Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 12/03/2007

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 21 de febrero de 2007, por la que se pone fin al proceso selectivo, con indicación de los destinos adjudicados, para la cobertura de vacantes correspondiente a diversas categorías profesionales del Grupo V del personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción, convocado por la Orden que se cita.

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De conformidad con lo establecido en el apartado Sexto de la Base Novena de la Orden de 6 de junio de 2005, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes a diversas categorías profesionales del personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción (BOJA núm. 126, de 30 de junio de 2005), en relación a las categorías del Grupo V,

DISPONGO

Primero. Hacer públicos los destinos adjudicados con adscripción definitiva a los trabajadores/as que han superado proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes a diversas categorías profesionales del Grupo V del personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción (Anexo I).

El citado Anexo I, listado de adjudicatarios de destino en el concurso de promoción, además de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, quedarán expuestos al público en la página web del Empleado Público, así como en la página web de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía.

Segundo. Los destinos obtenidos mediante el presente concurso de promoción tendrán el carácter de irrenunciables. Asimismo, dado el carácter voluntario del concurso, los traslados que impliquen cambio de residencia no darán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Tercero. Los efectos, tanto administrativos como económicos, de los nuevos destinos se computarán en todo caso desde el día 16 de marzo de 2007.

Cuarto. La extinción de los contratos de aquellos trabajadores temporales que ocupen puestos adjudicados en el presente concurso se producirá con efectos del día 15 de marzo de 2007.

Quinto. Los aspirantes seleccionados comparecerán ante la unidad de personal correspondiente del Organo donde hubiesen obtenido destino el día 16 de marzo de 2007, a fin de incorporarse al nuevo puesto de trabajo para el que han sido seleccionados.

La/el trabajadora/or no adquirirá la categoría profesional para la que ha concursado hasta que se inicie la efectiva prestación de servicios en el puesto adjudicado en el presente concurso, sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente de la presente Orden.

Sexto. Tras su incorporación al nuevo puesto de trabajo, el trabajador seleccionado realizará un período de prueba de un mes de conformidad con el artículo 19 del VI Convenio Colectivo, durante el cual tendrá los derechos y obligaciones correspondientes a su categoría profesional y al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes. Este periodo de prueba no será necesario en los casos en que el personal haya desempeñado las mismas funciones en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea la modalidad de contratación laboral u ocupación, por un período equivalente, al menos, al del período de prueba.

En todos los casos, la situación de incapacidad temporal que afecte al trabajador durante el período de prueba interrumpe el cómputo del mismo.

El período de prueba constituye un requisito para el acceso definitivo a la nueva categoría. El trabajador que no la supere volverá a la categoría desde la que concursó y a la misma localidad del último destino, si resultara posible. Todo ello salvo manifestación en contrario, lo que supondrá la extinción de su relación laboral con la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden cabe interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante esta Consejería de Justicia y Administración Pública en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que se tramitará conforme a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 21 de febrero de 2007

María José López González

Consejera de Justicia y Administración Pública

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