Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 21/02/2007

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Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 9 de enero de 2007, del Ayuntamiento de Baeza, de bases para la selección de Jardinero.

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Don Javier Calvente Gallego, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Baeza (Jaén),

Hace saber: Que por Resolución de esta Alcaldía, del día de la fecha, se han aprobado las bases para cubrir, en propiedad, una vacante de Jardinero, de la Plantilla de Personal Funcionario de este Ayuntamiento, de la escala de Administración especial, subescala: servicios especiales, personal de oficios.

Primera. Objeto de la convocatoria.

Cubrir, por el sistema de oposición libre, en propiedad, una vacante de Jardinero, de la Plantilla de Personal Funcionario de este Ayuntamiento, de la escala de Administración especial, subescala: servicios especiales, para la que se exige estar en posesión del titulo Certificado de escolaridad o similar o superior; y que pertenece al grupo de función: E.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

a) Ser español/a o nacional de los Estados miembros de la Unión Europea, estos últimos conforme a las previsiones del art. 1 de la Ley 17/93, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la Función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la UE.

b) Tener cumplida la edad de 18 años.

c) Estar en posesión del certificado de escolaridad.

d) Estar en posesión del carnet de conducir B1.

e) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.

f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Tercera. Instancias y documento a presentar.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, debiendo manifestar los aspirantes que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de esta convocatoria.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar el certificado de discapacidad expedido por la Administración competente, que deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño de los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria.

Se deberán adjuntar fotocopias debidamente compulsadas de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d y e que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartados a, b y c serán los siguientes:

Fotocopias, debidamente compulsadas, del Documento Nacional de Identidad y de la titulación escolar.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Servicio de atención al Ciudadano de esta Corporación, sito en la planta baja del Palacio Municipal, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales a partir del día de publicación de la convocatoria de esta plaza en el BO del Estado.

Quinta. Derechos de examen.

Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de veinticinco euros, en la Tesorería municipal o en cualquier Entidad de crédito con la que opere este Ayuntamiento en concepto de derechos de examen. El no abono de los derechos de examen, o el hacerlo por cantidad inferior al importe neto indicado, no se considerará defecto subsanable, y los aspirantes en quienes concurran dichas circunstancias serán excluidos definitivamente de este procedimiento de selección.

En el documento de ingreso, se consignará el nombre del interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as y anunciando la composición del Tribunal. En su caso, en dicha resolución, que se publicará en el BOP, se indicará el plazo de subsanación de errores de 10 días naturales.

La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma. El resto de los anuncios que guarden relación con este procedimiento se publicarán sólo en el tablero de edictos del Ayuntamiento.

Séptima. Procedimiento de selección de los aspirantes/as.

Oposición:

1.º Ejercicio. El ejercicio consistirá en contestar, por escrito, a una serie de 10 preguntas breves, sobre el temario que figura como anexo de esta convocatoria. Cada respuesta acertada suma 1 punto; cada respuesta errada resta 0,5 puntos. Cada miembro del tribunal podrá puntuar de 0 a 10 puntos. El cociente de la suma de los puntos otorgados por los miembros del tribunal entre el número de éstos, determinará la calificación del ejercicio. Superarán esta fase quienes obtengan 5 o más puntos con arreglo a dicho criterio. El Tribunal se reunirá previamente para componer el cuestionario de preguntas una hora antes. El tiempo para realizar este ejercicio es de 60 minutos. De producirse empate, se dirimirá mediante preguntas que hará el Tribunal para ser contestadas oralmente. Este ejercicio es eliminatorio.

2.º Ejercicio. Práctico. Consistirá en realizar alguna actividad propia de jardinero que mande hacer el tribunal como: plantación o trasplante de planta; práctica de poda, obtención de esquejes u otra similar etc.

Cada miembro del tribunal podrá puntuar de 0 a 10 puntos. El cociente de la suma de los puntos otorgados por los miembros del tribunal entre el número de éstos, determinará la calificación del ejercicio.

Superarán este ejercicio quienes obtengan 5 o más puntos con arreglo a dicho criterio. El tiempo para realizar este ejercicio es de 60 minutos. Este ejercicio es eliminatorio.

El tribunal propondrá como aspirante a cubrir la vacante, al opositor que haya obtenido la mejor puntuación, resultante de las sumas parciales de las puntuaciones de los dos ejercicios de la oposición.

Octava. Desarrollo del proceso selectivo.

En la Resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la realización de este proceso de selección.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan.

Novena. Tribunal Calificador.

Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue;

Secretario: El de la Corporación o Funcionario en quien delegue; con voz y voto.

Vocales:

- Un funcionario de carrera propuesto por la Junta de personal del Ayuntamiento.

- Un Funcionario de carrera propuesto por la Junta de Andalucía.

- Un funcionario/a de carrera del Excmo. Ayuntamiento designado por el Sr. Alcalde.

- Asesor: un empleado cualificado del Centro municipal de Parques y Jardines.

Todos habrán de poseer un nivel de titulación igual o superior a la exigida para tomar parte en este proceso selectivo.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros titulares o suplentes indistintamente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

Décima. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y designación.

En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

El aspirante propuesto presentará en la Secretaria General del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase la documentación, no podrá ser nombrado y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir.

El aspirante seleccionado deberá someterse, previamente a la obtención de la condición de Funcionario del Excmo Ayuntamiento de Baeza, a un reconocimiento médico por los servicios que se le designen por el Ayuntamiento de Baeza, a fin de comprobar que el mismo no padece enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que ha sido propuesto/a.

Los funcionarios públicos o contratados laborales con más de 2 años de servicios, en activo, están eximidos de dicho reconocimiento.

Undécima. Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.

En lo no previsto en la convocatoria se estará en lo establecido en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril; Real Decreto 896/91 de 7 de junio, y Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo y demás disposiciones legales que sean de aplicación.

Duodécima. Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recursos Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Jaén, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto en el BO de la Provincia.

Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano del que emane el acto administrativo que se impugna.

Cláusula adicional.

El titular del puesto de trabajo vendrá obligado a la realización de las actividades que guarden relación con la actividad administrativa del puesto de trabajo obtenido y le encomienden el Presidente de la Corporación y los Concejales responsables de las áreas de personal y Parques y Jardines de esta Corporación Municipal y estén en coherencia con el nivel de titulación que se exige para participar en este proceso selectivo. Su régimen jurídico será el previsto en la legislación de aplicación sobre funcionarios .

Baeza, 9 de enero de 2007.- El Alcalde-Presidente, Javier Calvente Gallego, PSM el Secretario general, Baltasar Ruiz Delgado.

A N E X O

Temas Comunes

1. Competencias del Alcalde.

2. Competencias del Pleno.

Materias Específicas

1. Preparación y manejo del terreno.

2. Plantación de plantas ornamentales.

3. Poda de árboles.

4. Poda de arbustos y setos.

5. El riego.

6. Tratamientos fitosanitarios.

7. Siembra y mantenimiento de céspedes.

8. Plantas ornamentales.

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