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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 20 de diciembre de 2006, por la que se suspende la aprobación definitiva de la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de La Algaba (Sevilla), finca "Huerta Alcántara".
TEXTO DE LA RESOLUCION
"Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de La Algaba (Sevilla), finca
Huerta Alcántara
, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.
Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación urbanística aplicable.
H E C H O S
Primero. El proyecto urbanístico de referencia fue ya sometido a la consideración de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo que, en su sesión de fecha 8.7.05, acordó suspender su aprobación definitiva para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de La Algaba se procediera a subsanar las deficiencias señaladas en el Fundamento de Derecho Cuarto de dicha Resolución y se introdujeran en las determinaciones del proyecto urbanístico las especificaciones señaladas por los informes sectoriales que constan en el expediente.
El Ayuntamiento de La Algaba, en sesión plenaria de fecha 27 de julio de 2005, aprobó un texto refundido de la Modificación de referencia que tiene por objeto subsanar las deficiencias manifestadas por la aludida Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Asimismo, el Ayuntamiento de La Algaba, en sesión plenaria de fecha 22 de junio de 2006, aprobó un documento complementario de la Modificación de referencia que tiene por objeto dar respuesta a la problemática planteada por esta Comisión Provincial en relación con la inundabilidad del sector, inundabilidad que debe estudiarse en el marco del Plan General en tramitación y del estudio hidrológico global del término municipal elaborados por el Ayuntamiento.
Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.
Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.
Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de La Algaba para la resolución definitiva de este proyecto se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.
Cuarto. El proyecto presentado subsana sustancialmente las deficiencias urbanísticas que, en relación con la necesidad de dar respuesta a las exigencias derivadas del artículo 36.2.2.ª de la LOUA, manifestó la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en su sesión de fecha 8 de julio de 2005.
No obstante, en relación con la deficiencia derivada de la situación aislada del sector y la influencia negativa que pudiera tener su ejecución en la evacuación natural de las aguas en época de avenidas, no se considera justificado urbanísticamente anticipar la clasificación de los terrenos como suelo urbanizable a la aprobación definitiva del Plan General entendiéndose imprescindible abordar la posible clasificación de los mismos en el marco del análisis global y unitario del Plan General de Ordenación Urbanística en tramitación. En este contexto, el Plan General establece unas medidas correctoras globales para resolver los problemas de inundabilidad de los nuevos suelos de crecimiento propuestos, medidas que pueden llegar a ser eficaces en el conjunto del Plan General pero que no pueden aplicarse anticipadamente a un sector aislado situado en zona inundable y unido exclusivamente con el núcleo urbano consolidado a través de la carretera A-3131.
Por tanto, la presente propuesta debe plantearse en el proceso de formulación y aprobación del Plan General, y no mediante una modificación del planeamiento general vigente.
Quinto. La deficiencia señalada hace improcedente la aprobación definitiva de la presente Modificación de las Normas Subsidiarias de La Algaba, debiendo el Ayuntamiento incorporarla, si procede, en la ordenación urbanística que establezca el Plan General en redacción para su consideración en la resolución definitiva del mismo.
De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,
HA RESUELTO
Suspender la aprobación definitiva del proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de La Algaba (Sevilla), finca
Huerta Alcántara
, aprobado por el Pleno municipal con fecha 27 de julio de 2005 y documento complementario de fecha 22 de junio de 2002, para que el Ayuntamiento lo incorpore, si procede, en la ordenación urbanística del Plan General en redacción, para su consideración en la resolución definitiva del mismo.
Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Sevilla, 22 de enero de 2007.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.
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