biblioteca, es el siguiente:
Experiencia Profesional:
Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública desempeñando funciones propias de la plaza a cubrir: 0,10 puntos/mes.
(La puntuación por servicios prestados a tiempo parcial se verá reducida proporcionalmente en lo que corresponda respecto a la duración de la jornada ordinaria en la Administración Pública).
La puntuación máxima que puede obtenerse en este apartado del concurso es de 2 puntos.
Formación y perfeccionamiento.
Por cada curso de formación o perfeccionamiento impartido u homologado por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, y con duración mínima de 30 horas lectivas: se valorarán proporcionalmente a su duración, aplicando la regla 0,30 puntos por cada 30 horas lectivas (en el caso de titulación académica superior a la exigida como requisito de admisión y con directa relación con las funciones a desarrollar, se otorgará la puntuación máxima para este apartado).
La puntuación máxima que puede obtenerse en este apartado del concurso es de 2 puntos.
En el caso de la experiencia profesional los méritos serán justificados mediante certificación de la Administración correspondiente en la que se expresen los servicios prestados, aportándose, para los méritos correspondientes a formación y perfeccionamiento, certificado del organismo que impartió u homologó los cursos o, en su caso, el título o diploma obtenido, debiendo constar en todo caso el número de horas lectivas.
Segunda Fase. Oposición: Constará de dos pruebas, de carácter eliminatorio cada una de ellas:
Primera Prueba: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas relacionado con el programa que se detallará para cada una de las plazas en el Anexo correspondiente. El Tribunal fijará inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, el número de preguntas, la duración del mismo y el valor de cada respuesta acertada, así como si restan las incorrectas.
Segunda Prueba: Consistirá en la Resolución de un supuesto práctico relacionado con las funciones o tareas asignadas al puesto de trabajo, que será determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba. El Tribunal comunicará en el anuncio que señale la fecha de este ejercicio, el posible uso de textos de consulta o material específico para su desarrollo, así como su eventual realización mediante terminal de ordenador (paquete Microsoft Office y aplicaciones informáticas diseñadas para las labores propias del puesto de trabajo).
Séptima. Desarrollo de las pruebas.
1. Normas Generales.
El día, hora y lugar del comienzo de la oposición o la reunión del Tribunal para valorar los méritos del concurso, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia con 15 días de antelación como mínimo y en el Talón de Edictos de la Corporación con antelación mínima de 72 horas. El día, hora y lugar de los restantes ejercicios se publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación con una antelación de al menos 12 horas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas si se trata de uno nuevo. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan salvo casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, produciéndose la exclusión en todo caso cuando el ejercicio sea simultáneo e igual para todos los aspirantes. El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios en que no puedan actuar conjuntamente, comenzará por orden alfabético de apellidos a partir del primero de la letra resultante del último sorteo público de la Administración General del Estado a esos fines. En cualquier momento de la práctica de los ejercicios cada Tribunal podrá requerir a los opositores que acrediten su personalidad. El Tribunal adoptará, siempre que sea posible y necesario, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
2. Calificación de los ejercicios de la Oposición.
Salvo que en las presentes bases se disponga una regulación específica que afecte a la plaza y disponga otra cosa, los ejercicios de oposición se desarrollarán conforme a lo que seguidamente se establece:
Las pruebas de la oposición serán calificadas por cada miembro del Tribunal otorgando una puntuación de 0 a 10 puntos. La calificación de cada ejercicio será la media aritmética de las otorgadas por los miembros del Tribunal, quedando eliminado el opositor que no alcance una media de 5 puntos en cada uno de los ejercicios. Si alguna de las puntuaciones de los miembros del Tribunal se diferenciase de la nota media en más de 3 puntos, se realizará una nueva nota media sin tener en cuenta esas puntuaciones extremas. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida por los aspirantes en cada uno de los ejercicios de la oposición.
3. Desarrollo del Concurso.
Se valorarán por el Tribunal los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes al presentar la solicitud, con arreglo al baremo establecido. La puntuación definitiva del concurso oposición vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso a la nota resultante de la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el concurso.
Octava. Propuesta de nombramiento
Terminada la calificación de cada prueba o fase selectiva, el Tribunal hará público su resultado en el Tablón de Edictos de la Corporación, fijando la fecha, hora y lugar de realización de la siguiente. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, cada Tribunal hará pública en el Tablón de Edictos de la Corporación la relación de aprobados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Igualmente los Tribunales elevarán las respectivas propuestas a la Presidencia de la Corporación para que proceda al correspondiente nombramiento o contratación, sin que en ningún caso pueda aprobarse ni declararse que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Las puntuaciones obtenidas, sean cuales fueren, no otorgan ningún derecho a los aspirantes, salvo a los propuestos por el Tribunal, siendo éstos los que obtengan la máxima puntuación para cada una de las plazas a cubrir. Como quiera que sólo existe una plaza para cada uno de los procesos selectivos, el aspirante que obtenga la calificación definitiva máxima es el que, exclusivamente, se considerará como aprobado en la convocatoria.
Novena. Cumplimiento de requisitos.
En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación en el tablón de anuncios de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Ayuntamiento los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI o documento de identificación del Estado correspondiente, acompañado del original para su compulsa.
b) Copia autenticada o fotocopia, que deberá ser presentada con el original para su compulsa, del título exigido o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá aportarse asimismo la documentación que acredite su homologación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones propias de la plaza convocada.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico, ni psíquico que impida el desempeño de las funciones propias de la plaza convocada.
e) Compromiso de jurar o prometer el cargo según la legalidad vigente (para los funcionarios).
f) Declaración de no estar incurso en incompatibilidad y compromiso de no desempeñar ninguna otra actividad pública o privada ajena a esta Administración, salvo las legalmente permitidas en el régimen de incompatibilidades.
En relación al Apartado d) precedente, el Ayuntamiento se reserva la facultad de exigir al interesado su sometimiento a examen médico sobre la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto de trabajo, el cual se practicará por facultativo designado por la Corporación. Quienes dentro del plazo fijado no presentaren la documentación requerida o cuando del examen de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán acceder al nombramiento o contrato para la plaza de que se trate, quedando anuladas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad que procediera.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía elevará a definitivas las propuestas de nombramientos del respectivo Tribunal, a fin de suscribir contrato de trabajo indefinido en plazo máximo de un mes para los laborales y a fin de efectuar el nombramiento de funcionario de carrera para la plaza de esta naturaleza, con la subsiguiente toma de posesión del interesado en plazo legal.
En los contratos se estipulará un período de prueba de dos meses, excepto cuando el contratado haya desempeñado con anterioridad las mismas funciones en el Ayuntamiento, en el cual se evaluará la productividad, calidad, eficiencia y competencia del contratado. De no superar la persona seleccionada ese período, previa Resolución motivada de la Alcaldía con audiencia del interesado, la plaza quedaría desierta.
Décima. Norma final.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, ponen fin a la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados, a tenor de lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, potestativamente recurso de reposición ante el órgano que los ha dictado en plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, o bien, directamente, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, en el plazo de dos meses contados, igualmente, desde el día siguiente al de la publicación antes citada, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Se advierte que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que se resuelva expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición deducido.
Villanueva del Trabuco, 21 de diciembre de 2006.- El Alcalde-Presidente, Antonio Vegas Morales.
ANEXO I
TEMARIO DE LA PLAZA DE ARQUITECTO TECNICO
Materias comunes: Constitucional y Administrativo General.
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Principios Generales. Características y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de leyes.
Tema 5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 6. El acto administrativo: concepto y clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.
Tema 7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local.
Tema 9. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución y régimen jurídico.
Tema 10. Régimen local español. Principios generales y regulación jurídica.
Tema 11. Organización y competencias provinciales.
Tema 12. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales: Clases Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 13. El servicio público local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.
Tema 14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones, actas y certificados de acuerdo.
Tema 15. Personal al servicio de la entidad local. La función pública local y su organización. Selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
Tema 16. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El Sistema de seguridad social del personal al servicio de las entidades locales.
Materias específicas
Grupo I: Urbanismo
Tema 1. Definición del Urbanismo. La Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de marzo de 1997: el Derecho Estatal aplicable básico y supletorio.
Tema 2. La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA): antecedentes, estructura, principios y objetivos.
Tema 3. Los Planes Generales de Ordenación Urbanística. Determinaciones y documentos. Planes de Ordenación Intermunicipal y Planes de Sectorización.
Tema 4. Planes parciales de Ordenación. Determinaciones y documentación. Estudios de detalle. Proyectos de urbanización.
Tema 5. Planes especiales: Objeto, contenido y clases. Estándares urbanísticos y Catálogos. Restantes instrumentos de ordenación urbanística.
Tema 6. Las actuaciones de interés público en suelo no urbanizable. Contenido del Plan Especial o Proyecto de Actuación y su tramitación.
Tema 7. La elaboración, aprobación y publicación de los instrumentos de planeamiento. Competencia, plazos y procedimientos.
Tema 8. Vigencia, modificación, revisión y suspensión de los Planes. Efecto de la aprobación de los Planes. Publicidad.
Tema 9. Ideas generales sobre el régimen del suelo. La clasificación y categorización del suelo en la LOUA.
Tema 10. El suelo urbano en la LOUA. Contenido legal urbanístico de esta clase de suelo. Régimen del suelo urbano consolidado y no consolidado.
Tema 11. El suelo urbanizable. Contenido legal urbanístico y régimen.
Tema 12. El suelo no urbanizable en la LOUA. Contenido legal urbanístico y régimen.
Tema 13. El patrimonio público del suelo en la LOUA: Concepto, naturaleza jurídica y régimen aplicable.
Tema 14. La ejecución del planeamiento. Instrumentos de equidistribución. La Reparcelación. Los sistemas de actuación en la LOUA. El sistema de ejecución por expropiación forzosa.
Tema 15. El Sistema de Cooperación. Ideas generales. Modalidades de ejecución.
Tema 16. El Sistema de Compensación. La Junta de Compensación.
Tema 17. Los Convenios Urbanísticos de Gestión. Otras formas de ejecución.
Tema 18. La conservación de las obras de urbanización. Recepción de la urbanización.
Tema 19. Expedientes de ruina.
Tema 20. La licencia urbanística: actos sujetos, competencia y procedimiento. El régimen jurídico de las licencias urbanísticas en la LOUA. Licencias de edificación, de primera ocupación y de apertura.
Tema 21. La Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental. Evaluación de Impacto Ambiental, Informe Ambiental y Calificación Ambiental.
Tema 22. La Inspección urbanística. Protección de la legalidad urbanística y restablecimiento del orden jurídico perturbado. Suspensión y revisión de licencias.
Tema 23. Las infracciones urbanísticas y sanciones. Personas responsables, competencia y procedimiento.
Tema 24. Valoración administrativa y de mercado del suelo y las construcciones.
Tema 25. Urbanizaciones de iniciativa particular. Determinaciones y documentación. Entidades urbanísticas, colaboradoras: clases. Las entidades de conservación. Problemática de las urbanizaciones ilegales.
Tema 26. La legislación sectorial andaluza con incidencia urbanística.
Grupo II: Ejecución de las obras. Contratación pública
Tema 1. Replanteo de las distintas fases de la obra. Alineaciones y rasantes. Acta de replanteo.
Tema 2. Demoliciones, trabajos previos y acondicionamiento de terreno. Normativa de aplicación. Evaluación de riesgos. Criterios de medición y valoración.
Tema 3. Movimientos de tierras: definiciones, ejecución y fases.
Tema 4. Saneamiento. Tipos y características constructivas. Cimentaciones. Ensayos geotécnicos.
Tema 5. Estructura. Tipos. Estructuras de hormigón armado. Normativa de aplicación. Condiciones que han de cumplir los materiales y unidades de obra. Proceso de ejecución. Estructuras metálicas: generalidades.
Tema 6. Cubiertas. Tipos. Normativa de aplicación. Condiciones que han de cumplir los materiales y unidades de obra. Proceso de ejecución.
Tema 7. Cerramientos. Clasificación. Tabiques. Construcción y control de los trabajos.
Tema 8. Instalaciones eléctricas, de fontanería y gas en los edificios. Normativa de aplicación. Condiciones que han de cumplir los materiales y unidades de obra. Proceso de ejecución. Controles y pruebas.
Tema 9. Carpintería. Montaje en obra. Revestimientos: clasificación y ejecución. Solados y pavimentos.
Tema 10. La salud y seguridad en el trabajo de la construcción. Normativa de aplicación. Evaluación de riesgos. Protecciones personales y colectivas. Medidas preventivas. Personal en funciones de control y seguimiento de obra.
Tema 11. El Estudio y el Plan de Seguridad e Higiene en el trabajo. Normativa y ámbito de aplicación. Alcance y contenido documental. Atribuciones y responsabilidades. Tramitación. Control y seguimiento. Consideraciones presupuestarias de la Seguridad e Higiene.
Tema 12. Anteproyectos y proyectos de las obras en la contratación pública. Requisitos. Alcance y contenido documental. Normativa técnica de aplicación. Supervisión.
Tema 13. Los pliegos de contratación pública de obras. Pliegos de cláusulas Administrativas Generales. Pliegos de Prescripciones Técnicas Generales. Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares. Alcance, contenido y requisitos.
Tema 14. La estructura de costes y los precios en las obras de contratación pública. Los presupuestos en las obras de contratación pública. Normativa reguladora.
Tema 15. Abono de la obra de contratación pública. Certificaciones: carácter y tipos. Mediciones. Relaciones valoradas. Abonos. Demoras en los pagos.
Tema 16. Revisión de precios en las obras de contratación pública. Modificaciones del contrato público de obras. Requisitos. Clases de variaciones. Límites y efectos de las modificaciones. Los precios contradictorios.
Tema 17. La extinción del contrato público de obras. La recepción: procedimiento, tipo y efectos. El período de garantía. Resolución del contrato. La responsabilidad por vicios ocultos.
Tema 18. La liquidación en las obras de contratación pública. Medición general y definitiva. Contenido de la liquidación. Procedimiento. Efectos.
ANEXO II
Temario de la plaza de auxiliar biblioteca
Materias comunes: Constitucional y Administrativo General
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Principios Generales. Características y estructura.
Tema 2. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 3. Régimen local español. Principios generales y regulación jurídica.
Tema 4. Personal al servicio de la entidad local. La función pública local y su organización. Selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
Materias específicas
Grupo I: Servicio de Biblioteca
Tema 1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases de bibliotecas.
Tema 2. El sistema bibliotecario de Andalucía (SIBIA).
Tema 3. La adquisición y registro de los fondos bibliográficos. Control de publicaciones periódicas.
Tema 4. La descripción bibliográfica: ISBN, ISSN, el formato MARC.
Tema 5. Los catálogos. Concepto, clases y fines. Los catálogos automatizados.
Tema 6. Automatización de los servicios bibliotecarios. Las tecnologías de la información en las bibliotecas.
Tema 7. Servicios a los lectores: lectura en sala, préstamo domiciliario y préstamo interbibliotecario.
Tema 8. Servicios a los lectores: orientación y atención al público. Difusión de la información: boletines de adquisiciones y semanarios.
Tema 9. Sección de referencia: enciclopedias, diccionarios, directorios, catálogos, bibliografías.
Tema 10. Técnicas de reproducción de documentos.
Tema 11. Actividades de extensión bibliotecaria. Animación a la lectura.
Tema 12. La encuadernación y la ilustración del libro. Técnicas de restauración.
Grupo II: Informática
Tema 1. Los interfaces gráficos. Windows, Conceptos básicos. Cómo se trabaja en Windows. Programas y aplicaciones Windows.
Tema 2. Procesadores de textos. Conceptos generales. Funciones básicas de un procesador de textos. Funciones avanzadas. Características del procesador de textos Word.
Tema 3. Hojas de cálculo. Conceptos generales. Filas y columnas. Valores numéricos y fórmulas. Macros características de la hoja de cálculo Excel.
Tema 4. Concepto general de una base de datos. Tipos de bases de datos. Métodos de acceso a la información de una base de datos. Características de la base de datos de Access.
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