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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas, de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Rincón de la Victoria (Málaga), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su himno municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.
Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 27 de octubre de 2006, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su himno municipal, cuya música según consta en el expediente es la reflejada en el Anexo de este Informe, y su letra la siguiente:
I
Un rincón hay en la tierra,
donde sueña el corazón;
un rincón donde se encuentran
los que buscan la ilusión.
Y por eso lanzo al viento
-con la fuerza de mi voz-
estas notas de emoción,
que son reflejo fiel
de mi pasión.
Rincón de la Victoria,
arrullado por el mar;
retazo de la gloria,
paraíso de la paz.
II
Florecieron los almendros,
bajo un cielo tropical;
y ahora juegan, los destellos,
con las olas de cristal.
Es como un jardín inmenso,
hecho con flores de luz;
es un paraíso azul
donde sueña feliz
la juventud.
Rincón de la Victoria,
arrullado por el mar,
retazo de la gloria,
paraíso de la paz.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 12 de enero de 2007, se solicita por dicha Entidad Local, la inscripción de su himno municipal en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo 8.11 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,
R E S U E L V E
Primero. Admitir la inscripción del himno del municipio de Rincón de la Victoria (Málaga), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la letra indicada y con la música cuya partitura se adjunta como Anexo.
Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Sevilla, 26 de enero de 2007.- El Director General, Juan R. Osuna Baena.
ANEXO
HIMNO DEL MUNICIPIO DE RINCON DE LA VICTORIA (MALAGA)
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