La Junta
Consejo de Gobierno
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Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el artícu-
lo 20 de la citada Orden, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a las entidades que se relacionan en el Anexo I, Primera Infancia, Centros de Atención Socioeducativa de titularidad pública y privada, Modalidad Construcción, Reforma y Equipamiento, Anexo II, Menores y Familia modalidad Programas, Reforma y Equipamiento Corporaciones Locales y Entidades Privadas.
Las aportaciones serán imputadas a las aplicaciones presupuestarias:
Primera Infancia:
0.1.19.00.18.41.781.00.31E.8 y 0.1.19.00.01.41.781.00.31E.3.
0.1.19.00.18.41.763.00.31E.1 y 0.1.19.00.01.41.763.00.31E.7.
Menores y Familia:
0.1.19.00.01.41.467.01.31E.9.
0.1.19.00.01.41.782.00.31E.4.
0.1.19.00.01.41.764.00.31E.8.
Sevilla, 26 de enero de 2007.- La Delegada, M.ª José
Castro Nieto.
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