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NIG: 4109142C20050026688.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 967/2005. Negociado: 1.
De: Pepe y Charo, S.L.
Procuradora: Sra. Ana María Asensio Vegas138.
Contra: Doña Aránzazu Mier González.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Sentencia. En Sevilla, a 20 de febrero de 2007; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el núm. 967/05, a instancias de la mercantil Pepe y Charo, S.L., representada por la Procuradora Sra. Asensio Vegas y asistida por el Letrado Sr. Madrigal Mariscal; y como demandada, doña Aránzazu Mier González, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
Fallo. Que estimando íntegramente la demanda formulada por la entidad mercantil Pepe y Charo, S.L., representada por la Procuradora Sra. Asensio Vegas, contra doña Aránzazu Mier González, debo condenar y condeno a la referida demandada a que abone a la actora la suma de 25.354,01
; y todo ello con expresa condena en costas a la mencionada demandada.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán preparar recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el art. 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada doña Aránzazu Mier González, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Sevilla, 26 de febrero de 2007.- La Secretario.
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