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Con fecha 8 de enero de 2007, la Comisión Provincial de Medidas de Protección, en el procedimiento de desamparo 352-2006-04-000453 (U.T.III), referente al menor G.M.N., ratifica la declaración de desamparo, acordada de manera cautelar por resolución de declaración provisional de desamparo de fecha 21 de septiembre de 2006, con todas las consecuencias inherentes a dicha declaración, ratificando íntegramente el resto de las medidas acordadas en la referida resolución.
Contra esta Resolución no será necesario interponer reclamación previa a la vía judicial civil, ante la Excma. Sra. Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, pudiendo formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Almería, por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley Enjuiciamiento Civil.
Por la presente, se ordena la notificación del presente acto a doña Tudora Galin, al hallarse en ignorado paradero en el expediente incoado, con arreglo a lo dispuesto en el artícu-lo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes al menor, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, C/ Hernán Cortés, núm. 11, para su completo conocimiento.
Almería, 8 de enero de 2007.- El Delgado, Luis López
Jiménez.
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