Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Detectado error material en la descripción de la vía pecuaria objeto de la Resolución referida, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, conforme al artículo primero, punto 23, de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes referida, pasamos a la siguiente corrección,
En el Antecedente de Hecho primero de la Resolución referida, donde dice:
"Las vías pecuarias del término municipal de Humilladero, provincia de Málaga."
Debe decir:
"Las vías pecuarias del término municipal de Niebla, provincia de Huelva."
En el Antecedente de Hecho segundo de la Resolución, donde dice:
"... se acordó el inicio del Deslinde de la vía pecuaria
Cordel de la Estrella
Debe decir:
"... se acordó el inicio del Deslinde de la vía pecuaria
Colada del Carril de los Moriscos
Sevilla, 5 de febrero de 2007.
Descargar PDF