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Vacantes puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por las Corporaciones Locales las bases específicas y acordada asimismo por los Presidentes la convocatoria mediante concurso ordinario, de acuerdo con lo previsto en el artículo 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Decreto 36/1997, de 4 de febrero, por el que regulan los méritos correspondientes al conocimiento de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 132/2005, de 24 de mayo,
RESUELVO
Primero. Dar publicidad a las convocatorias y bases comunes y específicas recogidas en el Anexo I de esta Resolución para la provisión definitiva, mediante concurso ordinario, de puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en las Entidades Locales de esta Comunidad y que a continuación se exponen:
BASES COMUNES
Primera. Puestos.
Se ofrecen en este concurso los puestos vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en aquellas Corporaciones que han aprobado las bases específicas y cuyos Presidentes han efectuado la correspondiente convocatoria del concurso.
Segunda. Participación.
1. Los funcionarios con habilitación de carácter nacional así como los funcionarios no integrados en las actuales subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local a que se refiere la Disposición transitoria primera, 1, del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, podrán concursar a los puestos que se ofrecen, en los términos siguientes:
- Los Secretarios de primera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaria, categoría superior.
- Los Secretarios de segunda, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada.
- Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención.
- Los Secretarios de Ayuntamientos a "extinguir", a Secretarios de Ayuntamientos con población que no exceda de 2.000 habitantes.
- Los Interventores, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, pero únicamente a puestos de Intervención.
- Los Depositarios, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, pero únicamente a puestos de Tesorería.
2. No podrán concursar:
a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.
b) Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.
c) Los funcionarios en la situación de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.
d) Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que concursen a puestos reservados a su Subescala y categoría en la misma Corporación o se encuentren en los supuestos del artículo 20.1.f) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Tercera. Documentación y plazo para participar.
1. En el plazo de quince días naturales a partir de la publicación conjunta de este concurso en el "Boletín Oficial del Estado", los funcionarios con habilitación de carácter nacional que deseen tomar parte en el mismo dirigirán a la Corporación Local a cuyo puesto concursen la siguiente documentación:
- "Solicitud de participación" comprensiva de declaración jurada de no estar incurso en algunas de las circunstancias a que se refiere el art. 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio y
- Documentación acreditativa, en su caso, de los méritos de determinación autonómica, así como los específicos de cada puesto en los términos que se indican en el Anexo I.
2. Los concursantes a dos o más puestos presentarán solicitud y documentación acreditativa de los méritos de determinación autonómica, en todas las Corporaciones en que soliciten puestos. Asimismo, los concursantes a dos o más puestos presentarán en idéntico plazo de quince días naturales orden de prelación de adjudicaciones ante la Dirección General para la Administración Local, Subdirección General de Función Pública Local (Registro de Entrada de documentos del Ministerio de Administraciones Públicas, Plaza de España, 17- 28071- Madrid). El orden de prelación habrá de ser único y comprensivo de la totalidad de puestos solicitados, y único, asimismo, si se concursa a una o varias Subescalas y categorías. La formulación del orden de prelación, cuyo objeto es evitar la adjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante, no sustituirá a la solicitud de participación dirigida a cada Corporación Local.
Vocales:
1. Vocal y Secretario: Doña Pilar Núñez de Prado Loscertales, Oficial Mayor del Excmo. Ayuntamiento de San Fernando, como funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional de igual categoría que la del puesto convocado.
2. Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Doña Lidia Ruiz Morales. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Cádiz.
D) Aprobación de las bases: 9 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 9 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de San Roque (Cádiz).
Población a 1 de enero de 2006: 26.569 habitantes.
Denominación del puesto: Tesorería.
Subescala: Intervención-Tesorería.
Complemento destino: 30.
Complemento específico: 33.555,00 euros.
Prevista jubilación: No.
Entrevista: A los efectos de la concreción de los méritos, se prevé la celebración de entrevista, siempre que el Tribunal lo considere necesario.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional. 6,30 puntos.
1.1. Experiencia profesional en Administración Local desempeñando puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter nacional, en puestos de Tesorería en Municipios en los que se identifique, al menos una zona desarrollada bajo la declaración de interés turístico, y que cuenten, al menos, con 9 núcleos de población diferenciados: 2,30 puntos.
1.2. Experiencia profesional en Administración Local desempeñando puestos reservados a Funcionarios con habilitación de carácter nacional, en puestos de Tesorería en Municipios en los que se indiquen, al menos 8 entes íntegramente dependientes de la entidad matriz, y que tengan un presupuesto consolidado superior a los 60 millones de euros: 2 puntos.
1.3. Experiencia profesional en Administración Local desempeñando puestos reservados a Funcionarios con habilitación de carácter nacional, en puestos de Intervención o Tesorería en, al menos, dos municipios costeros en una población de derecho superior a los 26.000 habitantes: 2 puntos.
2. Actividades docentes: 1,2 puntos.
Por haber participado como profesor o ponente en cursos organizados por el INAP, el IAAP o Federaciones de Municipios de carácter autonómico, dirigidos a la formación del personal al servicio de las Entidades Locales, en materia de gestión presupuestaria, contabilidad, hacienda local o tesorería: 0,50 puntos por hora lectiva hasta un máximo de 1,2 puntos.
B) Valoración y acreditación méritos:
Los méritos incluidos en el apartado 1 de la Base anterior se acreditarán mediante certificado del Secretario General de la Corporación correspondiente.
Los méritos incluidos en el apartado 2 de la Base anterior se acreditarán mediante certificado de la actividad docente realizada, emitido por el Secretario del INAP del IAAP, o de la Federación de Municipios correspondiente.
Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro en quien delegue.
Vocales:
1. Un concejal designado por el Alcalde-Presidente y su Suplente.
2. Un funcionario de Carrera designado igualmente por el Alcalde-Presidente, y su suplente.
3. Un Funcionario de Carrera con Habilitación de carácter Nacional de igual o Superior categoría que las del puesto convocado, designado por el Alcalde-Presidente, y su Suplente.
4. Un representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía:
Titular: Don José Cuenca Morales. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Cádiz
Suplente: Don Juan Antonio Campllonch León. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Cádiz.
5. Un representante de la Junta de Personal, y su Suplente.
Secretario: Será designado por el Alcalde-Presidente de entre los vocales, así como su Suplente.
D) Aprobación bases: 8 febrero de 2007 (Acuerdo Plenario).
E) Convocatoria: 9 febrero de 2007 (Resolución Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Villamartín (Cádiz).
Población a 1 de enero de 2007: 12.291 habitantes.
Denominación del puesto: Secretaría General.
Subescala y categoría: Secretaría, categoría entrada.
Nivel complemento destino: 28.
Complemento especifico: 13.630,95
¿Cubierto por titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación de esta convocatoria?: No.
Entrevista: No.
A) Méritos expecíficos:
Por servicios prestados en el puesto de Secretaría General, como funcionario de carrera, de un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población superior en la actualidad a 12.000 habitantes: 0,10 puntos por mes de servicio.
Máximo: 1 punto.
Por servicios prestados en el puesto de Secretaría-Intervención, como funcionario de carrera, de un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 0,05 puntos por mes de servicio. Máximo: 1 punto.
Por servicios prestados en el puesto en el puesto de Secretaría-Intervención, Secretaría o Intervención, como funcionario de carrera, en órganos supramunicipales como Mancomunidades, Consorcios o similares de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 0,05 puntos por mes de servicio. Máximo. 1 punto.
Por Cursos sobre Contratación Administrativa, con una duración mínima de 25 horas lectivas: 0,50 puntos por cada curso. Máximo 1 punto.
Por Curso sobre Función Pública Local, con una duración mínima de 75 horas: 1 punto (máximo 1 punto).
Por Curso sobre Intervención y uso del suelo, con una duración mínima de 75 horas: 1 punto (máximo 1 punto)
Por Curso sobre la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía con una duración mínima de 20 horas lectivas. 0,50 puntos (máximo 0,50 puntos)
Por Curso sobre la legislación de Bienes de las Entidades locales de Andalucía con una duración mínima de 20 horas lectivas: 1 punto (máximo: 1 punto).
B) Acreditación méritos:
Méritos a) b) y c): Certificación expedida por los Ayuntamientos o entidades en cuestión.
Méritos de Cursos:
Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP u organismo similar de Comunidad Autónoma o bien por Centros o Colegios Oficiales pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos por los organismos antes mencionados.
La acreditación de los cursos se hará mediante copia compulsada de los Certificados del INAP u organismo similar de la Comunidad Autónoma o del Ente colaborador que lo impartió.
C) Tribunal:
Presidente: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villamartín.
Vocales Titulares:
1.º Don Víctor Barbero Diéguez, funcionario con habilitación nacional, Subescala de Secretaría.
2.º Don Juan Manuel Ríos Muñoz, funcionario con habilitación nacional, Subescalas de Secretaría-Intervención, Secretaría e Intervención.
3.º Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Villamartín.
4.º Don José Selma García. Delegación de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía en Cádiz.
Actuará como secretario el vocal núm. 1, sustituyéndose en caso de ausencia por los siguientes.
Suplentes:
Presidente: Miembro de la Corporación en quien delegue el titular.
- Vocales:
1.º Don Antonio Reinoso Carriedo, funcionario con habilitación nacional, Subescala de Secretaría.
2.º Don Rafael de la Calle Torres, funcionario con habilitación nacional, Subescalas de Secretaría- Intervención e Intervención.
3.º Aquel miembro de la Corporación en quien delegue el titular
4.º Don José Cuenca Morales. Delegación de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía en Cádiz.
D) Aprobación bases: 26 de enero de 2007 (Acuerdo Junta Gobierno).
E) Convocatoria: 26 de enero de 2007 (Acuerdo Junta Gobierno).
PROVINCIA DE CORDOBA
Corporación: Ayuntamiento de Belmez (Córdoba).
Población a 1 de enero: Inferior a 4.000 habitantes.
Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.
Subescala y categoría: Secretaría-Intervención, Secretaría clase tercera.
Nivel de complemento de destino: 26.
Cuantía del complemento específico: 9.247,20.
Puntuación mínima: No.
Pago de gastos: No.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos:
1. Por haber desempeñado el puesto de Secretaría-Intervención en municipios en los cuales existan Centros educativos de carácter universitario: 0,25 puntos por mes completo de servicio hasta un máximo de 2,50 puntos.
2. Por haber desempeñado por razón de la plaza de habilitado nacional de la Subescala de Secretaría-Intervención, el cargo de Secretario de Consejo de Administración y de la Junta General de Accionistas de Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital sea íntegramente municipal y en cuyo objeto social esté comprendida la promoción de programas en materia de desarrollo económico y social, cultural, deportivo, ocio, medio ambiente y turismo: 0,25 puntos por mes completo de servicio con un máximo de 2,00 puntos.
3. Por haber prestado servicios como Secretario-Interventor con nombramiento definitivo o provisional en municipios que cuenten con bienes inmuebles de características especiales en las cuales se ubiquen zonas deportivas y/o turísticas relacionadas con los mismos: 0,25 puntos por mes completo de servicio hasta un máximo de 1,50 puntos.
4. Por haber desempeñado el puesto de Secretaría-Intervención en municipios que cuenten con al menos dos núcleos de población diseminados distintos del principal que cuenten con una población mínima de 100 habitantes: 0,25 puntos por mes completo de servicio hasta un máximo de 1,50 puntos.
B) Acreditación y valoración:
Los servicios prestados en los apartados primero, tercero y cuarto mediante certificaciones expedidas por los organismos correspondientes en las que se haga constar los datos incluidos en los méritos específicos, debiendo aportarse para la acreditación del apartado segundo certificación del Presidente del Consejo de Administración y de la Junta General de Accionistas donde se especificará el tipo de sociedad, capital participado por el Ayuntamiento y si en el objeto de la misma figuran los especificados.
C) Tribunal:
Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.
Suplente: Un Concejal designado directamente por Alcaldía.
Secretario: Un funcionario designado por Alcaldía.
Vocales:
Tres habilitados nacionales de la misma Subescala y categoría designados por Alcaldía.
Un representante de la Junta de Andalucía.
Titular: Don Juan Graciano Ramos. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Córdoba.
Suplente: M.ª del Mar López Rubio. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Córdoba.
Se designará un suplente para cada uno de los miembros del tribunal a los efectos oportunos.
D) Aprobación bases: 23 febrero de 2007 (Acuerdo Pleno).
E) Convocatoria: 20 febrero de 2007 (Resolución Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba).
Población a 1 de enero de 2006: 11.906 habitantes.
Denominación puesto: Secretaría, clase 2.ª
Subescala y categoría: Secretaría, categoría entrada.
Complemento destino: 28.
Complemento específico: 8.417.76
Jubilación: No.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional (5 puntos).
Por servicios prestados como funcionario de carrera, cualquiera que haya sido la forma de provisión, en el desempeño de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional de la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en los que concurran simultáneamente todas y cada una de las siguientes características:
Que correspondan a municipios que tengan una población comprendida entre 11.000 y 13.000 habitantes y cuenten al menos con diez entidades singulares de población (núcleos de población).
Que cuenten al menos con tres Organismos Autónomos.
Que cuenten al menos con una empresa Pública municipal, forma sociedad anónima, cuyo objeto sea la promoción y el desarrollo urbanístico del municipio.
2. Conocimiento de la Administración Local (2,5 puntos).
Por pertenecer a la Subescala de Secretaría-Intervención, haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera en puestos reservados a la citada Subescala durante al menos cuatro años y haber prestado servicios como Responsable Administrativo Financiero de ayudas comunitarias correspondientes a Programas de Desarrollo Rural durante al menos tres años. Para ser objeto de valoración, los requisitos antes indicados han de concurrir simultáneamente.
B) Acreditación méritos:
1. Experiencia profesional:
Los méritos del apartado a) se acreditarán mediante certificación de la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística.
Los méritos de los apartados b) y c) se acreditarán mediante certificado original del correspondiente Ayuntamiento, expedido por el Secretario y visado por el Alcalde, en el que consten todos los extremos tenidos en cuenta para la valoración.
2. Conocimiento de la Administración Local:
Los méritos correspondientes a este apartado se acreditarán mediante fotocopia compulsada del título de Funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, Subescala Secretaría-Intervención, certificado original del Ministerio de Administraciones Públicas y certificado del órgano competente relativo al tiempo de prestación de servicios como Responsable Administrativo Financiero.
Sólo serán valorados aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo ser acreditados documentalmente y relacionarse en la solicitud de participación.
El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella documentación que consideren oportunas, en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a que se refiere esta convocatoria.
C) Tribunal:
Presidente: El Alcalde de la Corporación o Concejal en quien delegue.
Vocales:
Un Concejal del Grupo Político Municipal PSOE designado por la Alcaldía.
El Portavoz del Grupo Político Municipal PP.
La Portavoz del Grupo Político Municipal de IULVCA.
Un funcionario de la Junta de Andalucía:
Titular: Don Andrés Hidalgo Gómez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Córdoba.
Suplente: Doña Fátima Guijarro Millán. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Córdoba.
Un funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, Subescala Secretaría, categoría igual o superior a la del puesto convocado.
Un funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, Subescala Secretaría, categoría igual o superior a la del puesto convocado.
Secretario: Actuará como Secretario el vocal indicado en último término.
D) Aprobación bases: 26 enero de 2007 (Acuerdo Pleno).
E) Convocatoria: 29 enero de 2007 (Resolución Alcaldía).
PROVINCIA DE GRANADA
Denominación de la Corporación: Excma. Diputación Provincial de Granada, Servicio de Asistencia a Municipios.
Población a 31 de diciembre anterior: Superior a 2.000 habitantes.
Denominación del puesto: Secretario-Interventor.
Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.
Nivel de complemento de destino: 22.
Complemento específico: 12.501,56
anuales.
No cubierto con titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación.
Puntuación máxima: 7,5 puntos.
A) Méritos específicos:
1. Teniendo como principal cometido el Servicio de Asistencia a Municipios el desempeño de las funciones reservadas a habilitados de carácter nacional en Entidades Locales exentas, se valorará el haber desempeñado el puesto de trabajo de Secretario-Interventor, en entidades con población inferior a 500 habitantes y presupuesto inferior a 120.202,42 euros; por cada mes de servicios 0,50 puntos, con un máximo de 2 puntos.
2. Dadas las peculiaridades propias del desempeño de las funciones reservadas a habilitados de carácter nacional en Servicios de Asistencia a Municipios, se valorará el haber desempeñado el puesto de trabajo de Secretario-Interventor en servicios, dependientes de Diputaciones Provinciales o Comunidades Autónomas, de asistencia, asesoramiento o inspección a las Corporaciones Locales; por cada mes de servicios 0,50 puntos, con un máximo de 2 puntos.
3. Debiendo atender simultáneamente desde el puesto convocado el desempeño de funciones reservadas a habilitados de carácter nacional en más de una Entidad Local, se valorará el haber desempeñado el puesto de trabajo de Secretario-Interventor en más de una Entidad Local de forma simultánea; por cada mes de servicios 0,50 puntos, con un máximo de 2 puntos.
4. Por publicaciones realizadas sobre materias relacionadas directamente con el contenido del puesto de trabajo, hasta 1,5 puntos.
B) Acreditación méritos:
- Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas. Las publicaciones se acreditarán mediante fotocopias debidamente cotejadas en las que deberán aparecer al menos el nombre del autor, el título del trabajo, la revista donde se publica o la editorial que edita el libro, así como un resumen del contenido o índice de la obra.
- Los servicios profesionales valorados en los apartados 1 a 3 deberán haber sido prestados mediante cualquiera de las formas previstas en el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, incluida su prestación como funcionario de los servicios de asistencia de las Diputaciones Provinciales o Comunidades Autónomas uniprovinciales y deberán acreditarse documentalmente mediante certificación expedida por la Administración en la que prestó los servicios.
C) Tribunal:
Presidente:
Titular: Sra. doña Belén Navarro Navarro, Diputada Delegada de Asistencia a Municipios de la Excma. Diputación Provincial de Granada.
Suplente: Sra. doña Inmaculada Oria López, Diputada Delegada de Recursos Humanos y Parque Móvil de la Excma. Diputación Provincial de Granada.
Vocales:
Un vocal en representación de la Junta de Andalucía:
Titular: Don Javier Torres Cardona. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Suplente: Don José Muela Romero. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Titular: Doña Laura Moreno Fernández, Subdirectora de la Delegación de Asistencia a Municipios.
Suplente: Don José Ignacio Martínez García, Secretario de la Oficina de Concertación "Granada en Red".
Dos vocales en representación de la Junta de Personal.
Titulares y suplentes: Los funcionarios que designe dicha Junta, uno, al menos, de los cuales deberá ser Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el cual actuará como Secretario del Tribunal.
D) Aprobación bases: 9 febrero de 2007 (Resolución Presidencia).
E) Convocatoria: 9 febrero de 2007 (Resolución Presidencia).
Corporación: Entidad Local Autónoma Carchuna-Calahonda (Granada).
Población a 1 de enero de 2006: 3.873 habitantes.
Denominación del puesto: Secretaría-Intervención, clase 3.ª Subescala Secretaría-Intervención.
Nivel de complemento de destino: 26.
Cuantía del complemento específico: 8.539,80 euros.
Cubierto con titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación de la convocatoria: No.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos y acreditación:
Por estar en posesión del título de Licenciado en Derecho: 0,25 puntos.
Por cursos sobre Especialización en Disciplina Urbanística con una duración mínima de 80 horas lectivas, 1 punto por cada curso. Máximo: 1 punto.
Por cursos sobre Especialización en Planificación y Gestión Urbanística con una duración mínima de 100 horas lectivas, 1 punto por cada curso. Máximo: 1 punto.
Por cursos sobre "Actualización del Régimen Jurídico y Presupuestario de las Entidades Locales en Andalucía" con una duración mínima de 32 horas lectivas, 0,5 punto por cada curso. Máximo: 0,5 puntos.
Por cursos sobre Urbanismo en los Municipios Andaluces. Aplicación práctica de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de ordenación urbanística de Andalucía con una duración mínima de 35 horas lectivas, 0,5 puntos por cada curso. Máximo: 0,5 puntos.
Por curso sobre Cuestiones Actuales sobre el Patrimonio y Bienes de las Entidades Locales. Especial Referencia a la legislación andaluza, con una duración mínima de 20 horas léctivas, 0,30 puntos por cada curso. Máximo; 0,30 puntos.
Por curso sobre Gobierno y Desarrollo Local: Medidas para la Modernización del Gobierno Local, con una duración mínima de 16 horas, 0,25 puntos por cada curso. Máximo: 0,25 puntos.
Por el desempeño del puesto de trabajo de Secretario-Interventor en Agrupación de Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 0,10 puntos por mes de servicio hasta un máximo de 1,70 puntos.
Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP u organismo similar de la Comunidad Autónoma o bien por Centros o Colegios Oficiales pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos por los organismos antes mencionados.
Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridad al 1.10.2003, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
La acreditación de los cursos se hará mediante copia compulsada de los Certificados del INAP u organismo similar de la Comunidad Autónoma o del Ente colaborador que lo impartió.
Por conocimiento de la normativa de Régimen Local propia de la Entidad Local Autónoma de Carchuna-Calahonda, acreditado mediante certificación de los servicios prestados en dicho Ayuntamiento bien como personal funcionario o laboral, 2 puntos.
B) Tribunal:
Presidente: Alcalde de la Entidad Local Autónoma de Carchuna-Calahonda.
Vocales:
Primero: Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Don Julián Lozano Requena. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Suplente: Don Sebastián Moya Jiménez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Segundo: Un Vocal de la Junta Vecinal designado por el Alcalde.
Tercero: Un funcionario de habilitación nacional designado por el Alcalde.
Cuarto: Un funcionario de habilitación nacional designado por el Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación Provincial de Granada, que actuará además como Secretario del Tribunal.
Se designará un titular y un suplente por cada uno de los titulares. Los nombramientos de los titulares y suplentes se efectuarán por Resolución de Alcaldía, salvo el de suplente del vocal primero, que se realizará por la Delegación del Gobierno de Granada.
C) Aprobación bases: 5 de febrero de 2007 (Acuerdo de la Junta Vecinal).
D) Convocatoria: 5 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Dúrcal (Granada.)
Denominación del puesto: Vicesecretaría-Intervención.
Subescala: Secretaría-Intervención.
Población del municipio: 6.856.
Nivel de complemento de destino: 26.
Complemento específico: 972,23
Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar, si lo estima necesario, la celebración de una entrevista para la concreción de los méritos específicos.
A estos efectos se notificarán a los concursantes afectados de la fecha, hora y lugar de celebración.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia en Administración Local:
Dúrcal es un municipio con gran parte de su término municipal perteneciente al Parque Natural y Nacional de Sierra Nevada, que posee presupuestos superiores a 4.800.000 euros en los últimos años. El puesto de trabajo se encuentra adscrito a la Intervención y la Secretaría municipal, conforme la relación de puestos de trabajo, al que corresponde la sustitución del Interventor y Secretario Municipal en caso de vacante. Por tales motivos se valoran especialmente los servicios prestados en puestos de colaboración regulados en el art. 2 letra g) del R.D. 1732/94, de 29 de julio, o en puestos de Secretaria categoría de Entrada, en cumplimiento del art. 17 del R.D. 1732/94, de 29 de julio, en municipios con características similares y relevantes profesionalmente a las del municipio de Dúrcal.
1.1. Por servicios prestados en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incluidos en Parque Natural y Nacional y con presupuestos superiores a 4.800.000
, en los tres puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que se indican a continuación:
- Puesto de trabajo de Secretaría-Intervención
- Puesto de trabajo de Secretaría categoría de Entrada.
- Puesto de trabajo de colaboración (con la denominación ViceSecretario-Interventor), regulados en el art. 2, letra g), del R.D. 1732/94, de 29 de julio, reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional correspondiente a la Subescala de Secretaría-Intervención: 0,09 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 4,5 puntos.
Para ser tenidos en cuenta los servicios prestados, el candidato deberá haber desempeñado todos los puestos indicados. Además deberá tratarse de municipios incluidos en Parque Nacional y Natural y con presupuestos superiores a 4.800.000
, en virtud de nombramientos efectuados por autoridad competente, mediante cualquiera de las formas de provisión previstas legalmente.
1.2. Por servicios prestados, en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en puestos de trabajo de colaboración (con la denominación ViceSecretario-Interventor), regulados en el art. 2, letra g), del R.D. 1732/94, de 29 de julio, reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional correspondiente a la Subescala de Secretaría-Intervención, en virtud de nombramientos efectuados por autoridad competente, mediante cualquiera de las formas de provisión previstas legalmente, en municipios incluidos en Parque Natural y Nacional: 0,24 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 2,5 puntos.
2. Cursos de Formación y perfeccionamiento.
2.1. Por la asistencia a cursos sobre temas de Gobierno y Administración Local, impartidos u homologados INAP, IAAP o Institutos de Administración Pública de las CC.AA., con una duración no inferior a 20 horas lectivas: 0,20 puntos por curso.
2.2. Por la asistencia a cursos sobre Actualización del Régimen Jurídico y Presupuestario de Andalucía, impartidos u homologados INAP, IAAP, con una duración no inferior a 20 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.
El máximo de puntos por los apartados 2.1 y 2.2 será de 0,50 puntos.
Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridad al 1.1.2006 con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
B) Acreditación de méritos:
1. La realización de cursos se acreditará, mediante la presentación de los certificados correspondientes o fotocopias debidamente compulsadas.
2. Los servicios prestados se acreditarán mediante certificaciones expedidas por las Entidades Locales en las que hubiera prestado servicios o mediante certificación del Ministerio de Administraciones Públicas.
C) Tribunal:
Presidente titular: Don Manuel Megías Morales (Alcalde- Presidente).
Presidente suplente: Don Esteban Terrón Megías (Primer Teniente de Alcalde).
Primer vocal: Don Juan Carlos Pérez Gamarra (Funcionario Administración Local con Habilitación Carácter Nacional).
Suplente primer vocal: Isabel García de Angulo (Funcionaria Administración Local con Habilitación Carácter Nacional).
Segundo vocal: Don José Ignacio Martínez García (Secretario de la Oficina de Concertación "Granada en Red" de la Diputación de Granada).
Suplente segundo vocal: Don José Agustín García Fernández (Funcionario Administración Local con Habilitación Carácter Nacional).
Tercer vocal: Don María Dolores Alodía Roldán López de Hierro (Funcionaria Administración Local con Habilitación Carácter Nacional).
Suplente tercer vocal: Don José Bernabé Melguizo Jiménez (portavoz Grupo Municipal PP).
Cuarto vocal: Representante de la Junta de Andalucía.
Titular: Don Julián Lozano Requena. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.
Suplente: Don Sebastián Moya Jiménez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Secretario Titular: Secretario General del Ayuntamiento de Dúrcal.
Suplente: Actuará como suplente el primer vocal.
D) Aprobación bases:
E) Convocatoria: 26 de enero de 2007 (Resolución Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Las Gabias (Granada).
Puesto: Secretaría, clase 1.ª
Subescala: Secretaría, categoría superior.
Complemento destino: 30.
Complemento específico: 16.413,95
anuales.
Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar, si lo estima necesario, la celebración de una entrevista para la concreción de los méritos específicos.
A estos efectos se notificarán a los concursantes afectados la fecha, hora y lugar de celebración.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia (puntuación máxima 3 puntos).
- Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, ya sea en propiedad, provisional, en comisión de servicios o acumulado: 0,015 puntos por mes hasta un máximo de 1,5 puntos.
- Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención categoría superior, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente ya sea en propiedad, provisional, en comisión de servicios o acumulado: 0,15 por mes hasta un máximo de 1,5 puntos.
2. Titulación, Cursos de formación y perfeccionamiento (puntuación máximo 3,5 puntos):
- Por estar en posesión del título de Máster en Gestión Pública Local, especialidad en Hacienda Locales, con número de horas lectivas de al menos 600 horas expedido u homologado por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública: 1,60 puntos.
- Por estar en posesión de títulos de Especialización en Planificación y Gestión Urbanística, y de Disciplina Urbanística, con un número de horas lectivas de al menos 80 horas, expedido u homologado por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública: 0,50 puntos por título hasta un máximo de 1 punto.
- Por asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Contratación administrativa, Derecho Urbanístico, Régimen Jurídico Local, Recursos Humanos, Derecho local andaluz, incluidos dentro de Plan de Formación Continua para la Administración Pública, con número de horas lectivas de al menos 130 horas: 0,20 puntos hasta un máximo de 0,40 puntos.
Por curso de formación y perfeccionamiento no correspondidos en el apartado anterior, sobre materias relacionadas con la Administración Local impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública:
De 15 a 20 horas lectivas: 0,12 puntos por cada curso.
De 16 a 50 horas lectivas: 0,15 puntos por cada curso.
De 51 a 75 horas lectivas: 0,18 puntos por cada curso.
De 76 a 100 horas lectivas: 0,22 puntos por cada curso.
De más de 101 horas lectivas: 0,45 puntos por cada curso.
El máximo de puntos será de 0,45 puntos.
Por haber realizado cursos sobre Prevención de Riesgos en el sector de oficinas: 0,05 puntos por curso hasta un máximo de 0,05 puntos.
3. Publicaciones (puntuación máxima 1 punto).
Por publicaciones en Revistas especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito nacional: 0,50 por publicación hasta un máximo de 1 punto.
B) Acreditación méritos:
1. La realización de cursos, mediante la presentación de los certificados correspondientes, fotocopias debidamente compulsadas por el Secretario de la Corporación, Notario o por el Organismo que lo expidió.
2. Los servicios prestados mediante certificaciones expedidas por las Entidades Locales en que se hubiese prestado los servicios o mediante certificación del Ministerio de Administraciones Públicas.
C) Tribunal:
1. Presidente:
Titular: El Alcalde-Presidente: Don Francisco Javier Aragón Ariza.
Suplente: Doña Francisca González Luján.
2. Vocales: Titulares
Vocal primero, concejal de este Ayuntamiento:
Titular: Don José Manuel Polo Mingorance.
Suplente: Doña Vanesa Polo Gil.
Vocal segundo: Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Doña Ana Isabel Martínez Pérez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada
Suplente: Don Julián Lozano Requena. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública.Granada.
Vocal tercero, funcionario de habilitación nacional:
Titular: Doña Marta Luque Asenjo.
Suplente: Doña Francisca Sánchez Sánchez.
3. Secretario:
Secretaria Titular: Doña M.ª Carmen Artacho García.
Secretaria suplente: Don Francisco Javier Puerta Martí.
D) Aprobación bases: 31 diciembre de 2006 (Resolución de Alcaldía).
E) Convocatoria: 25 enero de 2007 (Resolución de Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Jayena (Granada).
Población: Inferior a 5.000 habitantes.
Denominación puesto: Secretaría, clase 3.ª
Subescala: Secretaria-Intervención.
Nivel complemento destino: 26.
Complemento especifico: 8.652,60 euros (Presupuesto 2006).
Jubilacion: No.
Entrevista: No.
Pago gastos: No.
Puntuacion mínima. No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional (puntuación máxima: 4 puntos).
1.1. Haber desempeñado funciones reservadas a Funcionario Local con habilitación de carácter nacional en puestos de Intervención, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipios con población de derecho superior a 5.000 habitantes. Por cada mes completo 0,20 puntos.
1.2. Haber desempeñado funciones reservadas a Funcionario Local con habilitación de carácter nacional en puestos de Secretaría-Intervención, en virtud de cualquiera de las formas de provisión admitidas, en municipios con población de derecho comprendida entre 1.000 y 1.500 habitantes, cuyo término municipal se encuentre ubicado, al menos parcialmente, dentro de un Parque Natural de Andalucía. Por cada mes completo 0,30 puntos.
2. Cursos de Formación (puntuación máxima: 3,5 puntos).
2.1. Por asistencia a curso de Especialización de Contabilidad Pública de las Haciendas Locales, con una duración de 80 horas lectivas: 1 punto.
2.2. Por asistencia a curso de Especialización en Función Pública. con una duración de 80 horas lectivas: 1 punto.
2.3. Por asistencia a curso sobre las Funciones de Intervención y Tesorería en las Entidades Locales Andaluzas. Aspectos prácticos con una duración de 40 horas lectivas: 0,75 puntos.
2.4. Por asistencia a curso sobre Problemática Actual y Tratamiento Práctico de los Servicios Públicos Locales, con especial referencia a Andalucía, con una duración de 35 horas lectiva: 0,75 puntos.
Los cursos tendrían que haber sido impartidos con posterioridad al 1 de enero de 2004, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
B) Acreditación méritos:
Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia de diploma o título debidamente expedido o compulsado por el Secretario de la Corporación o Notario.
C) Tribunal:
Presidente: Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación o concejal en quien delegue.
Vocales:
Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Titular: Don Sebastián Moya Jiménez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública.Granada.
Un representante designado por la Diputación de Granada.
Dos funcionarios de Administración Local, con habilitación de carácter nacional, de igual o superior categoría, designado por el Sr. Alcalde- Presidente, actuando uno de ellos como Secretario del Tribunal.
A todos los miembros del Tribunal se les designará un suplente.
Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Suplente: Doña Ana Isabel Martínez Pérez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
D) Aprobación bases: 17 enero de 2007 (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 17 enero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Loja (Granada).
Población a 31 de diciembre de 2003: Superior a 20.000 habitantes.
Puesto: Interventor.
Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Intervención-Tesorería, categoría superior.
Complemento de destino: 26.
Cuantía complemento específico: 9.341,01
Prevista jubilación: No.
Entrevista: No.
Puntuación mínima: 25%.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional:
- Experiencia en Administración Local ocupando puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter nacional, en puesto de Intervención Categoría Superior: 0,03 por mes hasta un máximo de 3 puntos.
- Experiencia en Administración Local ocupando puestos reservados a funcionarios con Habilitación de carácter nacional, en Intervención Categoría de Entrada, con un mínimo de 1 año: 0,5 puntos.
- Por haber ejercido funciones de Intervención en empresas municipales que tenga por objeto actuaciones encaminadas a la gestión de servicios público municipales, con un capital social del 51 al 100% municipal y que no sea inferior a los 901.518 euros: 0,75 puntos.
- Por haber ejercido funciones de Interventor en Mancomunidades de municipios, mínimo seis meses: 0,25 puntos.
2. Formación y Perfeccionamiento.
- Por estar en posesión del titulo de "Experto en Haciendas Locales", como consecuencia de la asistencia con aprovechamiento a cursos de Especialización en Gestión Financiera y Presupuestaria, que sumados entre sí tengan una duración total no inferior a 180 horas, convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP): 1,50 puntos.
- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Especialización en Derecho Público Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.
- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Gestión Pública Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.
- Por la asistencia a cursos sobre Régimen Jurídico de las Entidades Locales con una duración no inferior a las 60 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.
- Por la asistencia a cursos sobre Contratación Pública Local con una duración no inferior a las 30 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.
- Por haber impartido cursos o ponencias sobre Administración Local organizadas por Entidades Públicas de esta naturaleza: 0,5 puntos por ponencia o curso impartido. Máximo: 0,5 puntos.
B) Publicaciones:
- Por publicaciones en Revistas Especializadas en Derecho y Administración local de ámbito nacional: 0,5 puntos por articulo publicado. Máximo: 0,5 puntos.
B) Acreditación méritos:
1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas.
2. Los cursos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original o copia cotejada del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento en los casos en que así sea requerido. El aprovechamiento, cuando así se requiera, implicará necesariamente la calificación de "apto" en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos. En el caso del titulo de Experto, deberá acreditarse además, este extremo de igual forma a la señalada en los párrafos anterior.
3. Los cursos o ponencias impartidos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original de la certificación suscrita por la Entidad que los convocó.
4. Las publicaciones en Revistas Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito y tirada nacional se acreditarán mediante los ejemplares correspondientes de la revista o articulo en original, que serán devueltos a los interesados transcurrido el periodo selectivo.
5. La experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por el Ayuntamiento o entidad en la que se hayan prestado los servicios.
6. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de aprobación de las presentes Bases, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Presidente:
Titular: Don Miguel Castellano Gámez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Loja.
Suplente: Sra. doña Aurora del Carmen Cárdena Serrano, Teniente de Alcalde, Concejal-Delegado de Personal.
- Vocales:
Un funcionario en representación de la Junta de Andalucía:
Titular: Don José Muela Romero Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.
Suplente: Doña M.ª José Díaz Orellana. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.
Un funcionario designado por el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Granada.
Titular: Doña Mercedes Dabán Sánchez.
Suplente Doña Elena Valenzuela Poyatos.
Un funcionario en representación del Centro de Estudios Municipales y Cooperación Internacional (CEMCI).
Titular: Don José Rodríguez Torres.
Suplente: Doña Carolina Martínez Amiguetti.
Don Juan Carlos Godoy Malo, funcionario Técnico, Jefe de Recursos Humanos, designado por el Sr. Alcalde. Suplente, Don Juan Carlos Godoy Malo.
Secretario: Don Rafael Cuevas Valenzuela, Secretario de la Corporación.
D) Aprobación bases: Decreto Alcaldía (24 enero 2005).
E) Convocatoria: Decreto Alcaldía (24 enero 2005).
Corporación: Ayuntamiento de Loja (Granada).
Puesto: Tesorero.
Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Intervención-Tesorería.
Complemento de destino: 25.
Cuantía complemento específico: 9.341,01
Prevista jubilación: No.
Entrevista: No.
Puntuación mínima: 25%.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional:
- Experiencia en Administración Local ocupando puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter nacional, en puesto de Intervención Categoría Superior: 0,03 por mes hasta un máximo de 3 puntos.
- Experiencia en Administración Local ocupando puestos reservados a funcionarios con Habilitación de carácter nacional, en Intervención Categoría de Entrada, con un mínimo de 1 año: 0,5 puntos.
- Por haber ejercido funciones de Intervención-Tesorería en empresas municipales que tenga por objeto actuaciones encaminadas a la gestión de servicios públicos municipales, con un capital social del 51 al 100% municipal y que no sea inferior a los 901.518 euros: 0,75 puntos.
- Por haber ejercido funciones de Intervención-Tesorería en Mancomunidades de municipios, mínimo seis meses: 0,25 puntos.
2. Formación y Perfeccionamiento.
- Por estar en posesión del titulo de "Experto en Haciendas Locales", como consecuencia de la asistencia con aprovechamiento a cursos de Especialización en Gestión Financiera y Presupuestaria, que sumados entre sí tengan una duración total no inferior a 180 horas, convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP): 1,50 puntos.
- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Especialización en Derecho Público Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.
- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Gestión Pública Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.
- Por la asistencia a cursos sobre Régimen Jurídico de las Entidades Locales con una duración no inferior a las 60 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.
- Por la asistencia a cursos sobre Contratación Pública Local con una duración no inferior a las 30 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.
- Por haber impartido cursos o ponencias sobre Administración local organizadas por Entidades Públicas de esta naturaleza: 0,5 puntos por ponencia o curso impartido. Máximo: 0,5 puntos.
B) Publicaciones:
- Por publicaciones en Revistas Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito nacional: 0,5 puntos por articulo publicado. Máximo: 0,5 puntos.
B) Acreditación méritos:
1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas.
2. Los cursos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original o copia cotejada del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento en los casos en que así sea requerido. El aprovechamiento, cuando así se requiera, implicará necesariamente la calificación de "apto" en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos. En el caso del titulo de Experto, deberá acreditarse además, este extremo de igual forma a la señalada en los párrafos anterior.
3. Los cursos o ponencias impartidos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original de la certificación suscrita por la Entidad que los convocó.
4. Las publicaciones en Revistas Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito y tirada nacional se acreditarán mediante los ejemplares correspondientes de la revista o articulo en original, que serán devueltos a los interesados transcurrido el periodo selectivo.
5. La experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por el Ayuntamiento o entidad en la que se hayan prestado los servicios.
6. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de aprobación de las presentes Bases, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Presidente:
Titular: Don Miguel Castellano Gámez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Loja.
Suplente: Sra. doña Aurora del Carmen Cárdena Serrano, Teniente de Alcalde, Concejal-Delegado de Personal.
- Vocales:
Un funcionario en representación de la Junta de Andalucía:
Titular: Don José Muela Romero Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.
Suplente: Doña M.ª José Díaz Orellana. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.
Un funcionario designado por el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Granada.
Titular: Doña Mercedes Dabán Sánchez.
Suplente Doña Elena Valenzuela Poyatos.
Un funcionario en representación del Centro de Estudios Municipales y Cooperación Internacional (CEMCI).
Titular: Don José Rodríguez Torres.
Suplente: Doña Carolina Martínez Amiguetti.
Don Juan Carlos Godoy Malo, funcionario Técnico, Jefe de Recursos Humanos, designado por el Sr. Alcalde. Suplente, Don Juan Carlos Godoy Malo.
Secretario: Don Rafael Cuevas Valenzuela, Secretario de la Corporación.
D) Aprobación de bases: Decreto Alcaldía (24 de enero 2005).
E) Convocatoria: Decreto Alcaldía (24 de enero 2005).
Corporación: Ayuntamiento de Motril.
Población a 31 de diciembre del año anterior: Superior a 50.000 habitantes.
Denominación del puesto: Intervención, clase primera.
Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior.
Complemento destino: Nivel 28 (veintiocho).
Cuantía del complemento específico: 17.668,41
(diecisiete mil seiscientos sesenta y ocho euros con cuarenta y un céntimos).
¿Cubierto por titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación de esta convocatoria?: No.
Puntuacion mínima: 25%.
Pago gastos: No.
Entrevista: Sí.
A) Méritos específicos:
a) Por cursos sobre el Plan de Contabilidad para la Administración Local impartidos u homologados por el INAP, IAAP, u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas, con una duración mínima de 40 horas. Por cada curso de 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.
b) Por cursos sobre manejo de la aplicación informática SICAL de Contabilidad impartidos u homologados por el INAP, IAAP, u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas, con una duración mínima de 40 horas. Por cada curso 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.
c) Por cada año completo de servicios prestados como Interventor en Ayuntamientos con Presupuestos de más de 21.035.423,65
, 0,5 puntos; y más de 27.045.544,70
, 1 punto, siendo el máximo 1 punto.
d) Por cada año completo de servicios prestados como Interventor en Mancomunidades, 0,5 puntos por año hasta un máximo de 1 punto.
e) Por experiencia como Interventor en Organismos Autónomos Locales, por cada año completo 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.
f) Por servicios prestados en sociedades mercantiles de carácter mixto con participación de capital público y privado en el área económica y/o contable de la misma, 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.
g) Por servicios prestados en Municipios de más de 50.000 habitantes por cada año completo, 0,5 puntos hasta un máximo de 1,5 puntos.
B) Acreditación méritos:
Los méritos específicos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado de asistencia al correspondiente curso y mediante certificado expedido por el Ayuntamiento, Sociedad Mercantil, Mancomunidad u Organismo Autónomo respectivo donde hayan prestado sus servicios.
C) Tribunal:
Presidente:
Titular: Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Motril.
Suplente: Sra. Tte. de Alcalde Delegada de Economía, Hacienda del Excmo Ayuntamiento de Motril.
Vocales:
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Don Javier Torres Cardona. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Suplente: Don José Muela Romero. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Titular: Sr. Secretario del Excmo Ayuntamiento de Motril, don Francisco Ruiz de Almodóvar Rivera
Suplente: Sr. Tesorero del Excmo. Ayuntamiento de Motril, don Miguel Angel Gutiérrez Vela.
Titular: Concejal del Excmo. Ayuntamiento de Motril.
Suplente: Concejal del Excmo.. Ayuntamiento de Motril.
3. La "solicitud de participación" y el "orden de prelación de adjudicaciones" habrán de presentarse con arreglo a los modelos que se adjunten en la Resolución por la que se efectúe la publicación conjunta en extracto de todas las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.
4. Los requisitos exigidos así como los méritos deberán reunirse a la fecha de la Resolución por la que se efectúe la publicación conjunta en extracto de todas las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarta. Méritos de determinación autonómica.
Méritos de determinación autonómica en los puestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Decreto 36/1997, de 4 de febrero).
1. Méritos.
Los méritos relacionados con el conocimiento de la organización territorial y normativa autonómica de Andalucía son los siguientes:
a) Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo en las Entidades Locales del territorio de Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que formen parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorará la asistencia y, en su caso, superación de los cursos de estas características que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, organizados u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública.
c) Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se refiere el apartado b).
d) Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Valoración de méritos.
a) La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 1 punto, según las reglas siguientes:
- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, correspondientes a la Subescala a que se concursa: 0,03 puntos por mes.
- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de distinto grupo o Subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.
- Servicios prestados en puestos de trabajo no reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional: 0,01 punto por mes.
b) Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta 1,50 puntos, según las siguientes reglas:
- Cursos de formación y perfeccionamiento específicos. Se valorarán hasta un máximo de 1 punto los que, teniendo su programa por objeto la formación en alguna de las áreas de conocimiento propios de la organización territorial y normativa de la Comunidad de Andalucía, tengan relación directa con las funciones del puesto de trabajo que se convoca, de las reservadas a estos funcionarios en los artículos 2 a 5 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre.
La valoración de cada curso específico se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala:
a) Cursos de duración comprendida entre 15 y 30 horas lectivas: 0,25 puntos por curso.
b) Cursos de duración de 31 hasta 50 horas lectivas: 0,40 puntos por curso.
c) Cursos de duración de 51 hasta 100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.
d) Cursos de duración de 101 horas lectivas o más: 1 punto por curso.
- Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
Se valorarán hasta un máximo de 0,50 puntos los que, teniendo su programa por objeto la formación en alguna de las áreas de conocimiento propias de la organización territorial y normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, guarden alguna relación con las funciones del puesto de trabajo convocado de las reservadas a estos funcionarios en los artículos y disposición legal citados en el párrafo anterior.
La valoración de cada curso relacionado se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala:
a) Cursos de duración comprendida entre 15 y 30 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.
b) Cursos de duración comprendida entre 31 y 50 horas lectivas: 0,25 puntos por curso.
c) Cursos de 51 horas lectivas o más: 0,50 puntos por curso.
En todo caso, en las convocatorias de los cursos se indicará la puntuación que se otorga a los mismos, el número de horas lectivas y el sistema de evaluación.
En los cursos se establecerá la posibilidad de valorar su realización por módulos, cuando éstos sean susceptibles de consideración independiente en razón del planteamiento material y didáctico del mismo.
- Cursos de formación y perfeccionamiento no relacionados. Aquellos cursos cuyos programas carezcan de relación con las funciones reservadas a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional no serán objeto de valoración.
Titular: Sr. Jefe del Servicio de Economía y Hacienda del Excmo. Ayuntamiento de Motril, don Francisco Luis Martín Oliva.
Suplente: Letrada del Excmo. Ayuntamiento de Motril, doña Inmaculada Sierra Morcillo.
Actuará en calidad de Secretario del Tribunal don Francisco Luis Martón Oliva o en su caso como suplente de la titular, doña Inmaculada Sierra Morcillo.
D) Aprobación bases: Junta de Gobierno (26 enero de 2007).
E) Convocatoria: Decreto de Alcaldía (5 febrero de 2007).
Corporación: Ayuntamiento de Quéntar (Granada).
Población: 1.054 habitantes.
Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.
Nivel del de complemento de destino: 26.
Complemento específico: 1,300 euros/mes.
Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar, si lo estima necesario, la celebración de una entrevista para la concreción de los méritos específicos.
A estos efectos se notificarán a los concursantes afectados de la fecha, hora y lugar de celebración.
A) Méritos específicos, valoración y acreditación.
I. Experiencia profesional:
I.1. Servicios prestados como Secretario/a-Interventor/a en el Ayuntamiento de Quéntar. Por cada mes completo de servicio prestado: 0.25 puntos por mes, con un máximo de 3,5 puntos.
I.2. Servicios prestados como Interventor/a en municipios de la categoría Superior: 0,15 puntos por mes, con un máximo de 1 punto.
I.3. Prestación de servicios como Responsable Administrativo Financiero en Grupo de desarrollo Local: 0,10 puntos por mes, con un máximo de 1 punto.
II. Formación académica:
Cursos de formación y perfeccionamiento:
II.1. Por estar en posesión de Diploma de Especialista en Derecho Administrativo Local Andaluz: 1 punto.
II.2. Por cursos de formación y perfeccionamiento no comprendidos en el apartado anterior, sobre materias relacionadas con la Administración Local impartidos u homologados por el IAAP, INAP o CEMCI:
De 12 a 50 horas lectivas: 0,20 puntos por cada curso.
De más de 50 horas lectivas: 0,35 puntos por cada curso.
El máximo puntuable de este apartado II.2, será 1 punto.
B) Acreditación de los méritos:
La experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por el Ayuntamiento o entidad en la que se hayan prestado los servicios.
Los cursos de formación se acreditarán mediante fotocopia compulsada del correspondiente título o certificado.
C) Tribunal:
Presidente:
Titular: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quéntar.
Suplente: El Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Quéntar.
Vocal 1.º y suplente: Un vocal designado por el Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros.
Vocal 2.º: Un funcionario con habilitación nacional designado por el Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación Provincial de Granada.
Titular: Don Francisco Cabrera García.
Suplente: Don José Luis Garrido Cabrera.
Vocal 3.º: Titular: Don Luis Rojas Jiménez, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Pinos Genil (Granada).
Suplente: Doña Inmaculada Herrera Ortiz, Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Beas de Granada (Granada).
- Vocal 4.º: Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Titular: Don José Muela Romero. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Suplente: Don Julián Lozano Requena. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada
- Secretario: Actuará de Secretario el Tercer vocal titular. Suplente: el suplente del tercer Vocal titular.
En caso de que coincida la ausencia de un vocal titular y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.
C) Aprobación bases: Resolución Alcaldía (10 de enero 2007).
D) Convocatoria: Resolución Alcaldía (10 de enero 2007).
Corporación: Ayuntamiento de Vegas del Genil (Granada).
Población al 1 de enero de 2006: 6.599 habitantes,
Denominación del puesto: Vicesecretaría-Intervención.
Subescala: Secretaria-Intervención.
Complemento destino: 28.
Complemento específico: 22.200
Jubilación: No.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos:
Se establecen en función de las peculiaridades del puesto de trabajo: su condición de puesto de colaboración en los términos previstos en el apartado g) del art. 2 del R.D. 1732/1994, a desempeñar por funcionario de la Subescala de Secretaría- Intervención, en una Entidad Local con población superior a 5.000 habitantes y con mas de un núcleo de población.
1. Por haber desempeñado un puesto de trabajo de Secretaría-Intervención incluido en la relación de Puestos de Trabajo de una entidad local territorial con población superior a 5.000 habitantes, a razón de 0,05 puntos/mes de servicio, y hasta un máximo 4,5 puntos.
2. Por haber desempeñado el puesto de Secretaría-Intervención en entidades locales de mas de una entidad de población, en que cada una de ellos tenga al menos tenga al menos una población de 1.500 habitantes, a razón de 0,25 puntos/mes de servicio, y hasta un máximo de 3 puntos. En ningún caso se valorarán las fracciones inferiores al mes.
B) Acreditación méritos:
Mediante certificados (o copias compulsadas) expedidos por el órgano competente del Centro u Organo Oficial en que se hayan prestado los servicios, debiendo detallar todos los extremos que se requieren para su valoración y, en su caso, de los que hayan impartido o realizado los cursos. La publicaciones se justificarán mediante certificado de la Editorial.
C) Tribunal:
Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación.
Suplente. Primer Teniente de Alcalde.
Vocales:
1. Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Doña María José Díaz Orellana. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
Suplente: Doña Ana Isabel Martínez Pérez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Granada.
2. Un representante designado por la Diputación de Granada, con su respectivo suplente.
3. Un funcionario de la Escala de Habilitación Nacional designado por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros, con su respectivo suplente.
4. El Secretario de la Corporación, con su respectivo suplente (o funcionario con habilitación nacional designado al efecto) que actuará como Secretario del Tribunal.
D) Aprobación bases: 9 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 9 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
PROVINCIA DE MALAGA
Corporación: Ayuntamiento de Alhaurín el Grande (Málaga).
Denominación puesto: Vicesecretaría.
Población: 21.070 (1 enero 2006)
Subescala: Secretaría-Intervención.
Complemento de destino: 23.
Complemento específico: 1.665,39
mensual (ejercicio 2007).
Jubilación: No.
Puntuación mínima: 7,5 puntos.
Entrevista: No.
Paga gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia Profesional (puntuación máxima 6,5 puntos).
Experiencia en Administración Local ocupando puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional, como funcionario de carrera, en puesto de Secretaría, en Ayuntamientos que hayan tenido un Organismo Autónomo de Carácter Comercial: 2,5 puntos por año completo hasta un máximo de 5 puntos. Excluyéndose períodos inferiores o fracciones de año.
2. Por haber desempeñado, como funcionario de carrera, de manera efectiva en algún Ayuntamiento no costero de categoría Superior, con presupuesto consolidado en los ejercicios 2006 y 2007 superior a veintisiete millones de euros, que cuente con un Patronato Municipal de la Vivienda, el puesto de Secretario General reservado a funcionario de habilitación nacional, tanto del Ayuntamiento como del Patronato. Por cada año completo 0,75 puntos, hasta un máximo de 1,5 puntos. Excluyéndose períodos inferiores o fracciones.
Formación: (puntuación máxima 1 punto).
1. Cursos que versen íntegramente sobre Proyectos de Gastos y Gastos con financiación afectada con una duración no inferior a 20 horas: 0,50 puntos.
2. Cursos que versen íntegramente sobre Planificación Estratégica del Desarrollo Local con una duración no inferior a 20 horas: 0,50 puntos.
Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridad a 1.1.2004 con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
B) Acreditación méritos:
Experiencia profesional: Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán:
Los méritos contemplados en los apartados 1 y 2 mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia compulsada de documento acreditativo, expedido por el Secretario del Ayuntamiento y/u Organismo Autónomo.
Formación:
La acreditación de los cursos se hará mediante original o copia compulsada del certificado acreditativo del mismo.
Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Presidente: Don Juan Martín Serón, Alcalde- Presidente. Como suplente del Presidente actúa: Doña Antonia Jesús Ledesma Sánchez.
Vocales:
1. Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Titular: Don Alejandro Pérez Díaz. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Suplente: Doña Pilar González López. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
2. El Concejal Delegado de Personal de la Corporación:
Titular: Don José Aragón Rodríguez.
Suplente: Don Sebastián Burgos García.
3. Un funcionario con Habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, titular del puesto de Tesorería del Ayuntamiento.
4. Un funcionario con Habilitación de carácter nacional Subescala Intervención-Tesorería, categoría Superior, titular del puesto de Intervención del Ayuntamiento.
Actuará como Secretario el Sr. Interventor de Fondos de la Corporación o vocal en quien delegue.
Los nombramientos de titulares y suplentes se efectuarán por Decreto de la Alcaldía exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para general conocimiento.
D) Aprobación bases: 26 enero de 2007 (Junta Gobierno Local).
E) Convocatoria: 26 enero de 2007 (Junta Gobierno Local).
Corporación: Ayuntamiento de Benahavís (Málaga).
Denominación puesto: Intervención.
Subescala: Intervención-Tesorería.
Población: 3.080 (1 de enero 2006).
Complemento destino: 28.
Complemento específico: 7.600
anual (ejercicio 2007).
Jubilación: No.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia Profesional (puntuación máxima 2,5 puntos).
Se valorarán con 2,5 puntos la prestación de servicios por un período mínimo de tres meses en un puesto de trabajo reservado a Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, en un Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya Intervención esté clasificada como de segunda categoría, con población de derecho inferior a 4.000 habitantes y en el que concurra todas y cada una de las siguientes características:
1. Contar con un presupuesto de ingreso superior a 15.000.000 de
2. Realizar el abastecimiento domiciliario de agua potable, ya sea a todo o a parte del término municipal.
3. Contar con un Plan General de Ordenación Urbanística definitivamente aprobado cuya antigüedad o la de sus sucesivas revisiones sea superior a veinte años.
Para ser tenida en cuenta las características previstas en los tres puntos anteriores deberán concurrir simultáneamente durante todo el tiempo en que el candidato haya desempeñado la plaza.
2. Formación (puntuación máxima 5 puntos).
Se valorarán con 5 puntos a aquellos candidatos en los que concurran todas y cada una de las siguientes características:
1. Haber obtenido el Premio al mejor expediente académico en la Licenciatura de Administración y Dirección de empresas.
2. Conocimiento de la lengua extranjera "inglés".
3. Haber impartido por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol en materia del agua potable.
Para ser tenidas en cuenta las características previstas en los tres puntos anteriores deberán concurrir simultáneamente durante todo el tiempo en que el candidato haya desempeñado la plaza.
B) Acreditación:
1. Experiencia Profesional:
Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia compulsada de documento acreditativo, expedido por el Secretario del Ayuntamiento y visado por el Alcalde.
2. Formación:
Resolución de la Secretaría General de Economía por la que se adjudican los Premios a los mejores expedientes académicos, publicada en el BOJA.
La acreditación de los cursos se hará mediante original o copia compulsada del certificado acreditativo del mismo.
Copia compulsada del certificado expedido por la Escuela Oficial de Idiomas.
Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Presidente: El Alcalde de la Corporación o miembro en quien delegue.
Titular: Don Antonio Mena Gracia.
Suplente: Don Cristóbal Becerra Pérez.
Vocales:
Un concejal de la Corporación designado por la Alcaldía:
Titular: Don José Antonio Mena Castilla
Suplente: Doña Victoria Eugenia Guerrero Jiménez.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Doña Rosa Jiménez Reyes. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Suplente: Doña Yolanda Agudo Pérez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de carrera, de igual o superior categoría:
Titular. Don José Alberto Alcántara Leonés.
Suplente: Don Diego Rodríguez Borrero.
Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que asumirá las funciones de secretario:
Titular: Doña Teresa Herrero Fuentes.
Suplente: Don Joaquín Alonso Varo.
D) Aprobación bases: 9 de marzo de 2007 (Acuerdo Pleno).
E) Convocatoria: 8 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Cártama (Málaga).
Denominación del puesto: Secretario.
Población: 16.692 habitantes.
Subescala: Secretaria.
Categoría: Superior.
Nivel de complemento de destino: 28.
Cuantía del complemento específico ejercicio 2006: 2.032,34 euros mensuales.
Entrevista: No.
Puntuación mínima: 25 por ciento de la puntuación total.
A) Méritos expecíficos y acreditación:
a) Experiencia (máximo: 6 puntos).
Conocimiento y experiencia en el desempeño de funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional en puestos pertenecientes a la Subescala de Secretaría Superior en municipios de relevancia territorial según la LOUA e integrados en algún Consorcio de Transportes: 1,5 puntos por cada año completo, con un máximo de 3 puntos por este apartado. Se acreditará mediante certificación del Ministerio de Administraciones Públicas, o del Ayuntamiento respectivo o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.
Conocimiento y experiencia en el desarrollo de funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Secretaría en Ayuntamientos de Municipios que cuenten con al menos once núcleos o entidades de población reconocidas por el Instituto Nacional de Estadística: 1 punto por cada año completo y continuado de servicios, hasta un máximo de 3 puntos. La prestación de los servicios continuados se acreditará mediante certificación del Ayuntamiento respectivo o del Ministerio de Administraciones Públicas, asimismo se acompañará la certificación oficial acreditativa de las entidades de población existentes emitida por el Instituto Nacional de Estadística o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.
b) Cursos: Máximo: 1,50 puntos.
Formación específica sobre la Unión Europea: Por la realización de cursos organizados o convocados por entidades públicas tales como Universidades, INAP, o Institutos de la Administración Pública de las Comunidades Autónomas y que versen íntegramente sobre contenidos especializados y relativos a la Unión Europea y tengan una duración igual o superior a 80 horas. Por cada curso 1,10 puntos, hasta un máximo de 1,10 puntos. Se acreditará mediante certificación de realización del curso por la Entidad organizadora o convocante o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.
Formación específica sobre Actualidad de la Legislación Andaluza: Por la realización de cursos organizados o convocados por entidades públicas tales como Universidades, INAP, o Institutos de la Administración Pública de las Comunidades Autónomas y que versen íntegramente sobre contenidos relativos a la Actualidad de la Legislación Andaluza y que tengan una duración igual o superior a 32 horas lectivas. Por cada curso 0,10 puntos, hasta un máximo de 0,40 puntos. Se acreditará mediante certificación de realización del curso por la Entidad organizadora o convocante o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.
B) Tribunal:
Titulares:
Presidente: Don José Garrido Mancera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
Vocales:
Un representante de la Junta de Andalucía:
Don José M.ª Martínez Fernández. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
Don José Manuel Parrado Florido, Secretario de Habilitación Nacional, categoría superior
Don José Manuel Páez López, Secretario de Habilitación Nacional, categoría superior, que actuará como Secretario, con voz y voto.
Doña M.ª Isabel Alcántara Leonés, Secretaria de Habilitación Nacional, categoría superior.
Doña Angeles Jiménez Criado, Interventora, Habilitación Nacional.
Suplentes:
Presidente: Don Jorge Gallardo Gandulla, Concejal Delegado de Personal.
Vocales:
Un representante de la Junta de Andalucía.
Doña Rosario García Morillas. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
Don Fermín Vallecillo Moreno, Interventor, Habilitación Nacional.
Doña Sara Nieves García, Secretaria Habilitación Nacional, categoría superior.
Doña Pilar Victoria Reina Pérez, Interventora de Habilitación Nacional.
Doña M.ª Luisa Calvo Moya, Secretaria Habilitación Nacional.
C) Aprobación bases: 18 de enero de 2007 (Decreto Alcaldía).
D) Convocatoria: 18 de enero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Cortes de la Frontera (Málaga).
Población a 31.12.2006: Inferior a 5.000 habitantes.
Denominación puesto: Secretaría-Intervención.
Categoría: Clase 3.ª
Nivel complemento destino: 25.
Cuantía de complemento específico: 936,20
mes.
Jubilación: No.
Entrevista: No.
Pago gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia Profesional (puntuación máxima 4 puntos).
Haber desempeñado durante al menos un período de dos años continuados, funciones reservadas a Funcionario Local con habilitación carácter nacional como Secretario-Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente en municipios con población de derecho no superior a 1.000 habitantes, y cuyo término municipal esté catalogado al tiempo de prestación de servicios como "Complejo Serrano" en un Plan Especial de Protección: 1 punto.
Haber desempeñado durante al menos un período de diez meses, funciones reservadas a Funcionario Local con Habilitación de carácter nacional, como Secretario-Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente en municipios con población de derecho no superior a 5.000 habitantes, y que parte o todo su término municipal esté incluido en parques naturales declarados: 1 punto.
Haber desempeñado durante al menos un período de diez meses, funciones reservadas a Funcionario Local con habilitación de carácter nacional como Secretario-Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente en municipios con población de derecho no superior a 5.000 habitantes y que cuente con mas de un núcleo de población separado del núcleo principal: 1 punto.
Haber desempeñado, durante el menos un período de diez meses, funciones reservadas a Funcionario Local con habilitación carácter nacional como Secretario-Interventor en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en mas de una municipio en régimen de acumulación, con población de derecho no superior en ningún caso a los 5.000 habitantes: 1 punto.
2. Formación (puntuación máxima 3,5 puntos).
2.1. Por la realización de cursos sobre " El Régimen Urbanístico del Suelo y la Ordenación del Territorio en Andalucía" con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la vivienda protegida y el suelo, con una duración no inferior a 40 horas lectivas: 1 punto (máximo 1 punto).
2.2. Por la realización de cursos de " Actualización del Régimen Jurídico y Presupuestario de las Entidades Locales de Andalucía", con una duración no inferior a 30 horas lectivas: 1 punto (máximo 2 punto).
2.3. Por la realización de cursos de Contabilidad Local", con duración no inferior a 20 horas lectivas: 0,50 puntos (máximo 0,50 puntos).
B) Acreditación méritos:
Experiencia Profesional: Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente expedido por las Entidades Locales donde hayan prestado los servicios, o bien fotocopia compulsada de documentos acreditativo.
Cursos: Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP u organismos similar de Comunidad Autónoma o bien por Organismos Públicos Oficiales o Institución privada pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos por los organismos antes mencionados.
Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterior al 1.11.04, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
La acreditación de los cursos se hará mediante copia compulsada de los Certificados de asistencia expedidos por las entidades u organismos públicos organizadores del curso.
C) Tribunal:
Presidente: Don Francisco Márquez Barea, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cortes de la Frontera.
Presidente Suplente: Don Antonio Ruiz Sánchez, 1.er Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Cortes de la Frontera.
Vocales Titulares:
Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Titular: Don Alejandro Pérez Díaz. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Un Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría- Intervención que hará las veces de Secretario del Tribunal, don Antonio Arroyo Turrillo.
Un Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención, doña Raquel León Alamilla.
Un Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención, doña Isabel Ruiz Ruiz.
Vocales Suplentes:
Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Doña Rosa Jiménez Reyes. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Un Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención, doña Isabel Díaz Caparrós.
Un Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención, doña Paloma Olmedo Sánchez.
Un Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención, doña María Angeles Villalba Espejo.
D) Aprobación bases: 24 de enero de 2007 (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 24 de enero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Fuengirola.
Denominación del puesto: Secretario.
Subescala: Secretaría.
Categoría: Superior.
Nivel de complemento de destino: 30.
Complemento específico: 2.329,00 euros /mes.
Entrevista: El Tribunal podrá celebrar entrevista con el concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. La fecha lugar y hora de celebración de la entrevista será notificada a los afectados por el Tribunal al menos con 6 días de antelación a su celebración.
Puntuación mínima: 7,5.
¿Cubierto por titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación de esta convocatoria?: No.
A) Méritos específicos.
Experiencia profesional. Por servicios prestados en puesto de Secretaría de Ayuntamientos de capital de provincia o Municipios de mas de 50.000 habitantes, Diputaciones, Cabildos o Consejos insulares: 0,15 puntos por mes hasta un máximo de 4 puntos.
Cursos de formación y perfeccionamiento. Por asistencia a cursos de formación en centros oficiales de formación de las Administraciones Públicas sobre materias relacionadas directamente con el puesto de Secretaría; 0,1 punto por curso de 20 horas o superior, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Titulación complementaria. Por cada título de postgrado universitario impartido por una Universidad Pública sobre materia relacionada directamente con el puesto de Secretaría: 1 punto, hasta un máximo de 1 punto.
Actividad docente universitaria: Por cada curso académico en el que se haya impartido docencia de materias relacionadas directamente con el puesto de Secretaría, en una Universidad Pública o Centro Asociado: 0,5 puntos hasta un máximo de 2 puntos.
La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado, será la siguiente en cada caso:
Experiencia profesional: La experiencia profesional se justificará presentando certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos: Denominación de los puestos de trabajo que haya desempeñado, con expresión del tiempo que los haya ocupado y dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.
Cursos y seminarios, congresos y jornadas: Para acreditar los méritos señalados en el punto B del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del evento, o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa en la que conste la denominación del curso o jornada, su duración y el concepto en el que participó el aspirante. En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán los cursos, jornadas, etc., relacionados con las funciones a desarrollar en el puesto de Secretaría. En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso. En todos los casos previstos en el apartado B de este baremo deberá acreditarse el contenido de los cursos de formación mediante la presentación del programa. En otro caso, el Tribunal valorará discrecionalmente la relación o no con el contenido del puesto de trabajo.
Titulación complementaria: Para acreditar los méritos señalados en el punto C del baremo habrá de aportarse certificación académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.
Actividad docente universitaria: La actividad docente universitaria se justificará mediante certificación de la contratación o nombramiento de la Universidad correspondiente, duración del mismo, así como materias sobre las que se ha impartido la docencia.
B) Tribunal:
Presidente:
Titular: Doña Esperanza Oña Sevilla, Alcaldesa-Presidenta de la Corporación.
Suplente: Doña Ana Mula Redruello, Teniente de Alcalde.
Vocales:
A designar por la Junta de Andalucía:
Titular: Doña Yolanda Agudo Pérez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Suplente: Doña Rosa Jiménez Reyes. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública.Málaga.
Titular: Don José Manuel Modelo Baeza, Interventor de esta Corporación.
Suplente: Doña Dolores Cirera Guiraum, Técnico Superior de esta Corporación.
Titular: Don José Venegas Fernández, Técnico Superior de esta Corporación.
Suplente: Don Francisco Arvilla González, Técnico Superior de esta Corporación.
Titular: Doña Justina Martín Martín, Concejal de la Corporación.
Suplente: Don Francisco José Martín Moreno, Concejal de la Corporación.
Secretario: Actuará de Secretario una letrada de la Asesoría Jurídica.
Los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o Superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra alguna circunstancia de las previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en éstos concurra alguna circunstancia de la determinada en el mencionado precepto legal.
D) Aprobación bases: 18 de enero de 2007 (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 18 de enero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Excmo. Ayuntamiento de Málaga.
Población: + de 20.000 habitantes.
Denominación del puesto: Secretaría, clase 1ª.
Subescala y categoría: Secretaría superior.
Complemento de destino: 30.
Complemento específico: 63.654,96
Puntuación mínima: 7,50 puntos.
Entrevista: No.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
Desempeño de puestos anteriores.
1. Haber desempeñado como habilitado nacional, plaza de Secretario, Vicesecretario u Oficial Mayor de Ayuntamiento de Municipios con población superior a 300.000 habitantes, 0,25 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 3 puntos.
2. Haber desempeñado como habilitado nacional, plaza de Secretario, Vicesecretario u Oficial Mayor de Ayuntamiento en Municipios con población superior a 50.000 habitantes, 0,20 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 2 puntos.
3. Haber desempeñado como habilitado nacional, plaza de Secretario, Vicesecretario u Oficial Mayor en Diputaciones Provinciales o haber desempeñado funciones directamente relacionadas con la Administración Local en la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas, con categoría, al menos, de Jefe de Servicio: 0,10 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 1 punto.
Master: Por poseer un Master en Materia de Administración Local: 1 punto.
Nivel alcanzado en la docencia oficial:
c.1. Por haber obtenido en propiedad plaza de catedrático de Derecho o de Profesor Titular de Derecho en Universidades Españolas: 1,5 puntos.
c.2. Por haber desempeñado plaza de Profesor Asociado en asignaturas de Derecho de Universidades Españolas: 1 punto. Con doctorado: 1,25 puntos.
d. Cursos y publicaciones:
d.1. Por haber participado como profesor en cursos que, en materia de Régimen Local, hubieran sido convocados por Institutos u otros órganos oficiales, hasta un máximo de 1 punto.
- Cursos de duración superior a 100 horas: 0,50 puntos por curso, hasta un máximo de 1 punto.
- Cursos de duración superior a 50 horas. 0,25 puntos por curso, hasta un máximo de 0,5 puntos.
- Cursos de duración superior a 15 horas: 0,15 puntos por curso, hasta un máximo de 0,30 puntos.
d.2. Publicaciones relacionadas con el Régimen Local en monografías o en revistas de reconocido prestigio, así como comunicaciones publicadas referentes a Jornadas. Seminarios, etc. Por cada publicación: 0,25 con un máximo de 1 punto.
Reglas de valoración de los méritos específicos previstos en la Base Segunda anterior:
Por epígrafe a) se puede alcanzar un máximo de 3 puntos, sin que se puedan acumular los relativos a los distintos apartados. Se computará sólo la puntuación relativa al puesto de mayor valoración en que se hayan prestado servicios.
Por el epígrafe b) se puede alcanzar una puntuación única de 1 punto.
Por el epígrafe c) se puede alcanzar un máximo de 1,5 puntos, no siendo acumulables los relativos a los distintos apartados recogidos en el mismo.
Por el epígrafe d) se puede alcanzar un máximo de 2 puntos. Son acumulables los puntos alcanzados por los méritos de los apartados d1 y d2). Los del apartado d1) son acumulables, pero no pueden exceder, en conjunto 1 punto.
La puntuación total obtenida por el concursante en méritos específicos no podrá exceder en todo caso de 7,50 puntos.
B) Acreditación méritos:
Por lo que respecta a los méritos específicos alegados por los/as concursantes, referentes a la Base anterior, se acreditarán por los/as interesados/as de la siguiente forma:
Los relativos a los apartados del epígrafe a) mediante certificación expedida por la Entidad Local o por la Administración Pública en que se hubiesen prestado los servicios, que acreditará, asimismo, el número de habitantes de la población, o con cualquier otro documento fehaciente.
El del epígrafe b) con fotocopia autenticada del Master, o el original en su caso.
Los del epígrafe c) con certificación expedida por el Secretario de la Universidad correspondiente.
Los del apartado del epígrafe d1), del epígrafe d) con certificación expedida por el Instituto u órgano que hubiese convocado el curso. Los del apartado d2) de dicho epígrafe, con la presentación de la monografía o de la revista o bien con fotocopias autenticadas de las publicaciones.
C) Tribunal:
a) Presidente:
Titular. Don Francisco de la Torre Prados.
Suplente: Doña Carolina España Reina.
b) Vocales:
Titular. Don José Antonio González Jiménez.
Suplente: Don Emilio González Jaime.
Titular: Don Rafael Talavera Bernal.
Suplente: Doña M.ª Dolores Turanzas Romero.
Representantes de la Junta de Andalucía:
Titular: Doña María Gracia Ogallar Barella. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Suplente: Doña Pilar González López. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Titular: Doña Eva Ruiz Muñoz (que asumirá las funciones de Secretaria del Tribunal).
Suplente. Don Francisco Molina Molina (que asumirá las funciones de Secretario del Tribunal)
D) Aprobación bases: Acuerdo Junta de Gobierno (6 de octubre de 2006).
E) Convocatoria: Acuerdo Junta de Gobierno (6 de octubre de 2006).
Corporación: Mancomunidad Costa del Sol Occidental. (Málaga).
Denominación del puesto: Tesorería.
Subescala: Intervención-Tesorería.
Complemento destino: 30
Complemento específico: 3.906,93 euros mensuales.
Puntuacion mínima: 25% de la puntuación total.
A) Méritos específicos, valoración y acreditación:
1. Conocimiento y experiencia en Mancomunidades o Municipios integrantes de Mancomunidades:
Por haber desempeñado puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en Mancomunidades o Municipios integrantes de Mancomunidades: 0,20 puntos por año. Máximo 2 puntos.
Se acreditará mediante certificación del Ministerio de Administraciones Públicas, o de Mancomunidad o Ayuntamiento respectivo, o por cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.
2. Conocimiento y experiencia en el desarrollo del trabajo en entidades locales de ámbito superior al municipal, en especial en la gestión tributaria y recaudatoria. Por haber prestado servicios en puesto Directivo o Gerencial, o como Interventor o Tesorero en Organismo o Entidad Supramunicipal con funciones tributarias y recaudatoria, 0,50 puntos por cada año: máximo 2 puntos. Se acreditará mediante certificaciones oficiales o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.
3. Formación Jurídica, tributaria, recaudatoria, presupuestaria y contable:
- Por haber impartido como profesor Universitario (Catedrático, Titular o Asociado) docencia en disciplinas pertenecientes a alguna de las titulaciones exigidas para el ingreso en la Subescala de Intervención-Tesorería, 0,12 puntos por año; máximo 1,5 puntos.
Se acreditará por certificación de la Universidad.
- Por publicaciones (libros o monografía) con ISBN y extensión superior a 250 páginas, relacionadas directamente con la Administración local: 0,50 puntos por cada publicación, máximo 1 punto.
Se acreditará mediante la presencia de Tesis, o por cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.
- Por haber obtenido el título de Doctor con tesis que versen sobre un tema directamente relacionado con las funciones a desarrollar por la Subescala de Intervención-Tesorería: 1 punto. Se acreditará mediante la presentación de la tesis o por cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.
B) Tribunal:
Titulares:
Presidente: Don Juan Sánchez García, Presidente de la Mancomunidad.
Vocales:
Doña María Isabel Alcántara Leonés, Secretaria de Habilitación Nacional, que actuará como Secretaria, con voz y voto.
Don Juan Antonio Sánchez Márquez, Vocal de Mancomunidad.
Don Jorge Martínez Rodríguez, Interventor-Tesorero de Habilitación Nacional.
Don Francisco Díaz Argüelles, Interventor-Tesorero de Habilitación Nacional.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Doña Pilar González López. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Málaga.
Suplentes:
Presidente: Don Agustín Moreno Muñoz, Vicepresidente de Mancomunidad.
Vocales:
Don Félix Romero Moreno, Asesor Jurídico de Mancomunidad.
Don Juan Pedro Gómez Sánchez, Vocal de la Mancomunidad.
Don Rafael Talavera Bernal, Interventor-Tesorero de Habilitación Nacional.
Don Juan Antonio Aybar Redondo, Interventor-Tesorero de Habilitación Nacional.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Suplente: Don Alejandro Pérez Díaz. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública.
C) Aprobación bases: 23 de enero de 2007 (Decreto Presidencia).
D) Convocatoria: 23 de enero de 2007 (Decreto Presidencia).
Corporación: Ayuntamiento de Marbella (Málaga).
Población: superior a: 20.000 habitantes.
Denominación del puesto: Secretaría General.
Subescala y categoría: Secretaria-Superior.
Complemento de destino: 30.
Complemento específico: 4.348
Jubilación: No.
Puntuación mínima: 20%.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos:
a) Experiencia profesional:
1. Por servicios prestados como Secretario General en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional en Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en los que exista puerto deportivo o pesquero, conformados al menos con siete o más núcleos de población separados o diferenciados del principal y que su estructura administrativa cuente con una dotación mínima de tres Organismos Autónomos Locales, Gerencia Municipal de Urbanismo y una Empresa Municipal con forma de Sociedad Mercantil: 0,015 puntos por mes. Máximo: 3,7 puntos.
2. Por servicios prestados en puestos de trabajo de Secretario General en Ayuntamientos de Municipios no pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía con población superior a 50.000 habitantes y demás características mínimas reseñadas en el apartado anterior, 0,005 puntos por cada mes completo de servicios. Máximo 1,85 puntos.
3. Por servicios prestados en puestos de trabajo de Secretario, Vicesecretario u Oficial Mayor en Diputaciones Provinciales, municipios no comprendidos en los dos apartados anteriores o en entidades locales de tipo asociativo, 0,002 puntos por cada mes completo de servicios. Máximo, 0,9 puntos.
4. Por la permanencia en la prestación de servicios continuados en el mismo Ayuntamiento como funcionario de carrera desempeñando puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, correspondientes a la Subescala y categoría a que se concursa y con las características descritas en el anterior apartado primero:
Por cada 10 años, 0,07 puntos.
Por cada 15 años, 0,15 puntos.
Por cada 20 años, 0,30 puntos.
Máximo: 0,30 puntos.
b) Cursos y perfeccionamiento:
Por asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Secretaría cuyo programa tenga por objeto específico la formación de conocimientos propios de la organización y legislación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, hasta un máximo de 1,50 puntos, según la siguiente escala:
Cursos de duración comprendida entre 30 y 60 horas lectivas: 0,15 puntos por curso.
Cursos de duración comprendida entre 61 y 95 horas lectivas: 0,20 puntos por curso.
Cursos de duración superior a 95 horas lectivas: 0,25.
Aquellos cursos en los que se hayan superado pruebas o trabajos de evaluación serán valorados con el doble de la puntuación relacionada anteriormente.
c) Actividad docente:
La dirección docente de jornadas o cursos de formación así como la impartición de ponencias en cursos se valorarán con un máximo de 1,10 puntos, a razón de 0,15 puntos por cada actividad docente realizada.
d) Publicaciones:
Las publicaciones sobre materias relacionadas con el régimen local se valorarán hasta un máximo de 0,90 puntos en función de la extensión, contenido, calidad jurídica y publicación en revistas o medios especializados en ámbito nacional.
Segunda: Reglas de valoración de los méritos específicos previstos en la Base anterior.
Por el epígrafe a) se puede alcanzar un máximo de 4 puntos, sin que se puedan acumular los relativos a los tres primeros apartados del mismo y sólo computará la puntuación relativa al puesto de mayor valoración en que se hayan prestado servicios.
En el epígrafe b), sólo se valorarán aquellos cursos homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública, Instituto Nacional de Administración Pública u homónimo de las diferentes Comunidad Autónomas e impartidos por centros, organismos o entidades oficiales y públicas.
En el epígrafe c) sólo se valorarán las actividades docentes que se impartan en centros, organismos o entidades oficiales y públicas sobre materias relacionadas con el régimen local.
En el epígrafe d) corresponderá al Tribunal la valoración de la publicación o publicaciones atendiendo a los criterios fijados en estas bases y de forma especial a su relación e interés para el régimen jurídico local.
La puntuación total obtenida por el/la concursante en la Base de Méritos Específicos no podrá exceder, en todo caso, de 7,50 puntos.
B) Acreditación méritos:
Los méritos alegados por los/las concursantes, se acreditarán por los/las interesados/as de la siguiente forma:
Los relativos a los apartados del epígrafe a) mediante certificación expedida por la Entidad Local en que se hubiesen prestado los servicios, que acreditará, asimismo, el número de habitantes de la población y demás extremos requeridos.
Los relativos a los epígrafes b) y c) mediante copia compulsada del título o, en su caso, certificación expedida por el centro, organismo o entidad corrrespondiente que hubiera convocado el curso o la actividad docente.
Los del epígrafe d) mediante la presentación del trabajo, de la revista o bien mediante fotocopias autenticadas de las publicaciones.
C) Tribunal:
El Tribunal encargado de valorar los méritos de los/as candidatos/as estará formado por los siguientes miembros:
Presidente:
Titular: Don Diego Martín Reyes, Presidente del Ayuntamiento de Marbella.
Suplente: Doña Josefa López Pérez, Vocal Delegada de Personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Marbella.
Vocales:
Titular: Don Juan Antonio Castro Jiménez, Interventor del Ayuntamiento de Marbella.
Suplente: Doña María Isabel Alcántara Leonés, Secretaria Mancomunidad Costa del Sol Occidental.
Titular: Don Francisco Javier Moreno Alcántara, Tesorero del Ayuntamiento de Marbella.
Suplente: Don José de Vicente García, Tesorero Mancomunidad Municipios Costa del Sol Occidental.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Doña Rosario García Morillas. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
Suplente: Doña María Victoria Braquehais Lumbreras. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
Secretario:
Titular: Don Javier de la Cuevas Torres, Vicesecretario del Ayuntamiento de Marbella.
Suplente: Don Manuel Velasco Fernández, Jefe Servicio Personal Ayuntamiento de Marbella
D) Aprobación bases: 9 de enero de 2007 (Resolución de Presidencia).
E) Convocatoria: 9 de enero de 2007 (Resolución de Presidencia).
Denominación de la Corporación: Marbella (Málaga).
La población es superior a 20.000 habitantes: Sí.
Denominación del puesto: Vicesecretaría.
Subescala y categoría a que pertenece el puesto: Secretaría, categoría de entrada.
Nivel de complemento de destino: 29.
Cuantía del complemento específico: 4.346,90.
¿Cubierto con titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación de esta convocatoria?: No.
Puntuación mínima para participar en el concurso: 20%.
Realización de entrevista: No.
A) Méritos específicos:
a) Experiencia Profesional:
1. Por servicios prestados en el puesto de Secretaría de un Municipio o Mancomunidad de municipios, pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya población fuere igual o superior a los 100.000 habitantes y que cuente en su estructura organizativa, con al menos una sociedad anónima cuya finalidad sea la gestión del ciclo integral del agua. Criterio de Valoración: 0,02 puntos por mes de servicio. Máximo: 0,20 puntos.
2. Por servicios prestados en el puesto de Oficial Mayor de un Municipio, perteneciente al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya población fuere igual o superior a los 39.000 habitantes y que cuente en su estructura organizativa con al menos tres organismos autónomos cuyas finalidades sean:
- La gestión de las competencias municipales en materia urbanística.
- La gestión de las competencias municipales en materia deportiva.
- La gestión de las competencias municipales en materia de conservación, mantenimiento de infraestructuras y la limpieza.
Criterio de Valoración: 0,04 puntos por mes de servicio. Máximo: 1 punto.
3. Por servicios prestados en el puesto de Vicesecretario de un Municipio perteneciente al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya población fuere igual o superior a los 100.000 habitantes, que cuente en su estructura organizativa con al menos ocho sociedades limitadas, cuyas finalidades sean:
- La adquisición, enajenación y explotación de bienes inmuebles, fincas rústicas y urbanas, solares, locales de negocios, viviendas, oficinas y naves.
- Transporte de viajeros, transporte de mercancías por carretera, transportes por cables, transporte marítimo de mercancía por carretera.
- El servicio de asistencia técnica y legal para el control de la gestión de los servicios municipales y de las sociedades municipales.
- La promoción de la oferta turística en los mercados nacionales e internacionales, la promoción y potenciación de cuantas actividades, públicas como privadas, estén relacionadas, directa o indirectamente con el turismo, la coordinación, impulso, gestión, y realización de las actividades de promoción turística interior y exterior.
- Recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria, playas y saneamiento, inspección, información, protección y educación ambiental.
- Organización, gestión, planificación, explotación, promoción, desarrollo y ejecución de eventos así como todo tipo de actividades deportivas, ya sean de competición, educativas, formativas, pedagógicas, organización, gestión, planificación, explotación, promoción y administración de instalaciones deportivas, tanto fijas como eventuales o instructivas.
- La compra de material y suministros para la realización de obras, gestión de compras centralizadas de bienes tanto inventariables como no inventariables para la presentación de los servicios municipales.
- La explotación de emisoras de radiodifusión y de televisión, así como la edición, publicación y distribución de información mediante soporte escrito.
Y que cuente así mismo, al menos con tres organismos autónomos y/o fundaciones, cuyas finalidades sean:
- La promoción participativa de los ciudadanos.
- La investigación sobre las consecuencias que el uso indebido de sustancias estupefacientes, psicotrópicas, y cualquier otro producto similar, la investigación sobre causas del consumo indebido de las sustancias referidas, el desarrollo de actividades que abarquen todo el ciclo terapéutico del fenómeno de la drogadicción.
- Inserción laboral y profesional, utilizando como medios la orientación laboral y para el autoempleo, la formación y cualificación de colectivos marginados y en riesgo de exclusión social, así como de los desempleados en general. Impartir cursos de formación para propiciar la cualificación profesional e inserción laboral de los ciudadanos en general.
Criterio de Valoración: 0,186 puntos por mes de servicio. Máximo: 1,3 puntos.
b) Cursos y especializaciones.
Por Curso sobre gestión del Patrimonio e Inventario con un mínimo de 30 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo: 0,16 puntos.
Por Cursos sobre Contratación Administrativa impartidos con posterioridad a la publicación de la Ley 17/95, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas de 50 o más horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,22 puntos. Máximo: 0,66 puntos.
Por Curso sobre Procedimiento Administrativo Sancionador impartido con horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo: 0,16 puntos.
Por Curso con posterioridad a la reforma de 1992 (Ley 30/92, de RJAP y PAC), con un mínimo de 30 sobre El Pacto Local (1.999), su Régimen Jurídico y sobre su Incidencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con un mínimo de 30 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo: 0,16 puntos.
Por Curso sobre procedimiento administrativo local, con un mínimo de 30 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo: 0,16 puntos.
Por Curso sobre la Ley 4/99, de Reforma de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, con un mínimo de 20 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,10 puntos. Máximo 0,10 puntos.
Por Curso de Especialización en Derecho Público Local. Criterio de Valoración: 1 punto. Máximo 1 punto.
Por Curso sobre Auditoría y Control en el Sector Publico Local con un mínimo de 50 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,22 puntos. Máximo: 0,22 puntos.
Por Curso sobre actualización del Régimen Jurídico y Presupuestaria de las Entidades Locales, con un mínimo de 32 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo: 0,16 puntos.
Por Curso sobre la Reforma del Sistema Tributaria Local y de la Financiación de las Haciendas Locales con un mínimo de 16 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,10 puntos. Máximo: 0,10 puntos.
c) La actividad docente se valorará con un máximo de 0,3 puntos, a razón de 0,01 por hora impartida en cursos específicos, y 0,005 en cursos relacionados conforme a la distinción establecida en el apartado b) de este mismo artículo.
d) Publicaciones. Se valorarán hasta un máximo de 0,20 puntos en función del carácter innovador, de la extensión, la publicación en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo.
3. Acreditación de méritos.
Los concursantes acreditarán los méritos a los que se refiere la presente Resolución mediante la presentación de los documentos originales o copias auténticas de los mismos que los justifiquen adecuadamente.
4. Valoración de los méritos por los Tribunales.
El Tribunal de valoración del concurso valorará los méritos alegados de conformidad con las reglas y puntuación establecidas en esta Resolución, en el Decreto 36/1997, de 4 de febrero, y normas que lo desarrollen.
Quinta. Méritos específicos.
Los méritos específicos para cada puesto de trabajo son los que para cada puesto de trabajo se incluyen en el Anexo I.
Sexta. Valoración de méritos.
1. El Tribunal de valoración comprobará la concurrencia en los concursantes de los requisitos que figuren en la convocatoria, excluyendo a quienes no los reúnan. A continuación puntuará, respecto de los no excluidos, los méritos del siguiente modo:
- Méritos generales, hasta un máximo de 19,50 puntos, según la relación individualizada de méritos generales de habilitados nacionales acreditados e inscritos en el Registro de Habilitados Nacionales sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.
- Méritos específicos, hasta un total de 7,50 puntos.
- Méritos de determinación autonómica, hasta un total de 3 puntos, con base en la documentación acreditativa aportada por los concursantes.
- Respecto de los puestos que no tengan méritos específicos, el Tribunal asignará únicamente la puntuación de méritos generales y de méritos autonómicos si existiesen.
2. El Tribunal podrá celebrar, si lo prevé la convocatoria especifica respectiva, entrevista con concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. La fecha, lugar y hora de celebración de la entrevista serán notificados a los afectados por el tribunal, al menos con seis días de antelación a su celebración.
3. En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el Tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquel que hubiera obtenido mayor puntuación en méritos específicos. De mantener el empate, a favor de quien en méritos de determinación autonómica tenga más alta puntuación. De persistir este, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación en los apartados a), b) c), d) y e), por dicho orden, del artículo 15.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio. En última instancia, el empate se resolverá en base al orden de prelación en el proceso selectivo.
Séptima. Propuesta de Resolución.
Efectuadas por el Tribunal la exclusión y puntuación final de concursantes, elevará al Presidente de la Corporación propuesta de resolución comprensiva de todos los no excluidos y sus puntuaciones ordenadas de mayor a menor. Asimismo elevará relación fundada de excluidos.
Octava. Resolución.
1. El Presidente de la Corporación resolverá el concurso de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de Valoración.
2. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos y comprender, por orden de puntuación, a la totalidad de los concursantes no excluidos.
3. La resolución del concurso será remitida a la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administraciones Públicas dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Novena. Coordinación de nombramientos.
La Dirección General de Cooperación Local, transcurrido el plazo a que se refiere la base anterior, procederá a efectuar la coordinación de resoluciones coincidentes a favor de un mismo concursante, con adjudicación final de puestos, atendiendo al orden formulado por los interesados en la hoja de prelación y a la puntuación obtenida en cada uno de los puestos afectados.
Décima. Formalización de nombramientos.
De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de adjudicaciones múltiples y de las resoluciones de las Corporaciones en los restantes, la Dirección General de Cooperación Local procederá a formalizar los nombramientos, a su envío a las Comunidades Autónomas y a su publicación en el plazo de un mes, en el "Boletín Oficial del Estado".
Por Curso sobre la Ley de Presupuestos y sistema Tributario Local, con un mínimo de 16 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,10 puntos. Máximo: 0,10 puntos.
Por Curso de Especialización en Gestión Financiera y Presupuestaria, con un mínimo de 100 horas lectivas. Criterio de Valoración: 1 punto. Máximo 1 punto.
Por Curso de Especialización en Contabilidad Pública, con un mínimo de 100 horas lectivas. Criterio de Valoración: 1 punto. Máximo 1 punto.
Por Curso de Actualidad de la Legislación Andaluza, con un mínimo de 32 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo: 0,16 puntos.
Por Curso de Especialización en Derecho Administrativo Local Andaluz, con un mínimo de 80 horas lectivas. Criterio de Valoración: 1 punto. Máximo 1 punto.
Por Curso sobre la Legislación de la C.A. andaluza con incidencia en la Administración Local, con un mínimo de 30 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo 0,16 puntos.
Por Curso sobre las Directrices de la Ley del Suelo y su especial referencia a la Comunidad Autónoma de Andalucía con un mínimo de 27 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,20 puntos. Máximo 0,20 puntos.
Por Curso sobre Normativa y Gestión Ambiental: Tramitación de Licencias Municipales, con un mínimo de 30 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo 0,16 puntos.
Por Curso sobre Urbanismo en los municipios andaluces, aplicación práctica de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, con un mínimo de 35 horas lectivas. Criterio de Valoración: 0,16 puntos. Máximo 0,16 puntos.
Por Curso de Especialización en Intervención y Uso del Suelo, con un mínimo de 80 horas lectivas. Criterio de Valoración: 1 punto Máximo 1 punto.
La puntuación total obtenida por el/la concursante en la de Méritos Específicos no podrá exceder, en todo caso, de 7,50 puntos.
En caso de empate en la puntuación total, se estará para resolverlo a la mayor puntuación obtenida en el apartado B).
B) Acreditación méritos:
Méritos del apartado A): Certificación expedida por las Entidades Locales, en donde se hubiesen prestado los servicios.
Méritos del apartado B):
- Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP u organismo similar de Comunidad Autónoma o bien por Centros o Colegios Oficiales pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos por los organismos antes mencionados.
- La acreditación de los cursos se hará mediante copia compulsada de los Certificados del INAP u organismo similar de la Comunidad Autónoma o del Ente colaborador que los impartió.
C) Tribunal:
a) Titulares:
- Presidente: Don Diego Martín Reyes, Presidente de la Comisión Gestora del Ayuntamiento de Marbella.
- Vocales:
1.º Secretario del Ayuntamiento Marbella: Don Antonio Ramón Rueda Carmona.
2.º Interventor del Ayuntamiento Marbella: Don Juan Antonio Castro Jiménez.
3.º Tesorero del Ayuntamiento Marbella: Don Francisco Moreno Alcántara.
4.º Representante de la Comunidad Autónoma:
Titular: Doña Rosario García Morillas. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
Actuará como Secretario el vocal núm. 1.
b) Suplentes:
- Presidente: Doña Josefa López Pérez, Vocal Delegada de Personal y Régimen Interior Ayuntamiento Marbella.
- Vocales:
1.º Secretario del Ayuntamiento Lucena: Don Rafael Arcos Gallardo.
2.º Secretaria de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental:
Doña M.ª Isabel Alcántara Leonés.
3.º Secretaria del Ayuntamiento Herrera: Doña M.ª Carmen Molina Cantero.
4.º Representante de la Comunidad Autónoma:
Suplente: Doña María Victoria Braquehais Lumbreras. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
D) Aprobación bases: Resolución Presidencia (12 enero 2007).
E) Convocatoria: Resolución Presidencia (12 enero 2007).
Corporación: Ayuntamiento de Teba (Málaga).
Denominación: Puesto de Secretaría-Intervención.
Ayuntamiento de clase: Tercera.
Población: 4.267 habitantes (diciembre de 2006).
Subescala: Secretaría-Intervención.
Nivel de complemento de destino: 26.
Complemento específico: 1.055,01
/mes (ejercicio 2006).
Entrevista: El Tribunal de valoración podrá convocar a los concursantes que considere oportunos para la celebración de una entrevista a los efectos de concretar los méritos alegados y acreditados. La notificación de la fecha, hora y lugar de su celebración deberá efectuarse, al menos, con una antelación mínima de seis días, de conformidad con el art. 9 de la Orden de 10 de agosto de 1994.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Por haber desempeñado puesto de Interventor en algún Consorcio para el desarrollo local constituido íntegramente por municipios. Por cada mes 0,20 puntos.
2. Por haber desempeñado en algún Ayuntamiento, puesto de Técnico de Administración Especial reservado a Licenciatura de Derecho. Por cada mes 0,30 puntos.
3. Por haber desempeñado el puesto de Secretario en algún Consorcio UTEDLT (Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnólogico) constituido por municipios. Por cada mes 0,20 puntos.
B) Acreditación méritos:
a) Los méritos contemplados en los apartados 1 y 2 mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia compulsada de documento acreditativo.
b) Los méritos contemplados en el apartado 3 mediante la presentación del certificado y/o informe correspondiente expedido por el órgano competente (Presidencia y/o Director del Consorcio), o bien fotocopia compulsada de documento acreditativo.
- Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
El Tribunal de Valoración será mayoritariamente Técnico en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 21 del Real Decreto 1732/1994 de 29 de julio, sobre Provisión de Puestos reservados a Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, y estará formado por:
Presidente: Doña Isabel Garnica Báez, Alcaldesa-Presidenta o concejal en quien delegue.
Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Don José María Martínez Fernández. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
Suplente: Doña María Victoria Braquehais Lumbreras. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
- Un Funcionario con Habilitación de Carácter Nacional Subescala Secretaría-Intervención.
Secretario: Actuará como Secretario el Funcionario con Habilitación de Carácter Nacional.
Los nombramientos de titulares y suplentes se efectuarán por Decreto de Alcaldía exponiéndose en el tablón de anuncio del Ayuntamiento para general conocimiento.
D) Aprobación bases: Decreto Alcaldía (9 de enero de 2007).
E) Convocatoria: Decreto Alcaldía (9 de enero de 2007).
Corporación: Ayuntamiento de Torrox (Málaga).
Denominación: Puesto de Intervención.
Ayuntamiento de clase: Primera.
Población: 14.797 (1 de enero 2006).
Subescala: Intervención.
Nivel de complemento de destino: 30.
Complemento específico: 20.701,52
/anual (ejercicio 2007).
Prevista jubilación: No.
Entrevista: Sí.
Pago de gastos: No.
Puntuación máxima: 7,5 puntos.
A) Méritos específicos:
a) Experiencia Profesional (puntuación máxima 6 puntos).
1. Experiencia en Administración Local ocupando puestos de Técnico Superior Economista en Organismo Autónomo, dependiente de un Ayuntamiento de Capital de Provincia: 0,1 puntos por mes hasta un máximo de 1 punto.
2. Experiencia en Administración Local ocupando puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional, en puesto de Intervención, en Ayuntamientos que hayan tenido un Organismo Autónomo de Carácter Comercial: 0,2 por mes hasta un máximo de 4 puntos.
3. Experiencia en Administración Local ocupando puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional, en puesto de Intervención, Categoría Superior, en Ayuntamientos que hayan aprobado en los dos últimos ejercicios un plan económico-financiero para un período de cinco años: 1 punto.
b) Formación (puntuación máxima 1,5 puntos).
1. Por haber superado algún ejercicio de oposiciones a Cuerpos Superiores de funcionarios al servicio de la Administración General del Estado (y que no sean las de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional): 0,5 puntos por cada ejercicio, con un máximo de un punto.
2. Cursos que versen íntegramente sobre Proyectos de Gastos y Gastos con financiación afectada: 0,5 puntos.
B) Acreditación méritos:
a) Experiencia profesional:
Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán, mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia compulsada de documento acreditativo, expedido por el Secretario del Ayuntamiento y/u Organismo Autónomo o cualquier otro medio admitido por el Tribunal.
b) Formación:
Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante:
- La acreditación de los cursos, u otros méritos se hará mediante original o copia compulsada del certificado acreditativo del mismo.
- Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Presidente: Don Francisco Muñoz Rico, Alcalde-Presidente. Como suplente del Presidente actúa doña M.ª Estrella Tomé Rico, o miembros de la Corporación que le sustituyan.
Vocales: 1.º Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Doña Rosario García Morillas. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
Suplente: Don José M.ª Martínez Fernández. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Málaga.
2.º El Concejal Delegado de Personal de la Corporación.
Titular: Don Francisco Olalla Martín, o miembro de la Corporación que le sustituya.
Suplente: Don Manuel Guerra Torres, o miembro de la Corporación que le sustituya.
3.º Un Funcionario con Habilitación de Carácter Nacional, Subescala Intervención-Tesorería.
4.º El Secretario General de la Corporación.
Secretario: Actuará como Secretario, el de la Corporación o vocal en quién delegue.
Los nombramientos de titulares y suplentes se efectuarán por Decreto de la Alcaldía exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para general conocimiento.
D) Aprobación bases: 4 enero de 2007 (Acuerdo Pleno).
E) Convocatoria: 4 enero de 2007 (Acuerdo Pleno).
PROVINCIA DE SEVILLA
Corporación: Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.
Población a 1.1.2006: 64.990 habitantes.
Denominación del puesto: Interventor.
Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría superior.
Nivel de complemento de destino: 30.
Cuantía complemento específico: 36.421,72 euros.
Prevista jubilación: No.
Puntuación mínima: 7,5 puntos; 25% del total.
Entrevista: No.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
I. Experiencia. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es de 3 puntos.
Por haber desempeñado puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, con nombramiento definitivo, en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población de más de 50.000 habitantes y que cuente para la gestión directa de alguno de los servicios públicos de su competencia con una organización especializada sin personalidad jurídica propia, por un período continuado en el mismo Ayuntamiento no inferior a tres años: 3 puntos.
II. Formación y perfeccionamiento. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado II es de 2,5 puntos.
II.1. Haber cursado enseñanzas sobre Legislación Andaluza, Funciones de Intervención y Funciones de Tesorería en entidades locales, en cursos de un mínimo de 30 horas, organizados por alguno de los Colegios Territoriales Provinciales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Andalucía, y homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública o el Instituto Nacional de Administración Pública: 0,15 puntos por curso.
El máximo de puntos conjuntamente del apartado II.1 será de 0,60 puntos.
II.2. Por estar en posesión de título de Experto en Administración Pública, en las materias que a continuación se relacionan, con número de horas lectivas que se indican, expedido u homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública o el Instituto Nacional de Administración Pública:
Título de Experto en Administración Pública, con un mínimo de 350 horas, 0,60 puntos.
El máximo de puntos del apartado II.2 será de 0,60 puntos.
II.3. Por cursos de formación y perfeccionamiento no comprendidos en los apartados anteriores, sobre materias de contratación local, tributación, gestión económico-financiera municipal, gestión de ayudas financiadas con fondos comunitarios para corporaciones locales, tesorería municipal, recaudación municipal, contabilidad pública local o gestión financiera local, impartidos u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública o el Instituto Nacional de Administración Pública, de 20 horas lectivas en adelante:
Cursos de hasta 25 horas de duración: 0,10 puntos.
Cursos de más de 25 horas de duración: 0,16 puntos.
El máximo de puntos conjuntamente del apartado II.3 será de 1 punto.
II.4. Por cursos de formación sobre haciendas locales organizados por universidades de más de 40 horas lectivas: 0,30 puntos.
El máximo de puntos del apartado II.4 será de 0,30 puntos.
III. Otros méritos. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado III es de 2 puntos.
Por haber desempeñado con nombramiento definitivo puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de alguna de las otras dos subescalas de la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional distintas de la de Intervención-Tesorería en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un período continuado en el mismo Ayuntamiento no inferior a cinco años: 1,5 puntos.
Haber sido miembro, titular o suplente, de Tribunal de Selección de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: 0,50 puntos.
B) Acreditación.
Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente, fotocopia del Diploma o Título debidamente expedido o compulsado por el Secretario de la Corporación o notarialmente, en los términos indicados en estas Bases. La designación como miembro de Tribunal de selección de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se acreditará mediante el certificado correspondiente expedido por el Secretario del Tribunal, o emitido por la Administración competente. El tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.
C) Tribunal:
Presidente: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
Suplente: Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.
Secretario: Don Francisco José Moreno Rodríguez, Jefe del Servicio de Personal.
Suplente: Don José Luis Martín López, adjunto Jefe del Servicio de Secretaría.
Vocales:
Un representante de la Junta de Andalucía.
Titular: Doña Antonia Isabel de los Santos Noja. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Sevilla.
Suplente: Doña Monserrat Zarza Jiménez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Sevilla.
Titular: Don Fernando Manuel Gómez Rincón, Secretario General del Ayuntamiento.
Suplente: Don Francisco Javier Raya García, Interventor del Ayuntamiento de Alcalá del Río.
Titular: Don José Manuel Parrado Florido, Vicesecretario del Ayuntamiento.
Suplente: Don Pablo Ruiz Ruiz, Técnico de Administración General.
Titular: Don Juan Pablo Guerrero Moreno, Técnico de Administración General.
Suplente: Doña María José Dachary Gárriz, Tesorera del Ayuntamiento de Coria.
Titular: Un concejal del Ayuntamiento designado por los grupos municipales.
Suplente: Un concejal del Ayuntamiento designado por los grupos municipales.
D) Aprobación bases: 2 febrero de 2007 (Junta de Gobierno Local).
E) Convocatoria: 2 febrero de 2007 (Junta de Gobierno Local).
Corporación: Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.
Población a 1.1.2006: 64.990 habitantes.
Denominación del puesto: Tesorero.
Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.
Nivel de complemento de destino: 30.
Cuantía complemento específico: 36.421,72 euros.
Prevista jubilación: No.
Puntuación mínima: 7,5 puntos; 25% del total.
Entrevista: No.
Pago de gastos: No
A) Méritos específicos:
I. Experiencia. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es de 5 puntos.
I.1. Por haber desempeñado simultáneamente, por un periodo continuado no inferior a 5 años, puesto de trabajo de Intervención, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, con nombramiento definitivo, en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población de más de 10.000 habitantes, y puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería en Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 2,5 puntos.
I.2. Por haber desempeñado puesto de trabajo de Tesorería, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería, en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población de más de 50.000 habitantes y que cuente para la gestión directa de alguno de los servicios públicos de su competencia con una organización especializada sin personalidad jurídica propia: 2,5 puntos.
II. Formación y perfeccionamiento. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado II es de 2,5 puntos.
II.1. Por estar en posesión de los títulos de Licenciado en Derecho y Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, y de al menos 2 diplomas de especialización, en las materias de Gestión Financiera y Presupuestaria de las Entidades Locales y Contabilidad Pública de las Haciendas Locales, con un mínimo de 100 horas lectivas, expedido u homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública o el Instituto Nacional de Administración Pública, con trabajo de evaluación calificado como apto: 2,5 puntos
B) Acreditación méritos:
Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente, fotocopia del Diploma o Título debidamente expedido o compulsado por el Secretario de la Corporación o notarialmente, en los términos indicados en estas Bases. El tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.
C) Tribunal:
Presidente: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
Suplente: Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.
Secretario: Don Francisco José Moreno Rodríguez, Jefe del Servicio de Personal.
Suplente: Don José Luis Martín López, Adjunto Jefe del Servicio de Secretaría.
Vocales:
Doña Antonia Isabel de los Santos Noja. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Sevilla.
Suplente: Doña Monserrat Zarza Jiménez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Sevilla.
Titular: Don Fernando Manuel Gómez Rincón, Secretario General del Ayuntamiento.
Suplente: Don Francisco Javier Raya García, Interventor del Ayuntamiento de Alcalá del Río.
Titular: Don José Manuel Parrado Florido, Vicesecretario del Ayuntamiento.
Suplente: Don Pablo Ruiz Ruiz, Técnico de Administración General.
Titular: Don Juan Pablo Guerrero Moreno, Técnico de Administración General.
Suplente: Doña M.ª José Dachary Gárriz, Tesorera del Ayuntamiento de Coria.
Titular: Un concejal del Ayuntamiento designado por los grupos municipales.
Suplente: Un concejal del Ayuntamiento designado por los grupos municipales.
D) Aprobación bases: 2 de enero de 2007 (Junta Gobierno Local).
E) Convocatoria: 2 de enero de 2007 (Junta Gobierno Local).
Corporación: Ayuntamiento de Lantejuela (Sevilla)
Población a 1.1.2006: 3.792 hb.
Puesto: Secretaría-Intervención.
Nivel de complemento de destino: 30.
Cuantía de complemento especifico: 5.707,32
Entrevista: No.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional:
a) Haber desempeñado el puesto de Secretaría- Intervención durante al menos 3 años en Ayuntamiento de Municipio de al menos tres mil seiscientos habitantes y cuyo Presupuesto sea superior a 1.906.631,20
y que cuente al menos con una Sociedad Mercantil de capital íntegramente municipal con capital social no inferior a 611.103,00
de la que se haya sido, en cuanto Secretario/a del Ayuntamiento, Secretario/a del Consejo de Administración u Organo de Gobierno y Administración de la Sociedad: 3 puntos.
b) Haber desempeñado de forma acumulativa el puesto de Secretaría-Intervención de dos Ayuntamientos con población cada uno de ellos superior a tres mil quinientos habitantes durante al menos un mes: 1 punto.
2. Formación:
a) Curso de Dirección y Gerencia Pública impartido por el Instituto Andaluz de Administración Pública, con una duración de 150 horas lectivas: 1 punto.
b) Curso de Especialista en Derecho Administrativo Local Andaluz homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública, con una duración de 80 horas lectivas: 1 punto.
c) Curso sobre Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública, con una duración de 20 horas lectivas: 0,20 puntos.
d) Curso sobre El Urbanismo en los Municipios Andaluces, Aplicación Práctica de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública, con una duración de 35 horas lectivas: 0,50 puntos.
e) Curso de Patrimonio de las Corporaciones Locales organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública, con una duración 30 horas lectivas: 0,30 puntos.
f) Curso de Contratación organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública, con una duración 30 horas lectivas: 0,30 puntos.
g) Curso de Aspectos prácticos del urbanismo en el marco de la legislación de Andalucía organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública, con una duración 25 horas lectivas: 0,25 puntos.
h) Curso sobre Tributos y Ordenanzas Fiscales en la Administración Local impartido por la Excma. Diputación Provincial de Sevilla con una duración de 28 horas lectivas: 0,25 puntos.
i) Curso sobre Adaptación del Nuevo Plan Contable impartido por la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, con una duración de 18 horas lectivas: 0,15 puntos.
3. Solicitar el puesto en primer lugar indicativo del especial interés en su desempeño: 1 punto.
B) Acreditación méritos:
Los méritos del apartado 1 se acreditarán mediante certificado original del correspondiente Ente Local expedido por su Secretario en el que consten todos los extremos tenidos en cuenta para la valoración.
Los méritos del apartado 2 se acreditarán mediante copia compulsada de los respectivos certificados de asistencia.
C) Tribunal:
Presidente. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Lantejuela (Sevilla).
Suplente: Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Lantejuela.
Vocales (2):
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Luis Amelio Bodrilla Castaño. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de Sevilla.
Suplente: José Manuel Márquez Naranjo. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de Sevilla.
Don Antonio Prados Sánchez, Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional Subescala Secretaría-Intervención, designado por la Alcaldía para que ejerza las funciones de Secretario del Tribunal.
Suplente: Doña Elia Márquez Machuca, Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.
D) Aprobación bases: Decreto Alcaldía (19 diciembre 2006).
E) Convocatoria: Decreto Alcaldía (19 diciembre 2006).
Corporación: Ayuntamiento de La Luisiana de Sevilla.
Población: inferior a 5.000 habitantes.
Denominación del puesto: Secretaria-Intervención.
Subescala: Secretaría-Intervención.
Nivel de complemento de destino: 26.
Complemento específico: 7.230 euros.
Jubilación: No.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional: Se valorará con 6,5 puntos la prestación de servicios por un periodo superior a dos años en un puesto de trabajo reservado a Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, en un Ayuntamiento cuya Secretaría esté clasificada como de tercera categoría, con población de derecho superior a 4.400 habitantes y en el que concurran todas y cada una de las siguientes características:
1. Estar dividido en dos núcleos de población, el menor de los cuales tenga una población de derecho de al menos 1.000 habitantes.
2. Tener una sociedad municipal de capital íntegramente local que tenga por objeto social la promoción, urbanización, parcelación y construcción en general.
El plazo de dos años se podrá cubrir mediante uno o varios nombramientos en cualquiera de las modalidades previstas o en varias de ellas.
Para ser tenidas en cuenta las características previstas en los dos puntos anteriores deberán concurrir simultáneamente durante todo el tiempo en que el candidato haya desempeñado la plaza.
La experiencia profesional alegada por los concursantes se acreditará mediante la presentación del nombramiento o nombramientos correspondientes y del certificado o certificados, emitidos por el Secretario de la Corporación donde el funcionario hubiese prestado sus servicios.
2. Cursos: (Puntuación máxima 1 punto).
2.1. Por Cursos de Especialista en Derecho Administrativo Local Andaluz homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública, con una duración mínima de 80 horas, 0,5 puntos.
2.2 Por Cursos de Servicios Públicos Locales homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública, con una duración mínima de 35 horas, 0,5 puntos.
Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridad al 1 de enero de 2.004, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
Los cursos de acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente, fotocopia del título o diploma debidamente compulsada por el Secretario de la Corporación, por Notario o por el Organismo Público que lo expidió.
B) Acreditación:
Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia de diploma o titulo debidamente expedido o compulsado por el secretario de la Corporación o notario.
C) Tribunal:
Presidente: El Alcalde de la Corporación o miembro en quien delegue.
Titular: Don Eduardo Tamarit Pradas.
Suplente: Doña Montserrat Delgado Guerra.
Vocales: Un concejal de la Corporación designado por la Alcaldía.
Titular: Don Ignacio Freire Rodríguez.
Suplente: Don Antonio J. Jaime Pigner.
Un representante de la Junta de Andalucía.
Titular: Don José Antonio Delgado Vázquez. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla.
Suplente: Don Luis Amelio Bodrilla Castaño. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla.
Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de carrera, de igual o superior categoría, designado por el Colegio Oficial de Secretarios Interventores y Tesoreros de Administración Local de Sevilla, que hará las veces de Secretario del Tribunal.
D) Aprobación de bases: 19 de diciembre de 2006 (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 19 de diciembre de 2006 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Mairena del Alcor.
Población oficial a 31.12.06: 18.710 habitantes.
Denominación del puesto: Vicesecretaria.
Subescala y categoría: Secretaría, entrada.
Nivel de complemento de destino: 28.
Cuantía complemento específico: 12.944,45 euros.
Prevista jubilación: No.
Entrevista: Sí.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia.
La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es de 3 puntos.
1.1. Por haber desempeñado puesto de trabajo de Vicesecretaría reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Secretaría de entrada, en Ayuntamiento cuyos puestos reservados a la Subescala de Secretaría y de Intervención-Tesorería estén clasificadas de categoría Superior de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que cuente con GMU, con Organismo Autónomo y sociedad mercantil con capital íntegramente local por un período en el mismo Ayuntamiento al menos diez meses, 2 puntos.
1.2. Por haber desempeñado puesto de trabajo, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, categoría superior, por más de tres años en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía que cuente con GMU, con Organismos Autónomos y en el transcurso de este período se haya creado una sociedad mercantil con capital íntegramente local, 1 punto.
2. Formación y perfeccionamiento.
La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado segundo es de 3 puntos.
La puntuación que puede otorgarse por los méritos siguientes es excluyente y no podrá ser acumulativa entre cursos necesarios para obtener otro que lo comprenda.
2.1. Haber cursado enseñanzas sobre Legislación Andaluza de Urbanismo; de Servicios Públicos Locales, con especial referencia en Andalucía y sobre las Funciones de Intervención y Tesorería en las Entidades Locales en cursos de un mínimo de 30 horas, organizados por los Colegios Territoriales Provinciales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local, de Andalucía, y homologados por el IAAP, INAP: 0,50 puntos por curso.
El máximo de puntos conjuntamente del apartado 2.1 será de 2 puntos.
2.2. Por estar en posesión de cursos de especialista, en las materias de Derecho Administrativo Local Andaluz, con número mínimo 80 horas de horas lectivas que se indican, expedido u homologado por el IAAP o el INAP, con trabajo de evaluación calificado como apto: 0,50 por cada uno computándose como máximo en este apartado 1 punto.
III. Otros méritos. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado III es de 1,50 puntos.
Por estar en posesión además de otra Subescala de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional y haber ejercido la misma al menos durante mas de un mes: 1.50 puntos.
B) Acreditación:
Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente u originales de las actas de toma de posesión y actas de cese, fotocopia del Diploma o Título debidamente expedido o compulsado por el Secretario de la Corporación o notarialmente, en los términos indicados en estas Bases. En el caso del acceso a la categoría Subescala de Secretaría, de Entrada y de otra Subescala, se podrá acreditar mediante fotocopia de la página del Boletín Oficial del Estado, donde se publique los nombramientos.
Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridad al 1.1.2002, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
El tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.
C) Tribunal:
Presidente: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
Suplente: Concejal en quien delegue.
Secretaria: La Secretaría General del Ayuntamiento.
Suplente: Funcionario en quien delegue.
Vocales:
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Don José Manuel Márquez Naranjo. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla.
Suplente: Don José Antonio Delgado Vázquez, funcionario de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla.
Titular: Interventor de Fondos del Ayuntamiento
Suplente: Funcionario en quien delegue.
Titular: Un técnico del área de RR.HH.
Suplente: Personal en quien se delegue.
Titular: Un representante de la Junta de Personal.
Suplente: Funcionario en quien se delegue.
Los nombramientos de los titulares y sus suplentes, se efectuarán por Decreto de Alcaldía-Presidencia.
D) Aprobación bases: 1 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 1 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Ecija.
Población a 24.11.06: Superior a 55.000 habitantes.
Denominación del puesto: Secretario-Interventor.
Subescala: Secretaría-Intervención.
Nivel de complemento de destino: 24.
Complemento específico: 0.
Entrevista: No
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
I. Experiencia:
La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado I es de 4 puntos.
1.1. Por servicios prestados como Técnico de la Administración Local en Ayuntamientos, Organismos Autónomos locales o Sociedades Mercantiles de capital íntegramente local o Sociedades Mercantiles Mixtas participadas mayoritariamente por el Ayuntamiento o Mancomunidades de Municipios. Por cada mes completo 0,10 puntos hasta un máximo de 1,5 puntos.
1.2. Por servicios prestados como Director o Gerente de Mancomunidades de Municipios que gestionen el servicio de tratamiento y gestión de residuos, servicios sociales y políticas de empleo. Por cada mes completo 0,10 puntos hasta un máximo de 2,5 puntos.
II. Formación y perfeccionamiento.
La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado II es de 3,5 puntos.
2.1. Por estar en posesión de diploma relativo a Master sobre Gestión Bancaria, Mercados Financieros o Productos Bancarios de al menos 400 horas lectivas, 2 puntos hasta un máximo de 2 puntos.
2.2. Por participación en cursos de contratación de personal incluidos en Planes de Formación Continua de las Administraciones Públicas con una duración superior a 20 horas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 5/2006, de 9 de junio, para la mejora del crecimiento y del empleo, 1 punto hasta un máximo de 1 punto.
2.3. Por participación en cursos relativos a Contabilidad General con duración mínima de 50 horas y certificación de suficiencia en la materia, 0,5 puntos hasta un máximo de 0,5 puntos.
B) Acreditación méritos:
1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas.
2. La experiencia profesional se acreditará mediante certificación, informe o cualquier otro documento que admita el Tribunal, expedido por el Ayuntamiento, Sociedad Mercantil o Mancomunidad de Municipios donde se hubieren prestado los servicios objeto de valoración.
3. Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original o copia cotejada del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento en los casos en que así fuese requerido.
C) Tribunal:
1. Titulares:
Presidente: Don Juan Antonio Wic Moral, Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Ecija o miembro en quien delegue.
Vocales:
Vocal y Secretario: Don Valeriano Pérez Lavela, Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Ecija, como funcionario de carrera con habilitación nacional, Subescala Secretaría, categoría superior.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Don José Antonio Delgado Márquez. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla.
2. Suplentes:
Presidente: Don Eduardo Tamarit Pradas, Tesorero de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Ecija.
Vocales:
Vocal y Secretario: Don Rafael Cano Montes, Secretario Interventor del Excmo. Ayuntamiento de La Luisiana.
Un representante de la Junta de Andalucía.
Don Luis Amelio Bodrilla Castaño. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla.
D) Aprobación bases: 14 diciembre de 2006 (Junta General).
E) Convocatoria: 14 diciembre de 2006 (Junta General).
Corporación: Ayuntamiento de Marchena (Sevilla).
Población a 31 de diciembre de 2006: 19.516 habitantes.
Denominación del puesto: Vicesecretario-Interventor.
Subescala: Secretaría-Intervención.
Complemento destino: 28.
Complemento específico: 23.141,97
Entrevista: No.
Pago gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Por haber prestado servicios en un Municipio declarado Conjunto Histórico Artístico: 3 puntos.
2. Por haber prestado servicios en un Municipio que cuente con un Plan Especial de Protección del Casco Histórico: 2 puntos.
3. Por haber prestado servicios en un Municipio que tenga simultáneamente sociedades mercantiles de capital municipal cuyo objeto social sea los medios de comunicación y la promoción de viviendas: 1 punto.
4. Por haber prestado servicios en un Municipio clasificado de Categoría Superior en el puesto de Secretario o Interventor: 1 punto.
5. Por haber prestado servicios en un Municipio que esté integrado en un Consorcio y en el que se desempeñe simultáneamente la labor de Secretario en dicho Consorcio y en el Ayuntamiento: 0,5 puntos.
B) Valoración y acreditación de méritos.
La acreditación de los méritos específico se realizará por el Funcionario que le desempeñe las tareas de Fe Pública en el respectivo Ayuntamiento, mediante documentos originales o fotocopias compulsadas.
Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Titulares:
Presidente: El Alcalde-Presidente de la corporación o miembro en quien delegue.
Vocales:
Un concejal designado por la oposición.
Un funcionario de carrera designado igualmente por el Alcalde.
Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Doña Monserrat Zarza Jiménez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Sevilla.
Secretario: Será designado por el Alcalde entre los vocales.
Suplentes:
Presidente: El Alcalde-Presidente de la corporación o miembro en quien delegue.
Vocales:
Un concejal designado por la oposición.
Un funcionario de carrera designado igualmente por el Alcalde.
Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Doña Antonia Isabel de los Santos Noja. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Sevilla.
Secretario. Será designado por el Alcalde entre los vocales.
D) Aprobación bases: 22 de febrero de 2007 (Acuerdo Plenario).
E) Convocatoria: 22 de febrero de 2007 (Acuerdo Plenario).
Corporación: Ayuntamiento de Olivares (Sevilla).
Población a 31 de diciembre de 2006: 8.814 habitantes.
Denominación puesto: Secretaría, clase segunda.
Subescala, Secretaría de entrada.
Complemento destino: 26.
Complemento específico: 1.527,15 euros/mes.
Entrevista: No.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
Por cursos sobre el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía con una duración mínima de 12 horas lectivas y que hayan sido impartidos con posterioridad a la entrada en vigor del Reglamento de Bienes de la Entidades Locales de Andalucía aprobado por Decreto 18/2006 de 24 de enero. Por cada curso 1 punto, hasta un máximo de 1 punto.
Por cursos sobre cuestiones actuales sobre el Patrimonio de Bienes de las Entidades Locales con especial referencia a la legislación autonómica andaluza homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas con una duración mínima de 20 horas lectivas y que hayan sido impartidos con posterioridad a la entrada en vigor del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía aprobado por Decreto 18/2006 de 24 de enero. Por cada curso 1,5 puntos hasta un máximo de 1,5 puntos.
Por cursos de especialista en Derecho Administrativo local andaluz homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas con una duración mínima de 80 horas lectivas. Por cada curso 2 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.
Por cursos sobre gestión de multas impartido por centro homologado por Comunidad Autónoma, con una duración mínima de 8 horas lectivas. Por curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Por cursos internacionales sobre Protección Penal del Medio Ambiente en la Unión Europea impartidos por Universidades Públicas, con una duración mínima de 20 horas. Por curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Por hallarse en posesión del "First Certificate in English" expedido por la Universidad de Cambridge o un título homologado que acredite como mínimo los mismos conocimientos de lengua inglesa. Por título 2 puntos hasta un máximo de 2 puntos.
B) Acreditación méritos:
Formación y Perfeccionamiento. Certificado o diploma expedido por las entidades u organismos públicos organizadores del curso.
C) Tribunal:
Presidente:
Titular. Doña María Victoria Fraile García, Alcaldesa- Presidenta del Ilmo. Ayuntamiento de Olivares.
Suplente: Don Mariano Rodríguez González. Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Olivares.
Secretario: Don Manuel Reyes Díaz, funcionario del Ayuntamiento de Olivares.
Suplente: Don Gerardo Díez Pérez, funcionario del Ayuntamiento de Olivares.
Vocales:
Titular: Don Isidoro Ramos García, funcionario del Ayuntamiento de Olivares.
Suplente: Don Luis Miguel Magaña Pérez, funcionario del Ayuntamiento de Olivares.
Titular: Don Juan Borrego López, Funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de la Subescala Secretaría de igual o superior categoría del puesto convocado, Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Utrera.
Suplente: Don Joaquín Alonso Varo, Funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de la Subescala Secretaría, Secretario del Ilmo. Ayuntamiento de Rute.
Titular: Don Gerardo Díez Pérez, funcionario del Ayuntamiento de Olivares.
Suplente: Doña Rosario González Fraile, funcionaria del Ayuntamiento de Olivares.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: José Manuel Márquez Naranjo. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla.
Suplente: Don Luis Amelio Bodrilla Castaño. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla
D) Aprobación bases: 9 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 9 de febrero de 2007 (Decreto Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla).
Población a 1.1.06: 7.649 habitantes.
Denominación del puesto: Interventor.
Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría de entrada.
Nivel de complemento de destino: 29.
Cuantía del complemento específico: 16.940,45 euros.
Entrevista: No.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
a) Experiencia Profesional:
Por los servicios prestados en dos puestos de trabajo de Intervención reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría de entrada, en régimen de acumulación, en municipios de la comunidad andaluza con una población global de ambos municipios entre 19.000 y 25.000 habitantes, dentro de los años que van desde el 2005 al 2007: 0,75 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 5 puntos.
Por los servicios prestados en puestos de trabajo de Intervención reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría de entrada, en municipios de la comunidad andaluza con una población superior a 12.000 habitantes: 0,06 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Por los servicios prestados en puestos de trabajo de Intervención reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría de entrada, en municipios de la comunidad andaluza con una población superior a 7.000 habitantes: 0,06 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 0,5 puntos.
b) Titulaciones:
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, Sección Económicas, Especialidad en Economía Pública: 0,75 puntos.
c) Cursos:
Por cursos del régimen de actualización del régimen jurídico y presupuestario de las entidades locales en Andalucía con una duración mínima de 32 horas lectivas: 0,20 puntos.
Por cursos sobre la Ley de medidas para la modernización del Gobierno Local con una duración mínima de 20 horas lectivas: 0,15 puntos.
Por cursos sobre las funciones de Intervención y Tesorería de las entidades locales de Andalucía con una duración mínima de 37 horas lectivas: 0,20 puntos.
Por curso de Especialista en Derecho Administrativo Local Andaluz con una duración mínima de 80 horas lectivas: 0,20 puntos.
B) Acreditación de méritos:
Méritos a) (experiencia profesional): certificación expedida por los Ayuntamientos en cuestión.
Méritos b) (titulaciones): Certificación Académica personal o, en su caso, copia compulsada del título correspondiente.
Méritos c) (cursos):
Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP u organismo similar de la Comunidad Autónoma de Andalucía o bien por centros o colegios oficiales homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos por los organismos antes mencionados.
Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridad al 1.4.03 con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
La acreditación de los cursos se hará mediante copia compulsada de los certificados o títulos emitidos por los centros que los hubieran impartido.
C) Tribunal:
Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.
Vocales:
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Luis Amelio Bodrilla Castaño. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla
Suplente: Don José Manuel Márquez Naranjo. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Sevilla.
- Dos funcionarios de habilitación con carácter nacional, con igual o superior categoría, designados por el Alcalde.
- Secretario: un funcionario del Ayuntamiento designado por el Alcalde.
Se designará un titular y un suplente por cada uno de los vocales. Los nombramientos de titulares y suplentes se efectuarán por Resolución de la Alcaldía.
D) Aprobación bases: 8 de febrero de 2007 (Resolución de Alcaldía).
E) Convocatoria: 8 de febrero de 2007 (Resolución de Alcaldía).
Undécima. Plazo posesorio.
1. El plazo de toma de posesión en el destino obtenido en el concurso será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.
2. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de nombramientos en el "Boletín Oficial del Estado". Si el destino obtenido comportara el reintegro al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
3. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.
4. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Dirección General de Cooperación Local.
Duodécima. Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.
Los concursantes no podrán renunciar al concurso ni al puesto que sea adjudicado a partir del momento en que los Tribunales eleven propuesta de resolución a la Corporación. Las adjudicaciones de puestos en el concurso tendrán carácter voluntario, no generando en consecuencia derecho alguno al abono de indemnización por traslado.
Decimotercera. Cese y toma de posesión.
1. La toma de posesión determina la adquisición de los derechos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depender el funcionario de la correspondiente Corporación.
2. Las diligencias de cese y toma de posesión de los concursantes serán comunicadas a la Dirección General de Cooperación Local y a la Comunidad Autónoma respectiva, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.
Decimocuarta. Recursos.
Los actos administrativos de los Tribunales de Valoración podrán ser impugnados conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 14 de marzo 2007.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
ANEXO I
PROVINCIA DE ALMERIA
Corporación: Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería).
Subescala: Intervención-Tesorería.
Población: Superior a 65.000 habitantes.
Denominación: Tesorería.
Nivel de complemento de destino: 26.
Complemento específico: 27.163,68
Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar la celebración de entrevista a efectos de concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica en los supuestos individualizados en que considere necesario, con notificación a los concursantes afectados con seis días de antelación de la fecha, hora y lugar de su celebración.
Pago de gastos: No.
A) Méritos específicos:
El Tribunal realizará la valoración de méritos específicos con arreglo al siguiente baremo:
1. Por pertenecer a la escala de Intervención-Tesorería, categoría superior: 3 puntos.
2. Por haber prestado servicios con nombramiento definitivo como Tesorero en Ayuntamiento la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un período mínimo de tres años: 3 puntos.
3. Si los servicios anteriores han sido prestados en Municipios de mas de 50.000 habitantes: 0,50 puntos por cada año que exceda de los tres anteriores hasta un máximo de 1,5 puntos.
La puntuación máxima que pueda obtenerse en este apartado A) es de 7,50 puntos.
B) Acreditación méritos:
Forma de acreditar los méritos: Serán aportados mediante original o fotocopia compulsada.
1. Los servicios se acreditarán mediante certificaciones expedidas por el Secretario de la Corporación en donde se hayan prestado los servicios, haciendo constar las circunstancias de la Corporación que se puntúan en estas Bases, así como el tiempo de prestación de los mismos y el puesto desempeñado.
C) Tribunal:
Presidente:
Titular: Don Gabriel Amat Ayllón.Alcalde-Presidente de la Corporación.
Suplente: Doña Francisca Toresano Moreno. Concejal Delegada de Recursos Humanos.
Vocales:
Titular: Don Antonio García Aguilar. Concejal Delegado de Medio Ambiente.
Suplente: Doña Eloísa Cabrera Carmona. Concejal Delegada de Educación y Cultura.
Representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Don Juan M. Pérez Company. Delegación del Gobierno de Almería.
Suplente: Don José Pedraza Martínez. Delegación del Gobierno. Almería.
Titular: Don Luis Ortega Olivencia, funcionario de habilitación nacional.
Suplente: Don Guillermo Lago Núñez, funcionario de habilitación nacional.
Titular: Don Javier Torres Viedma. Funcionario del Ayuntamiento, que actúa como Secretario del Tribunal.
Suplente: Don Antonio Olivares Floro, Funcionario del Ayuntamiento que actúa como Secretario suplente del Tribunal.
D) Aprobación bases: 19 diciembre de 2006 (Junta de Gobierno).
E) Convocatoria: 19 diciembre de 2006 (Junta de Gobierno).
Corporación: Ayuntamiento de Turre.
La población a 31 de diciembre: 3.157 habitantes.
Denominación del puesto: Secretario-Interventor, Clase 3.ª
Subescala y categoría a que pertenece el puesto: Secretaría-Intervención de tercera categoría.
Nivel de complemento de destino: 28.
Cuantía del complemento específico: 11.342,16 euros año.
Entrevista: Sí.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia Profesional (máximo 5 puntos).
Por ejercicio profesional de la Abogacía por años completos sin que sean acumulativos los tres apartados:
Hasta cinco años, 0,50 puntos.
De cinco a diez años, 1 punto.
Mas de diez años, 2,50 puntos.
Por permanencia continuada en un mismo puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación nacional, sin que sean acumulativas los tres apartados:
Durante más de cinco años: 0,50 puntos.
Durante más de diez años: 1 punto.
A partir de diez años: 2,50 puntos.
B) Cursos de formación y perfeccionamiento organizados por los Institutos de las diferentes Administraciones Públicas, Universidades, Federaciones de Municipios, Colegios Profesionales, Cámaras Oficiales y Fundaciones Públicas (máximo 2 puntos).
1. Contabilidad Pública:
De 15 a 25 horas: 0,10 puntos por curso.
De 26 a 50 horas: 0,50 puntos.
De 51 a 100 o mas horas: 1 punto por curso.
2. En Informática:
De 10 a 20 horas: 0,50 puntos por curso.
De 21 a 50 o mas horas: 1 punto.
Entrevista personal: un máximo de 0,50 puntos.
B) Acreditación y valoración:
1. Los méritos del apartado B) se deberán acreditar mediante fotocopias compulsadas de los diplomas o certificados de asistencia expedidos por el centro que haya impartido los Cursos de Formación; los del apartado A) mediante informe expedido por el jefe de personal de los Ayuntamientos en los que hayan prestado los servicios y certificación del Colegio de Abogados correspondientes.
2. Solamente se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de la convocatoria conjunta efectuada por la Dirección General de Función Pública, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación en el concurso y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Presidente: el Alcalde de Turre o persona en quien delegue.
Vocales: Un funcionario que designe la Comunidad Autónoma de Andalucía:
Titular: Don José Pedraza Martínez. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Almería.
Suplente: Don Juan M. Pérez Company. Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. Almería.
Un funcionario con habilitación de carácter nacional de la misma o superior categoría del puesto convocado, designado a propuesta del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local.
Dos vocales designados por la Alcaldía, uno de los cuales ejercerá de Secretario. En el caso de los vocales de los apartados A) y B) no llegaran a designarse en el plazo de quince días, desde el último día de presentación de instancias y al objeto de dar cumplimiento a la previsión establecida en el artículo 21 citado, de que el número de vocales ha de ser par, se designarán los vocales correspondientes por la Alcaldía.
D) Aprobación bases: 29 de diciembre (Decreto Alcaldía).
E) Convocatoria: 29 de diciembre (Decreto Alcaldía).
PROVINCIA DE CADIZ
Corporación: Ayuntamiento de Algar (Cádiz).
Población a 31 de diciembre de 2006: Es inferior a 2.000 habitantes.
Denominación del puesto: Secretario-Interventor.
Subescala: Secretaría-Intervención.
Complemento destino: 24.
Complemento específico: 1.903 euros anuales.
Pago de gastos: No.
Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar, si lo estima necesario, la celebración de una entrevista para la concreción de los méritos específicos.
A estos efectos se notificará a los concursantes afectados de la fecha, hora y lugar de celebración.
A) Méritos específicos:
Por haber prestado servicios como asesor jurídico en Ayuntamientos con población inferior a 2.000 habitantes: 2 puntos.
Por haber prestado servicios como Secretario-Interventor en Ayuntamiento cuyo término municipal se encuentre enclavado, en todo o en parte, en un parque natural: 2,50 puntos.
Por haber prestado servicios como Secretario-Interventor en Ayuntamientos con población inferior a 2.000 habitantes. 1 punto.
Por la realización de un curso de "Introducción al Derecho Urbanístico de Andalucía" con una duración de al menos 50 horas efectivas: 2 puntos.
B) Valoración y acreditación de méritos:
1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.
2. Los cursos sólo se valorarán si fueron convocados u organizados por la Universidad, Institutos o Escuelas Oficiales de formación de funcionarios, zonas francas u otros organismos oficiales o bien, otras entidades o centros docentes públicos o privados de los contemplados en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, cuando hubiesen sido homologados por los Institutos o Escuelas Oficiales de formación de funcionarios o por la Universidad.
3. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redonda, encuentros, debates o análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los seminarios sólo se valorarán si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodología que los cursos.
4. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Titulares:
Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro en quien delegue.
Vocales:
Un concejal designado por el Alcalde.
Un funcionario de carrera designado igualmente por el Alcalde:
Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde.
Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Titular: Doña Lidia Ruiz Morales. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Cádiz.
Secretario: Será designado por el Alcalde de entre los vocales.
Suplentes:
Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro en quien delegue.
Vocales:
Un concejal designado por el Alcalde.
Un funcionario de carrera designado igualmente por el Alcalde.
Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde.
Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Suplente: Don José Selma García. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Cádiz.
Secretario: Será designado por el Alcalde de entre los vocales.
Aprobación bases: 6 febrero de 2007 (Resolución Presidencia).
Convocatoria: 6 febrero de 2007 (Resolución Presidencia).
Corporación: Diputación Provincial de Cádiz.
Población a 31 de diciembre de 2006: Superior a 1.000.000 de habitantes.
Denominación del puesto: Secretario-Interventor.
Subescala: Secretaría-Intervención.
Nivel de complemento de destino: 28.
Cuantía anual del complemento específico (2006): 21.045
Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar, si lo estima necesario, la celebración de una entrevista para la concreción de los méritos específicos.
A estos efectos se notificarán a los concursantes afectados la fecha, hora y lugar de celebración.
Pago gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia.
a) Servicios prestados como funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Secretaría-Intervención, con nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, en puestos de colaboración de los previstos por el artículo 2.g) del R.D. 1732/1994 de Secretario-Interventor, en Diputaciones Provinciales de Andalucía, cuando en las mismas o en su ámbito territorial concurran conjuntamente las siguientes circunstancias:
- Población superior a 1.000.000 de habitantes.
- Haber tramitado instrumento/s de planeamiento urbanístico supramunicipal relativos a la ordenación de infraestructuras eólicas.
- Actividad industrial y portuaria que implique la existencia de al menos tres puertos comerciales.
Se valorarán a razón de 0,20 puntos por mes, hasta un máximo de 1,75 puntos.
b) Por haber prestado servicios como Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Secretaría-Intervención, en puestos de Secretaría en Organismos Autónomos dependientes de Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya actividad u objeto social se desarrolle en el sector turístico, se aplicará al resultante de la puntuación obtenida en el apartado anterior un coeficiente multiplicador de 1,5.
c) Por haber prestado servicios de asesoramiento jurídico a Fundaciones del sector público que integren en sus órganos de gobierno a entidades locales municipales de distintas provincias de Andalucía y más de una entidad local provincial, se aplicará al resultante de la puntuación obtenida en los apartados anteriores un coeficiente multiplicador de 2.
d) Por haber prestado servicios como Funcionario de Administración Local de la Escala Técnica de Administración General en Diputaciones Provinciales de Andalucía en Servicios de Asistencia a Municipios de estructura desconcentrada (red de oficinas comarcal o análoga), durante un período mínimo de 48 meses, se aplicará al resultante de la puntuación obtenida en los apartados anteriores un coeficiente multiplicador de 1,5.
e) Por haber prestado servicios como Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Secretaría-Intervención, en puestos de Secretario de órganos de gobierno de Sociedades Mercantiles de capital íntegramente público, dependientes de Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyo objeto social o actividad empresarial se desarrolle en el sector turístico, se aplicará al resultante de la puntuación obtenida en los apartados anteriores un coeficiente multiplicador de 1,25.
2. Cursos de formación y perfeccionamiento.
a) Por estar en posesión del título de Técnico Urbanista (Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos) expedido por el Instituto Nacional de Administración Pública, 1,5 puntos. A fin de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas el título deberá haberse obtenido con posterioridad a 1 de enero de 2006.
b) Por acreditar conocimientos en materia de urbanismo aplicados al ámbito territorial de Andalucía mediante cursos de urbanismo, siempre que los mismos se hayan impartido con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y se acredite un número mínimo acumulado de 80 horas lectivas, se aplicará a la puntuación anterior un coeficiente multiplicador de 1,5.
c) Por estar en posesión de título de Especialista en Derecho Local Andaluz homologado por el IAAP, se aplicará a la puntuación resultante de los apartados anteriores un coeficiente multiplicador de 2. A fin de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas el título deberá haberse obtenido con posterioridad a 1 de enero de 2006.
d) Por acreditar conocimientos en materia de bienes o patrimonio de las Entidades Locales mediante la realización de curso/s organizados u homologados por el INAP o IAAP, se aplicará a la puntuación obtenida por los apartados anteriores un coeficiente multiplicador de 1,5. A fin de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas los cursos deberán haberse impartido con posterioridad a 1 de enero de 2006.
d) Por acreditar experiencia docente mediante la impartición de cursos homologados por el IAAP, con una duración mínima acumulada de 70 horas lectivas, se aplicará al resultante de la puntuación obtenida en los apartados anteriores un coeficiente multiplicador de 1,25.
B) Acreditación de méritos:
Los méritos del apartado A.1 se acreditarán mediante certificación de la Corporación o entidad respectiva. La concurrencia de las circunstancias o aspectos geográficos, demográficos, jurídicos, socio-económicos, organizativos u otros análogos exigidos, cuando no fuera manifiesta a juicio del Tribunal o no pueda constatarse a través de la documentación aportada por los concursantes, será comprobada por aquel mediante consulta a las Administraciones o entidades públicas competentes (Instituto Nacional de Estadística, Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía), o a través de sus publicaciones o páginas webs oficiales.
Para ser tomados en consideración los méritos indicados en los apartados 1.b) y c) se requerirá acreditar haber asumido dichas funciones o servicios con anterioridad a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Los méritos del apartado A.2 se acreditarán mediante copia compulsada de los respectivos certificados de asistencia o títulos de los cursos y para su toma en consideración deberá acreditarse que han sido homologados u organizados por el INAP, el IAAP o Administraciones Públicas y tener una duración mínima de 20 horas lectivas en cada caso. En el caso de la experiencia docente la acreditación se realizará mediante certificación expedida por el IAAP.
C) Tribunal:
Presidente:
Titular: Francisco González Cabaña, Presidente de la Corporación.
Suplente: Cristóbal Rivera Hormigo, Diputado del Area de Personal.
Vocales:
Titular: Don Joaquín Fernández López-Covarrubias, Secretario General de la Corporación, que asumirá las funciones de Secretario del Tribunal.
Suplente: Auxiliadora Jimeno Jiménez, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría superior.
Titular: Don Víctor Barbero Diéguez, funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría de entrada.
Suplente: Evaristo Cantero Puyana, funcionario de carrera de esta Corporación.
Titular: Don José Antonio Fernández de Alava, funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención.
Suplente: Eva Herrera Báez, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención.
Un representante de la Junta de Andalucía:
Titular: Doña María Luisa Gómez Herrera. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Cádiz.
Suplente: Don Juan Antonio Campllonch León. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Cádiz.
D) Aprobación bases: 29 de enero de 2007 (Acuerdo Pleno).
E) Convocatoria: 29 de enero de 2007 (Resolución Presidencia).
Corporación: Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz).
Población: Superior a 200.000 habitantes.
Denominación puesto: Interventor.
Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría superior.
Complemento de destino: 30.
Complemento específico: 3.544,43
mes.
Jubilación: No.
Paga gastos: No.
Puntuación mínima: 7,5 puntos.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional: (puntuación máxima 5 puntos).
1.1. Por haber desempeñado el puesto de Interventor General en municipios con población de derecho superior a 190.000 habitantes: 0,04 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 0,75 puntos.
1.2. Por haber desempeñado el puesto de Interventor General en municipios con más de seis núcleos de población declarados oficialmente como EATIM o ELAS: 0,04 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 0.75 puntos.
1.3. Por haber desempeñado el puesto de Interventor General en Municipios con una extructura desconcentrada, en más de quince, Organismos Autónomos y Sociedades Mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por el Ayuntamiento o ente público del mismo: 0,04 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 0,75 puntos.
1.4. Por haber desempeñado el puesto de Interventor General en Municipios con un presupuesto consolidado superior a 315.000.000 de euros: 0,04 puntos por mes de servicio, hasta un máximo de 0,75 puntos.
1.5. Valoración adicional: El especial conocimiento práctico de la legislación y normativa específicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, puesto de manifiesto en el desempeño de los puestos de trabajo recogidos en los apartados anteriores, se valorará cada mes de servicio prestado en Andalucía: 0,04 puntos con un máximo de 0,75 puntos en cada uno de los apartados.
2. Formación Profesional y Perfeccionamiento: Máximo 2,5 puntos.
2.1. Por la formación especializada obtenida a través de la participación con aprovechamiento en acciones formativas en materias relacionadas con el ejercicio de sus funciones. Por cada diploma de Experto en Derecho y Gestión Pública Local o Haciendas Locales, expedidos con posterioridad al año 2004, para los que se requieran la realización de cursos con al menos 200 horas lectivas y homologados por el IAAP o INAP, 0,5 puntos por cada diploma, con un máximo de 1 punto.
2.2. Otros estudios: Por haber cursado los estudios de Doctorado en Derecho Administrativo: 1 punto.
2.3 Por pertenecer a otras Subescalas de la Escala de Habilitación de carácter nacional: 0,5 puntos.
B) Acreditación méritos:
Los méritos alegados por los concursantes deberán acreditarse de la siguiente forma: los servicios prestados mediante certificación expedida por la entidad en que se hubiese prestado con especificación del cumplimiento de los requisitos contenidos en estas bases. Los cursos mediante la presentación del original o copia cotejada del diploma acreditativo de su superación con aprovechamiento. Los estudios de Doctorado, mediante el certificado-Diploma de los estudios avanzados realizados. La pertenencia a las Subescalas de la Escala de habilitación nacional mediante la presentación del original o copia cotejada de los títulos de nombramiento como funcionario de carrera.
C) Tribunal:
Presidente: Alcaldesa o miembro de la Corporación en quien delegue.
Vocales: Un representante de la Comunidad Autónoma:
Titular: Doña María Luisa Gómez Herrera. Delegación Provincial de Justicia de Cádiz.
Suplente: Don Juan Antonio Campllouch León. Delegación Provincial de Justicia de Cádiz.
Titular: Don Juan María Moreno Urbano, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería.
Suplente: Don Angel Tomás Pérez Cruceira, funcionario de Administración Local con habilitación nacional perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería.
Titular: Don Rafael de la Calle Torres, Tesorero de este Ayuntamiento, funcionario de Administración Local con habilitación nacional perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería.
Suplente: Don Francisco Pérez Molero, funcionario de administración local con habilitación nacional perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería.
Vocal-Secretario: Don Manuel Báez Guzmán, Secretario General de la Corporación.
Suplente: Doña Cecilia García González, Oficial Mayor de la Corporación.
D) Aprobación bases: 30 de enero de 2007 (Acuerdo del Pleno).
E) Convocatoria: 5 de febrero de 2007 (Resolución de Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento Prado del Rey (Cádiz).
Población: Superior a 2.000 habitantes.
Denominación del puesto: Secretario-Interventor.
Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.
Complemento destino: 24.
Complemento específico: 901,59
Jubilación: No.
Entrevista: No.
A) Méritos específicos:
Por servicios prestados como Personal de Administración Local, especializado en Asesoría Jurídica de un municipio cuyo término municipal esté afectado total o parcialmente por un Parque Natural: 0,5 puntos por mes de servicio. Máximo: 3 puntos.
Por participación en cursos relativos a Contabilidad General con duración mínima de 50 horas y certificación de suficiencia en la materia: 0,5 puntos, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Por participación en cursos relativos a Contabilidad de Sociedades y Matemáticas Financieras con duración mínima de 100 horas y certificación de suficiencia en la materia: 1 punto, hasta un máximo de 1 punto.
Por participación en cursos relativos a Función Pública en Andalucía con duración mínima de 150 horas: 1 punto, hasta un máximo de 1 punto.
Por participación en cursos relativos a Gestión Presupuestaria y Gasto Público con duración mínima de 150 horas: 1 punto, hasta un máximo de 1 punto.
Por participación en cursos relativos a Relaciones Administración-Ciudadano con duración mínima de 150 horas: 1 punto, hasta un máximo de 1 punto.
B) Acreditación méritos:
La experiencia profesional se acreditará mediante certificación, informe o cualquier otro documento que admita el Tribunal, expedido por el Ayuntamiento, o Entidad Local donde se hubieren prestado los servicios objeto de valoración.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán de forma especial mediante la presentación original o copia cotejada de diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento en los casos en que así fuese requerido.
Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridad al 1.1.2000, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.
C) Tribunal:
- Presidente: Alcalde de Prado del Rey.
Vocales:
1.º Secretario-Interventor:
2.º Secretario-Interventor:
3.º Teniente de Alcalde:
4.º Representante de la C.A:
Titular: Don Juan Antonio Campllonch León. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Cádiz.
Actuará como secretario el vocal Secretario-Interventor núm. 1.
Sustituyéndose en caso de ausencia por sus correspondientes suplentes:
- Presidente: Teniente de Alcalde.
- Secretario-Interventor: Secretario-Interventor.
- Secretario-Interventor: Secretario-Interventor.
- Teniente de Alcalde: Teniente de Alcalde.
- Representante de la C.A:
Suplente: Doña Eloísa Cotorruelo Sánchez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Cádiz.
D) Aprobación bases: 7 de febrero 2007 (Resolución Alcaldía).
E) Convocatoria: 7 de febrero 2007 (Resolución Alcaldía).
Corporación: Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz).
Población a 31 de diciembre 2006: Superior a 50.000 habitantes.
Denominación del puesto: Interventor.
Subescala: y categoría: Intervención, categoría superior.
Complemento de destino: 30.
Complemento específico: 1.520,73 euros mensuales.
Jubilación: No.
Puntuación mínima: 7,5 puntos.
Entrevista: No.
Paga gastos: No.
A) Méritos específicos:
1. Experiencia profesional. Por servicios prestados en el desempeño de puestos de trabajo de Intervención-Tesorería, Categoría Superior, en Ayuntamientos de población superior a 80.000 habitantes: 0,15 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 7,5 puntos.
B) Valoración y acreditación de méritos:
1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.
2. La experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por el Ayuntamiento o Entidad en la que se hayan prestado los servicios y mediante certificación de la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística relativa a la población de derecho de la localidad durante los años en los que se acredite la prestación de servicios.
3. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de publicación de las presentes bases en el BOE debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.
C) Tribunal:
Titulares:
Presidente: Don Manuel María de Bernardo Foncubierta, Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro en quien delegue.
Vocales:
1. Vocal y Secretario: Doña Dolores Larrán Oya, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de San Fernando, como funcionaria de carrera con habilitación nacional de igual categoría que la del puesto convocado.
2. Un representante designado por la Junta de Andalucía:
Titular: Doña Luisa Cotorruelo Sánchez. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública. Cádiz.
Suplentes:
Presidente: Doña María del Carmen Gómez Baña, Teniente de Alcalde Delegada de Personal.
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