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Expte. núm. MO/24/2006.
Visto el expediente núm. MO/00024/2006 de amojonamiento parcial del monte "Los Arenales", Código de la Junta de Andalucía CA-50040-CCAY, en el tramo de perímetro exterior comprendido entre los piquetes del 1 al 5, ambos inclusive, perteneciente a los propios del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera y situado en su mismo término municipal, provincia de Cádiz, tramitado por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz, resultan los siguientes
HECHOS
1. El expediente de amojonamiento parcial del monte "Los Arenales" surge ante la necesidad de colocar hitos con valor administrativo en el tramo de perímetro exterior comprendido entre los piquetes del 1 al 5, ambos inclusive, cuyo deslinde fue aprobado por Orden de la Consejera de Medio Ambiente con fecha 20 de diciembre de 2001.
2. Se autoriza el inicio de amojonamiento administrativo de dicho monte mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 23 de mayo de 2006 y habiéndose acordado que las operaciones de amojonamiento se realizasen por el procedimiento recogido en el artículo 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y el Título IV sobre amojonamiento del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes en virtud de lo establecido en su artículo 145.
3. Los trabajos materiales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 4 de octubre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 139, de 24 de julio de 2006, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 141, de 24 de julio de 2006 y tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Jimena de la Frontera y Cortes de la Frontera.
4. Durante el día 4 de octubre de 2006 se realizaron las operaciones de amojonamiento colocando un total de tres hitos, con las iniciales MP y junto a estas el número de hito correspondiente.
5. Anunciado el periodo de exposición pública y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 224, de fecha 23 de noviembre de 2006, y notificado a los interesados conocidos durante el plazo de 10 días, no recibiéndose reclamación alguna.
6. El emplazamiento de cada uno de los hitos que determinan el perímetro del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos, registros topográficos e Informe del Ingeniero Operador que obran en el expediente.
A los anteriores hechos les resulta de aplicación las siguientes normas: Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los informes favorables a la realización del presente amojonamiento evacuados por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, siendo que el procedimiento se ha ajustado a lo prescrito legalmente por la Ley 2/1992, de 15 de junio, Ley Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, la Ley de Montes de 22 de noviembre de 2003, Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y disposiciones concordantes; y a la vista de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica en parte la anterior, esta Consejería
RESUELVE
Primero. Aprobar el expediente de amojonamiento parcial del Monte Público "Los Arenales", Código de la Junta de Andalucía CA-50040-CCAY, en el tramo del perímetro exterior comprendido entre los hitos del 1 al 5, ambos inclusive, perteneciente a los propios del Ayuntamiento de Jimena de la Frontera y ubicado en su mismo término municipal en la forma en que ha sido realizado por el Ingeniero Operador y según se detalla en las Actas, Planos e Informes técnicos que obran en el expediente, y Registro topográfico que se incorpora en el Anexo de la presente Orden.
Segundo. Que sea inscrita dicha Aprobación en el Registro de la Propiedad, en virtud de lo establecido en el artícu-
lo 148.2 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de febrero de 2007
Fuensanta Coves Botella
Consejera de Medio Ambiente
ANEXO
REGISTRO TOPOGRAFICO
COORDENADAS U.T.M.
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