Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 22/02/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 16 de enero de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Vereda de los Almiceranes", en su totalidad, incluyendo los lugares asociados "Abrevadero de las Almohadillas" y "Abrevadero de la Torre", en el término municipal de Cazorla, provincia de Jaén (VP @513/04). .

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Examinado el expediente de Deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de los Almiceranes", en su totalidad, incluyendo los lugares asociados "Abrevadero de las Almohadillas" y "Abrevadero de la Torre", en el término municipal de Cazorla (Jaén), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las vías pecuarias del término municipal de Cazorla, provincia de Jaén, fueron clasificadas por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 26 de junio de 2001, publicada en el BOJA de fecha 9 de agosto de 2001.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 5 de agosto de 2004 se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria "Vereda de los Almiceranes", en su totalidad, incluyendo los lugares asociados "Abrevadero de las Almohadillas" y "Abrevadero de la Torre", en el término municipal de Cazorla, actuación que se enmarca dentro de los deslindes de las vías pecuarias del Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas imbrincadas con la "Ruta Integral" (Ruta Iter).

Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de fecha 1 de febrero de 2006 se acordó la ampliación de 9 meses del plazo fijado para dictar la Resolución del expediente de deslinde.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 12 de abril de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 59, de fecha 14 de marzo de 2005. En dicho acto se formularon alegaciones que son objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 17, de fecha 23 de enero de 2006.

Quinto. Durante los trámites de Información Pública y Audiencia no se presentaron alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 2 de noviembre de 2006 se acordó la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el procedimiento, hasta la recepción del Informe del Gabinete Jurídico.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 15 de enero de 2007.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Vereda de los Almiceranes", en el término municipal de Cazorla, provincia de Jaén, fue clasificada por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 26 de junio de 2001, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Cuarto. Durante las operaciones materiales de deslinde Don Serafín Pérez Soria manifiesta que el camino del entredicho está relleno de piedras y corresponde al eje de la vía pecuaria, todo ello en referencia al inicio de los trabajos de apeo. Tal consideración se corresponde con lo establecido en la clasificación de las vías pecuarias de Cazorla, se tuvo en cuenta en la fase de estudio del trazado de la vía pecuaria, y así se ha plasmado en el presente deslinde.

Con anterioridad al trámite de Exposición Pública, doña Josefa Eloísa Díaz, en calidad de Administradora Unica de la mercantil La Ruta del Sauce, S.L., alega que considera más adecuado que el trazado de la vía pecuaria entre los pares de puntos 76 y 80 transcurra junto al lindero norte de la finca propiedad de la sociedad que representa, sita en el pago de "Los Almiceranes", zona de Navahondona. Estudiada la alegación, así como la documentación y la cartografía presente en el expediente, se estima lo manifestado por adecuarse al trazado indicado en la Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Cazorla.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén con fecha 25 de octubre de 2006, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitido con fecha 15 de enero de 2007.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de los Almiceranes", en su totalidad, incluyendo los lugares asociados "Abrevadero de las Almohadillas" y "Abrevadero de la Torre", en el término municipal de Cazorla, provincia de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, a tenor de la descripción que sigue, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud: 6.673,73 metros.

- Anchura: 20 metros.

Descripción.

"Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Cazorla, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 20 metros, la longitud deslindada es de 6.673,73 metros, la superficie deslindada de 133.415,57 m2, que en adelante se conocerá como

Vereda de los Almiceranes

, tramo en su totalidad, que linda:

- Al Norte: Cordel de Vistas Pintorescas, Delegación Provincial de Medio Ambiente, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Antiñolo Quiñones, Dolores, Soria García, Anselmo, Soria García, Pablo, Abrevadero de la Torre, Mirón Díaz, Amparo, Díaz Ortega, M. Francisca.

- Al Este: Delegación Provincial de Medio Ambiente, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Junta de Andalucía, Abrevadero de Las Almohadillas, Antiñolo Quiñones, Dolores, Soria García, Anselmo, Soria García, Pablo, Ortega Ortiz, José, Pérez Soria, Serafín, Sánchez Martínez, Piedad, Foronda Díaz, Juan, Olmo Gallardo, Primitivo, Mirón Díaz, Amparo, Díaz Ortega, Soledad, Díaz Ortega, M. Francisca, Olmo Gallardo, Primitivo, Díaz Sánchez, Deogracias, Desconocido.

- Al Sur: Delegación Provincial de Medio Ambiente, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Antiñolo Quiñones, Dolores, Abrevadero de la Torre, Sánchez Martínez, Edilia, Díaz Ortega, Soledad, Ortega Ortiz, José, Colada del Pino Hermoso.

- Al Oeste: Delegación Provincial de Medio Ambiente, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Antiñolo Quiñones, Dolores, Díaz Sánchez, Carmen, Díaz Ortega, Soledad, Sánchez Martínez, Iluminada, Sánchez Martínez, Edilia, Díaz Ortega, M. Francisca, Díaz Sánchez, Cruz, Díaz Sánchez, Isabel, Díaz Ortega, Rosa Amalia, Jiménez Muñoz, Rafael."

Descripción registral del Abrevadero de las Almohadillas.

"Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Cazorla, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura variable, con una superficie deslindada de 6.730,73 m2, que en adelante se conocerá como

Abrevadero de las Almohadillas

, lugar asociado a la vía pecuaria

Vereda de los Almiceranes

, tramo en su totalidad, que linda:

- Al Norte: Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Ortega Jurado, Isidro

- Al Este: Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Ortega Jurado, Isidro

- Al Sur: Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

- Al Oeste: Antiñolo Quiñones, Dolores."

Descripción registral del Abrevadero de la Torre.

"Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Cazorla, provincia de Jaén, de forma irregular, constituida por dos superficies a ambos lados de la vía pecuaria

Vereda de los Almiceranes

a la que está asociada, de 2.428,71 m2 (superficie 1) y 597,71 m2 (superficie 2), con una superficie total deslindada de 3.026,42 m2, que en adelante se conocerá como

Abrevadero de la Torre

, que linda:

Superficie 1.

- Al Norte: Antiñolo Quiñones, Dolores.

- Al Este: Antiñolo Quiñones, Dolores.

- Al Sur: Vereda de los Almiceranes.

- Al Oeste: Antiñolo Quiñones, Dolores, Vereda de los Almiceranes.

Superficie 2

- Al Norte: Vereda de los Almiceranes.

- Al Este: Antiñolo Quiñones Dolores.

- Al Sur: Antiñolo Quiñones Dolores.

- Al Oeste: Antiñolo Quiñones Dolores, Vereda de los Almiceranes."

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de enero de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

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Anexo a la Resolución de 16 de enero de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Vereda de los Almiceranes", en su totalidad, incluyendo los lugares asociados "Abrevadero de las Almohadillas" y "Abrevadero de la Torre", en el término municipal de Cazorla, provincia de Jaén (Expte. VP @513/04)

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